Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2019 (10/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Martes 10 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Circular N.º 061-2019-SG-CS-PJ del 28 de mayo de 2019, dirigido a todos los Presidente de las Cortes Superiores de Justicia del Poder Judicial, en el que se les solicitó, con carácter de muy urgente, designen a un funcionario para que cumpla con los roles establecidos en el artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es decir, al funcionario responsable de entregar la información de acceso público y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar. Décimo Segundo.- En atención al oficio precitado, las Presidencias de las Corte Superiores de Justicia del Poder Judicial procedieron a emitir las respectivas resoluciones administrativas de designación de los funcionarios que cumplan con los referidos roles; advirtiéndose en los mismos, que los funcionarios seleccionados responden a diversos cargos de origen, lo cual dificulta mantener una adecuada coordinación. Que, considerando el desarrollo de los mecanismos de transparencia, así como de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a través del Decreto Legislativo N.º 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley N.º 30934, que incorpora el Título VI estableciendo pautas mínimas obligatorias en materia de transparencia para el Poder Judicial y otros integrantes del sistema de justicia; resulta necesario emitir la correspondiente disposición administrativa que renueve el compromiso de garantizar el derecho fundamental de acceso a la información por parte de las instituciones del Poder Judicial; además, de adecuar, desarrollar y/o modificar los documentos normativos para la optimización del sistema de transparencia. Por estos fundamentos, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas por el artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por el Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, modificado por la Ley N.º 27465. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la designación del Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República como el Funcionario Responsable del Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Disponer que el Funcionario Responsable del Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial será el encargado de coordinar y unificar criterios con las distintas Cortes Superiores de Justicia de la República en todo lo relativo al Portal de Transparencia Estándar. Artículo Tercero.- Designar al Secretario General, o al que haga sus veces, de cada una de las Cortes Superiores de Justicia de la República, como el Funcionario Responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar de su respectiva Corte Superior de Justicia, en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. Artículo Cuarto.- Encargar al Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República, con el apoyo del órgano técnico pertinente, la proyección de una Directiva, la cual será puesta en consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que regule el procedimiento de atención de las solicitudes de información y la publicación y actualización de la información del Portal de Transparencia Estándar en las instituciones del Poder Judicial, en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto los extremos de cualquier disposición administrativa contrarios a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Comisión de Integridad Judicial, Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como a los interesados.

Artículo Séptimo.- Publicar de la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial, así como en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS LECAROS CORNEJO Presidente del Poder Judicial 1805179-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la remisión y redistribución aleatoria de expedientes en estado de trámite en diversos juzgados hacia el 1° y 23° Juzgado de Trabajo Transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 430-2019-P-CSJLI/PJ Lima, 3 de setiembre de 2019 VISTO: La Resolución Administrativa Nº 343-2019-CE-PJ de fecha 21 de agosto de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa de visto, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto prorrogar, a partir del 1 de setiembre de 2019, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de este distrito judicial, entre ellos, el 23° Juzgado de Trabajo Transitorio, hasta el 30 de noviembre del año en curso. Asimismo, mediante el artículo quinto de la referida resolución administrativa se ordena que el Presidente de esta Corte Superior de Justicia disponga que el 30°, 32°, 36° y 37° Juzgados de Trabajo Permanentes redistribuyan de manera equitativa y aleatoria, doscientos (200) expedientes cada uno, hacia el 1° y 23° Juzgados de Trabajo Transitorios, todos en estado de trámite y de manera aleatoria. Del mismo modo, se ha ordenado que la Presidencia de este distrito judicial disponga las acciones administrativas necesarias para que los expedientes a redistribuir sean aquellos que al 31 de agosto de 2019 no se encuentren expeditos para sentenciar y, de corresponder, aquellos expedientes en los que no se haya fijado fecha para la vista de causa; así como aquellos expedientes que se haya programado fecha para la vista de causa con posterioridad al 30 de setiembre de 2019. En tal sentido, estando a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y atendiendo que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de Justicia en sus distintos niveles y áreas. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la remisión y redistribución aleatoria de expedientes en estado de trámite desde el 30°, 32°, 36° y 37° Juzgado de Trabajo