Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2019 (10/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
VISTO:

Martes 10 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Décimo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Huánuco, La Libertad, Lima Este, Lima Sur, San Martín y Tacna, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente El voto del señor Consejero Ruidías Farfán, es como sigue: VOTO EN DISCORDIA DEL SEÑOR AUGUSTO RUIDÍAS FARFÁN VISTO: El Oficio N° 467-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe N° 052-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; así como el Oficio N° 480-2019-P-ETII.NLPT-CE-PJ, del Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo; respecto a las propuestas de conversiones, reubicaciones de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, con vencimiento al 31 de agosto del año 2019, y otros aspectos. CONSIDERANDO: Que, para el suscrito no resulta oportuno la conversión y reubicación del 3° Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur como Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Centro Poblado Huertos de Manchay, Distrito de Pachacámac, en virtud a la carga procesal actualmente en trámite. Además, según los antecedentes, no se ha recabado el informe previo de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para establecer las causas y medidas asumidas por la producción registrada por dicho órgano jurisdiccional; por lo que es pertinente la continuación del 3° Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio de Trujillo, en el Distrito Judicial de La Libertad. En consecuencia, MI VOTO es porque se resuelva: Desestimar la propuesta de convertir y reubicar, a partir del 1 de octubre de 2019 hasta el 31 de marzo de 2020, el 3° Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur como Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Centro Poblado Huertos de Manchay, Distrito de Pachacámac, el cual funcionará con turno abierto y estará bajo la jurisdicción del Distrito Judicial de Lima Sur. Lima, 21 de agosto de 2019. AUGUSTO RUIDÍAS FARFÁN Consejero LUIS ALBERTO MERA CASAS Secretario General 1805308-2

El Oficio N° 465-2019-P-UETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, los Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cusco, Huánuco, San Martín, Sullana, Tumbes y Pasco solicitan a este Órgano de Gobierno, la prórroga de funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de los referidos distritos judiciales. Segundo. Que el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal en el Informe N° 179-2019-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, establece que los órganos jurisdiccionales transitorios de los Distritos Judiciales de Ancash, Cusco, Huánuco, San Martín, Sullana, Tumbes y Pasco soportan una sobrecarga procesal y que registran una muy buena producción, cumpliendo ampliamente los estándares de producción establecidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ. Tercero. Que, estando a lo expuesto en el referido informe y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta pertinente dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1081-2019 de la trigésimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Pareja Centeno y Castillo Venegas, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de setiembre de 2019, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019: DISTRITO JUDICIAL DE PASCO - Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión. HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2020: DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH: - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Carhuaz. DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO: - Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Santa Ana, Provincia de La Convención. DISTRITO JUDICIAL DE HUANUCO: - Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Huánuco.

Prorrogan plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diversos distritos judiciales
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 364-2019-CE-PJ Lima, 28 de agosto de 2019