Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2019 (08/10/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 8 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

39

Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 58-2019-MMLCMDUVN, de fecha 17 de julio de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DESFAVORABLE LA PETICIÓN DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CHORRILLOS Artículo Primero.- Declarar desfavorable la petición de cambio de zonificación del distrito de Chorrillos, que a continuación se indica:
N° 1 SOLICITANTE Asociación Educativa Ares UBICACIÓN Mz. I-1 Sub lote 5B de la Av. Márquez de la Bula, Urbanización Los Huertos de Villa PROPUESTA RDMB a E1

Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo Tercero.- Publicar la presente ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1814771-1

Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Chorrillos aprobado por Ordenanza N° 1044
ORDENANZA N° 2183 Lima, 3 de octubre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, a través de la Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de abril de 2018, se

regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML; Que, con la Ordenanza Nº 1044, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de julio de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de la Zona de Reglamentación Especial de los Pantanos de Villa que forma parte del Área de Tratamiento Normativo IV de Lima Metropolitana y modifica parcialmente la Ordenanza Nº 184-MML; Que, con el Expediente N° 293713-2018, de fecha 19 de setiembre de 2018, la Constructora LOPUD SAC, representado por César Juan Alberto Cuglievan Landázuri y los copropietarios Gonzalo José Gulman Martínez, Mónica Sáez Grimm, Guillermo Jesús Gulman Martínez y María Verónica Gonzales Pye de Gulman, solicitan el cambio de zonificación de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Educación Básica (E1), para parte del predio de 33,764.67 m² de un total de 42,750.00 m², ubicado frente al camino de acceso a la Playa Venecia, Lote A-2, Parcela B, Fundo Villa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita, mediante Oficio N° 931-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 10 de octubre de 2018, a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Chorrillos que, en uso de sus competencias, aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días, toda vez que vencido dicho plazo sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086; no habiéndose obtenido la respuesta requerida por parte de la referida municipalidad distrital dentro del plazo indicado; Que, con el Oficio N° 003-2018/SGOPRIV-GODUMDCH de fecha 18 de diciembre de 2018, la Subgerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, remite las encuestas y declara desfavorable el pedido de cambio de zonificación. Posteriormente, mediante el Oficio Nº 1451-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 27 de diciembre de 2018, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, solicita a dicha municipalidad la remisión del acuerdo de concejo; Que, a través del Oficio N° 759-2019-SG-MDCH de fecha 28 de marzo de 2019, la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Chorrillos remite el Acuerdo de Concejo N° 18-2019-MDCH de fecha 22 de marzo de 2019, donde se emite opinión factible con relación a la petición de cambio de zonificación de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Educación Básica (E1), respecto de un área de 33,764.67 m2, la cual forma parte de un área mayor de 42,750.00 m2 de la empresa Constructora LOPUD S.A.C y los copropietarios Gonzalo José Gulman Martínez, Monika Sáez Grimm, Guillermo Jesús Gulman Martínez, Maria Verónica Gonzales Pye de Gulman y Cesar Alberto Cuglievan Landázuri; Que, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Planificación, con Oficio N° 0166-19-MML-IMP-DE de fecha 28 de enero de 2019, traslada el Informe CEZ Nº 079-2018-MML-IMP-DE/DGPT, con opinión favorable al cambio solicitado Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Educación Básica (E1), considerando la población existente en la zona de entorno mediato al predio del recurso, el crecimiento poblacional del distrito de Chorrillos debido a la demanda y oferta inmobiliaria se considera importante establecer equipamientos urbanos dentro del distrito que otorguen calidad de vida en la población y el cambio de zonificación está dirigido para el área de 33,764.67 m2 que es parte del área total de 42,750.00 m2, el área restante del predio en evaluación conservará la calificación de ZRP-PL; Que, la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través del Informe Nº 181-2019-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 10 de junio de 2019, concluye que el cambio de zonificación de Zonificación de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Educación Básica (E1), para el predio ubicado frente al camino de acceso a la Playa Venecia, Lote A-2,