Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2019 (11/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Lunes 11 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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a) Bolsas plásticas de un solo uso, en contacto directo con el producto que contienen, que por razones de asepsia o inocuidad son utilizadas para contener y conservar alimentos a granel, alimentos de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados. b) Bolsas plásticas de un solo uso diseñadas para la disposición de residuos, de conformidad con la normativa vigente. c) Bolsas plásticas de un solo uso cuando su utilización sea necesaria por razones de higiene o salud, de conformidad con las normas sanitarias. Artículo Quinto.- Disponer que la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Comité de Ecoeficiencia, participe en las campañas de difusión y concientización sobre el uso responsable del plástico y la promoción del plástico reutilizable, para lo cual recibirán la asistencia técnica de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. Desde el Comité de Ecoeficiencia, se propondrán las medidas administrativas complementarias que correspondan para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente decreto de alcaldía. Artículo Sexto.- Disponer que desde la Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima se difundirán, por medios digitales y otros similares los resultados obtenidos de la reducción del plástico de un solo uso y promoción del uso responsable del plástico en todas las dependencias que conforman la Municipalidad Metropolitana de Lima, incluidos sus órganos descentralizados y empresas municipales. Artículo Séptimo.- Disponer que la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus órganos desconcentrados, descentralizados y empresas municipales que, antes de la entrada en vigencia de la prohibición establecida en el artículo 3 del presente decreto de alcaldía, hayan convocado el procedimiento de selección para la adquisición de los bienes que están regulados en la presente norma o cuenten con dotación de los mismos, pueden continuar con su procedimiento y/o utilizar estos bienes hasta agotarlos. En cualquier caso, toda dotación de bienes, solo podrá ser utilizada de conformidad con el plazo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 013-2018-MINAM. Artículo Octavo.- Establecer que el presente decreto de alcaldía es de aplicación a todos los órganos que conforman la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus organismos descentralizados y empresas municipales, así como en aquellos eventos organizados y/o vinculados a las instituciones antes mencionadas. Artículo Noveno.- El presente decreto de alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional (www. munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde de Lima 1739703-1

Que, mediante Edicto Nº 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza Nº 1698 y modificado por la Ordenanza Nº 1881, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la Entidad, así como la facultad de nombrar, contratar, suspender, remover con arreglo a ley, a los funcionarios y servidores del SAT; Que, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, aprobado por Decreto Supremo N.° 0722003-PCM, modificado por Decreto Supremo N.° 0702013-PCM, es una obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, en el artículo 4 del citado Reglamento se indica que la designación del funcionario responsable de entregar información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará una copia de la resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución Jefatural N.° 001-00400003668 de fecha 9 de febrero de 2016, se designó a la señora Patricia Geiser Caballero Morán en su calidad de Gerente de Impugnaciones del SAT, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, a partir del 15 de febrero de 2016; Que, con Resolución Jefatural N.° 001-004-00004226 de fecha 30 de enero de 2019 se dejó sin efecto la designación de la citada funcionaria como Gerente de Impugnaciones del SAT; asimismo, a través de la mencionada resolución, se designó en dicho cargo a la señorita Beatriz Alejandrina Melchor Lezama, a partir del 31 de enero de 2019; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a la citada funcionaria como responsable de brindar acceso a la información pública del SAT; Estando a lo dispuesto por el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza Nº 1698, modificado por Ordenanza Nº 1881; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora Patricia Geiser Caballero Morán como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, dispuesta mediante Resolución Jefatural N.° 001004-00003668, a partir del 31 de enero de 2019. Artículo 2°.- Designar a la señorita Beatriz Alejandrina Melchor Lezama como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, a partir del 31 de enero de 2019. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en un lugar visible de la sede principal y demás sedes administrativas de la Entidad. Artículo 4°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob. pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL FILADELFO ROA VILLAVICENCIO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1739433-1

Designan funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00004227 Lima, 30 de enero de 2019