Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2016 (14/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Sábado 14 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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importe no podrá exceder del 10% de los recursos presupuestados para los gastos destinados a proyectos, con excepción de los recursos provenientes de las fuentes de financiamiento de operaciones oficiales de crédito y donaciones y transferencias; Que, la Ordenanza Regional Nº 013-2009-CR/GOB. REG.TUMBES-C, de fecha 14 de Octubre del 2009 el consejo regional de tumbes aprueba la creación del Sistema Regional de Conservación de Áreas Naturales de Tumbes -SRCA TUMBES y además aprueban el Programa Regional de Conservación de Áreas Naturales de Tumbes - PRCAN. Que, la Ordenanza Regional Nº 006-2013-CR/GOB. REG. TUMBES-CR el Consejo Regional Tumbes se autoriza la implementación del Programa Iniciativas de Apoyo a la Competitividad Productiva PROCOMPITE TUMBES por un monto de S/. 2'916,934.93 nuevos Soles y encarga a la Gerencia regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Planificación, presupuesto y Acondicionamiento Territorial efectúen las acciones correspondiente para su implementación. La misma que ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de Noviembre del 2013. Que, mediante Dictamen Nº 001-2015, "DETERMINAR EL PRESUPUESTO DEL PROCOMPITE REGIONAL Y LA CREACION DEL PROCOMPITE VERDE EN LA REGION DE TUMBES", de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional Tumbes, mediante el cual recomendaron al Pleno del Consejo Regional: : 1) Apruebe el dictamen de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico; 2) Destine el monto de s/. 6´869,214.44 Nuevos Soles que será destinado para financiar el PROCOMPITE REGIONAL 2016; considerando a las cuatro (04) Cadenas Productivas identificada en el Estudio de Priorización de Zonas y Cadenas Productivas de la Región de Tumbes 2016 y Recomendar al Gobernador Regional la incorporación de este presupuesto en el PIM 2016; 3) Apruebe que se destine del 8% hasta el 10% de los recursos presupuestados para los gastos destinados a proyectos del Gobierno Regional de Tumbes para financiar PROCOMPITE REGIONAL y 4) Apruebe la Creación de PROCOMPITE VERDE y disponer el 25% del presupuesto anual del PROCOMPITE REGIONAL este destinado al PROCOMPITE VERDE. Que, mediante Sesión Extraordinaria Nº 29 llevada a cabo el día 18 de Diciembre por Acuerdo de Consejo Regional Nº 112-2015, el Pleno del Consejo Regional por Unanimidad aprobó el Dictamen Nº 001-2015: "Determinar el Presupuesto del PROCOMPITE REGIONAL y la Creación del PROCOMPITE VERDE en la Región de Tumbes" y también con el Acuerdo de Consejo Regional Nº 114-2015 se aprobó por unanimidad: Destinar del 8% hasta el 10% de los Recursos Presupuestados para los Gastos destinados a Proyectos del Gobierno Regional de Tumbes para financiar el PROCOMPITE REGIONAL; De conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37º inciso a) de la Ley Nº 27867. Ha dado lo siguiente; Artículo Primero.- Destinar del 8% hasta el 10% de los Recursos Presupuestados para los Gastos destinados a Proyectos del Gobierno Regional de Tumbes para financiar el PROCOMPITE REGIONAL. Artículo Segundo.- Disponer a la Gerencia General Regional la Implementación y Ejecución de la presente Ordenanza Regional en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial con el fin de salvaguardar Anualmente los Recursos destinados al PROCOMPITE REGIONAL conforme a lo dispuesto en la Ley Nº - 29337 ­ Ley Que Establece Disposiciones para Apoyar la Competitividad Productiva y su reglamento aprobado por mediante Decreto Supremo Nº 103-2012-EF. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 24 días del mes de diciembre del año dos mil quince. ARGHELIS LEONARDO LÓPEZ SALAZAR Consejero Delegado POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 14 de enero de 2016 RICARDO I. FLORES DIOSES Gobernador 1379314-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el otorgamiento de premio(s) a través de sorteo por el pago puntual de obligaciones tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 397-MDA Ate, 29 de abril del 2016 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Abril del 2016, visto el Dictamen Nº 004-2016-MDA/CAT de la Comisión de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general; Que, de acuerdo con los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así mismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, es necesario establecer en la jurisdicción del distrito el reconocimiento a los vecinos que cumplen puntualmente con el pago de sus obligaciones tributarias, de las cuales son sujetos pasivos en esta jurisdicción; Que, la presente Administración considera pertinente disminuir el grado de morosidad de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del Distrito de Ate,