Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2016 (14/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Sábado 14 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

587303

Naranjos, Calle Los Lirios y Calle Las Tunas, signado por un corte: sección (2-2), determinándose por un solo corte: Sección (F-F) de 3.6-8.00 ml, considerados solo para uso peatonal, por la topografía que presenta la zona; Que, la Municipalidad de Ate es la autoridad municipal que tiene potestad para promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de independización y habilitación urbana que se llevan a cabo sobre dicho sector, a fin de garantizar el desarrollo armónico de la ciudad y la correspondiente inserción en el continuo urbano, debiendo respetarse el trazo urbanístico de las manzanas y la definición de las vías primarias y secundarias, la sección y los derechos de vías, así como los aportes reglamentarios para recreación pública y servicios públicos complementarios; Que, mediante Dictamen Nº 004-2016-MDA/CDUIP, la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública recomienda la aprobación del proyecto de Ordenanza que Modifica la Ordenanza Nº 183-MDA, solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR MAYORÍA DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 183-MDA, QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL ­ SECCIONES VIALES DEL P.J. PROYECTO ESPECIAL HUAYCÁN, 2DA. ETAPA, ZONA R, ATE, UBICADO EN EL SECTOR 45, DENOMINADO MODIFICACIÓN DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL - SECCIONES VIALES DEL P.J. PROYECTO ESPECIAL HUAYCÁN, 2DA. ETAPA, ZONA R, ATE (UCV 205D, UCV 204B, UCV 205B, UCV 203B Y UCV 205E) Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Planeamiento Integral ­ secciones viales del P.J. Proyecto Especial Huaycán, 2da. Etapa, Zona R, (UCV 205D, UCV 204B, UCV 205B, UCV 203B y UCV 205E), del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, que comprende el alineamiento y modificación de los módulos viales de acuerdo a la realidad física de la Calle Las Orquídeas y Calle Las Aralias, Prolg. Calle Las Orquídeas, Psje. Los Claveles, Psje. Las Tunas, Ca. Las Azucenas, Psje. Las Savilas, Ca. Los Azafranes, Ca. Los Girasoles, Ca. Los Laureles, Ca. Los Pinos, Ca. Santa Rosa, Psje. Los Cedros, Psje. Los Rosales, Psje. Las Azucenas, Psje. Los Claveles, Psje. Los Jardines, Pasaje G, Pasaje 7, Pasaje 6, Pasaje Los Álamos, Prolongación Avenida K, Psje. Las Orquídeas, Psje. Los Jazmines, Psje. Los Alizos, Calle Los Naranjos, Calle Los Lirios y Calle Las Tunas, conforme al Plano signado con el Nº 001-2016-PI-GDUSGPUC/MDA, el cual tendrá una vigencia de 10 años y forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano se cumpla con la inscripción del presente Planeamiento Integral modificado en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, Sub Gerencia de Participación Ciudadana y la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones se difunda la presente Ordenanza y el Plano que forma parte de ella. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, y la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización y Control para su conocimiento y fines de acuerdo a su competencia. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cumpla. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1379313-2

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 395-MDA, que establece beneficio de condonación de deudas tributarias producto del proceso de fiscalización
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2016/MDA Ate, 12 de mayo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 395-MDA, que establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias producto del proceso de fiscalización; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 42º que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 395-MDA de fecha 11 de abril del 2016, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 14 de abril del 2016, se estableció el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias producto del proceso de fiscalización, a favor de los Micro Contribuyentes, Pequeños Contribuyentes y Medianos Contribuyentes, para la regularización de sus obligaciones tributarias generadas como consecuencia de un proceso de fiscalización; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Cuarta Disposición Complementaria, faculta al Señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga mediante Decreto de Alcaldía de la ampliación de la vigencia del beneficio otorgado a través de la presente Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria; Que, la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 139-2016-MDA/GAT-SGFT, sugiere que debe prorrogarse el beneficio otorgado en la Ordenanza Nº 395-MDA, ante la gran afluencia de contribuyentes que desean regularizar su situación, motivo por el cual la Administración Municipal, considera necesario el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, establecidos en la Ordenanza Nº 395-MDA, motivo por el cual se hace necesario la ampliación de la vigencia establecida en la misma y la expedición de la presente norma; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL Artículo 20º, Y Artículo 42º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 395-MDA, que establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias producto del proceso de fiscalización, hasta el 31 de mayo del 2016; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración