Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2016 (14/05/2016)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 42
587244
NORMAS LEGALES
Sábado 14 de mayo de 2016 /
El Peruano
interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO el Permiso de Operación para realizar Otras Actividades Aeronáuticas Aerodeportivo de acuerdo al inciso d) del Artículo 167º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras Actividades Aeronáuticas Aerodeportivo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - ROTORWAY A600 TALON / RW 162f Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas al señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO deben adecuarse a lo señalado por las Regulaciones Aeronáuticas del Perú RAP Nº 103. Artículo 3º.- El presente permiso de operación que se otorga al señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO no autoriza la realización de actividades comerciales. Artículo 4º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución. Artículo 5º.- Si la administración verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 6º.- El señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú - Ley Nº 27261 y su Reglamento, la Regulación Aeronáutica del Perú; y demás disposiciones legales vigentes, así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1350912-1
VISTOS, el Informe Nº 016-2016-VIVIENDAOGGRH, el Informe Nº 074-2016-VIVIENDA-OGA, el Informe Nº 004-2016-VIVIENDA-OGA-JCBV, el Informe Nº 00013-2016-VIVIENDA-OGA-OT-EC, y la Carta Nº 589-2015-VIVIENDA-OGGRH; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor y del Auxiliar Coactivo; se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de confianza, establece que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, mediante Informe Nº 074-2016-VIVIENDAOGA, la Directora General de la Oficina General de Administración (OGA), remite el Informe Nº 65-2016-VIVIENDA-OGA-OT del Director de la Oficina de Tesorería de la OGA, que adjunta el Informe Nº 00013-2016-VIVIENDA-OGA-OT-EC; asimismo, hace suyo el Informe Nº 004-2016-VIVIENDA-OGA-JCBV, por el cual se propone el proyecto de Resolución Ministerial que da por concluida la designación del Ejecutor Coactivo y del Auxiliar Coactivo del MVCS, y designa a las personas que los reemplazarán; Que, mediante Informe Nº 016-2016-VIVIENDAOGGRH, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señala que a través de los respectivos procesos de Contratación Administrativa de Servicios se realizaron las convocatorias públicas para la contratación de un Ejecutor y de un Auxiliar Coactivo, resultando ganadores los abogados Rolando José María Morales Torres y Jhony Alex Chuquipoma Facho, respectivamente; Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2015-VIVIENDA, se aprueba el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y con Resolución Ministerial Nº 219-2015-VIVIENDA, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los mismos comprenden dichos cargos; Que, en consecuencia procede designar al Ejecutor y al Auxiliar Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; y el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida con eficacia anticipada al 01 de enero de 2016, la designación del abogado Jesús Alberto Liceras Esquivel, como Ejecutor Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento. Artículo 2.- Dar por concluida con eficacia anticipada al 23 de febrero de 2016, la designación del abogado Rolando José María Morales Torres, como Auxiliar Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento. Artículo 3.- Designar con eficacia anticipada al 23 de febrero de 2016, al abogado Rolando José María Morales Torres, como Ejecutor Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan Ejecutor y Auxiliar Coactivo del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 111-2016-VIVIENDA Lima, 12 de mayo de 2016