Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2015 (07/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA 7 de junio de 2015

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Ordenanza, asi como velar por el estricto cumplimiento de los fines de la misma; Articulo 4º.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Municipal en el Diario de mayor circulacion y en el mural de publicaciones de la Municipalidad Distrital de Cerro MORDAZA, a cargo de la Secretaria General y de la Unidad de Imagen Institucional, con las formalidades establecidas por Ley, para su conocimiento y demas fines pertinentes. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA EL MORDAZA DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL ANO 2016 DISTRITO DE CERRO MORDAZA - CANETE TITULO I ASPECTOS GENERALES CAPITULO I OBJETIVO, FINALIDAD Y PRINCIPIOS Articulo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los procedimientos generales para adecuar, normar y regular la participacion vecinal y de los actores publicos locales en el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano 2016, de conformidad con las normas vigentes, dentro del modelo de Gestion por Resultados. Articulo 2º.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad de promover la participacion ciudadana en la formulacion, gestion y evaluacion del presupuesto municipal que permita alcanzar los objetivos de desarrollo y satisfacer de manera concertada las necesidades de la poblacion. Articulo 3º.- Principios a) Participacion, los gobiernos locales promueven la participacion de la sociedad civil en sus planes de desarrollo y en el presupuesto participativo. b) Transparencia, de tal forma que toda la comunidad tenga informacion suficiente acerca de los asuntos publicos y colectivos que se decidan y ejecuten. c) Igualdad de Oportunidades, de la sociedad debidamente organizada para participar sin discriminacion de caracter politico, ideologico, religioso, racial, genero, o de otra naturaleza. d) Tolerancia, garantia de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construccion de consensos. e) Eficiencia y Eficacia, El Gobierno Local optimiza los recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado y del Plan Institucional, los cuales significan soluciones a los problemas mas relevantes de la jurisdiccion distrital. f) Equidad, igual acceso a las oportunidades e inclusion de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. g) Competitividad, Los Gobiernos Locales orientan su gestion hacia la competitividad, promoviendo la inversion privada y orientando las acciones publicas hacia la promocion del desarrollo. h) Corresponsabilidad, entre el Estado y la Sociedad Civil (Organizaciones de base, colegios profesionales, asociaciones civiles, empresariales, juveniles; y otros), en la identificacion de oportunidades, solucion de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la priorizacion de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y PP. i) Solidaridad, la disposicion de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares.

Participativo Basado en Resultados", aprobado con Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, el dia 26 de Marzo de 2010; Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, define el MORDAZA del presupuesto participativo como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado ­ Sociedad Civil, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, asi como la fiscalizacion de la gestion; Que, el articulo 4 de la Ley Nº 28056, modificado por la Ley Nº 29298, dispone que cada instancia del MORDAZA de programacion participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru y en las correspondientes leyes organicas; para tal efecto, se considera criterios de alcance, cobertura de poblacion, asi como montos de ejecucion o envergadura; Que, la MORDAZA disposicion complementaria de la Ley Nº 29298, establece que mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, con acuerdo de Consejo de Ministros, se precisan los Criterios de Alcance, Cobertura y Montos de Ejecucion, que permitan delimitar los Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital; siendo necesario establecer los criterios senalados en el considerando precedente, para que los proyectos de inversion ´publica de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, tengan un mayor impacto en beneficio de la poblacion y se adecuen a las competencias y capacidades financieras de cada nivel de gobierno en el MORDAZA de sus respectivos presupuestos participativos; Que, la directiva Nº 002-2015-EF/50.01 "Directiva para la Programacion y Formulacion Anual del Presupuesto del Sector Publico, con una perspectiva de Programacion Multianual", aprobado con Resolucion Directoral Nº 0032015-EF/50.01, establece criterios para estimar el gasto publico multianual en materia de inversion publica; Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las municipalidades promueven y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuesto con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley. Que, conforme a lo estipulado en el articulo 20º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783, los gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, es necesario desarrollar espacios e instrumentos democraticos y participativos que generen un mayor compromiso, transparencia y credibilidad en el manejo de los recursos publicos, reconociendo que la Participacion Ciudadana es un derecho constitucional basico y universal; Que, la municipalidad, debe determinar sus respectivos espacios de concertacion y regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacion de su presupuesto participativo, de acuerdo a lo establecido en la Decima Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el concejo Municipal Distrital, aprobo la siguiente norma; ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL ANO FISCAL 2016 Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento MORDAZA del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2016, basado en resultados del distrito de Cerro MORDAZA, el cual en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER que los aspectos no previstos en el Reglamento MORDAZA del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo 2016, sera resuelto por el Equipo Tecnico Municipal en concertacion con los representantes de la Sociedad Civil. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificacion y Presupuesto, Oficina de Participacion Vecinal, el cumplimiento de la presente