Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2015 (07/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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El Peruano MORDAZA 7 de junio de 2015

Designan miembros de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 3 y de la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal Nº 2
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 103- 2015-INDECOPI/COD MORDAZA, 3 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del articulo 5° de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso c) del articulo 5° del Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECOPI aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012PCM, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del articulo 21º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, las Comisiones del area de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 102-2015-INDECOPI/COD, se creo la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 3 y la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal Nº 2; Que, a la fecha, las referidas comisiones requieren que se designe a los miembros que las conformaran, a fin que puedan desarrollar las funciones que les corresponden; Estando al Acuerdo Nº 038-2015 adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 13 de MORDAZA de 2015, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora Guiselle MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al senor Lennin Quiso MORDAZA y al senor MORDAZA MORDAZA Cairampoma MORDAZA, como miembros de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 3 y de la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal Nº 2. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT MORDAZA TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1247327-2

VISTOS: el Memorando N° 113-2015-SENACE/DCA del 21 de MORDAZA de 2015, emitido por la Direccion de Certificacion Ambiental; el Informe N° 003-2015-SENACE/ DGE del 5 de junio de 2015, emitido por la Direccion de Gestion Estrategica; y, el Informe N° 048-2015-SENACESG/OAJ del 5 de junio de 2015, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968, se dispuso la creacion del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como organismo publico tecnico especializado, con autonomia tecnica y personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente - MINAM, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias; Que, a traves de la Ley N° 30327, Ley de Promocion de las Inversiones para el Crecimiento Economico y el Desarrollo Sostenible (en adelante, la Ley), se crea el procedimiento de Certificacion Ambiental Global, el cual estara a cargo del SENACE; Que, segun el Numeral 4.6 del Articulo 4° de la Ley, la Nomina de Especialistas es el listado de profesionales calificados sobre la base de criterios tecnicos establecidos por el SENACE, que integran la cartera de especialistas competentes para apoyar en la revision de estudios ambientales y la supervision de linea base, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental SEIA; Que, al respecto, la Cuarta Disposicion Complementaria Final de Ley, faculta al SENACE la creacion de la Nomina de Especialistas a que se refiere el Numeral 4.6 del Articulo 4° de la citada Ley, los cuales podran ejercer las funciones de revision de estudios de impacto ambiental y supervision de linea base; Que, asimismo, la citada Disposicion establece que el SENACE, mediante Resolucion Jefatural, define los criterios y requisitos especificos para la inscripcion, calificacion y clasificacion de los profesionales que integran dicha Nomina, asi como los procedimientos para su contratacion, designacion y ejecucion de las tareas que se les encomiende; Que, mediante los documentos del visto se sustenta la necesidad de regular los criterios y requisitos especificos para la inscripcion, calificacion y clasificacion de los profesionales que integran la Nomina de Especialistas a cargo del SENACE, asi como los procedimientos para su contratacion, designacion y ejecucion de las tareas que se les encomiende; Que, en ese contexto, resulta necesario emitir la Resolucion Jefatural que disponga la creacion de la Nomina de Especialistas a cargo del SENACE; Contando con el visado de la Direccion de Certificacion Ambiental, de la Direccion de Gestion Estrategica, de la Direccion de Registros Ambientales y, de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creacion del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE; la Ley N° 30327, Ley de Promocion de las Inversiones para el Crecimiento Economico y el Desarrollo Sostenible; el Literal k) del Articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM; y, en el MORDAZA de la encargatura dispuesta mediante Resolucion Ministerial N° 033-2015-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Creacion de la Nomina de Especialistas Crear la Nomina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Numeral 4.6 del Articulo 4° de la Ley N° 30327, Ley de Promocion de las Inversiones para el Crecimiento Economico y el Desarrollo Sostenible. Articulo 2°.- Aprobacion del Reglamento de la Nomina de Especialistas Aprobar el Reglamento de la Nomina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACION AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Crean la Nomina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE y aprueban su Reglamento
RESOLUCION JEFATURAL N° 046-2015-SENACE/J MORDAZA, 5 de junio de 2015