Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2013 (20/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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El Peruano Miercoles 20 de noviembre de 2013

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Instrumento de Gestion Ambiental Regional denominado "Estrategia Regional de Adaptacion al Cambio Climatico (ERCC) Puno"
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2013-GRP-CRP EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de Puno; en Sesion Ordinaria, llevada a cabo en fecha 11 de MORDAZA del ano 2013, por mayoria APROBO la presente Ordenanza Regional que establece la ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA "ESTRATEGIA REGIONAL DE ADAPTACION AL CAMBIO CLIMATICO (ERCC) PUNO", con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta Respectiva; CONSIDERANDO: Que, visto el Expediente Administrativo Nº 425, Mocion de Orden, Ordenanza Regional formulada por la GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIENTE y propuesta por el PRESIDENTE REGIONAL; por la que se pretende APROBAR el Instrumento de Gestion Ambiental Regional denominado: "ESTRATEGIA REGIONAL DE ADAPTACION AL CAMBIO CLIMATICO (ERCC) PUNO". Que, mediante OFICIO Nº 743-2013-GR-PUNO/PR; el Vicepresidente Regional Dr. MORDAZA Bermejo MORDAZA, indica que para la implementacion de las politicas publicas regionales en materia de recursos naturales y gestion de medio ambiente, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y gestion de medio ambiente ha elaborado la justificacion tecnico juridica para la "Aprobacion de la Estrategia Regional de Adaptacion al cambio climatico (ERCC) Puno". Que, con OPINION LEGAL Nº 179-2013-GR-PUNO/ ORAJ.-; el Jefe de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, establece que la propuesta normativa invoca lo dispuesto en la Resolucion Legislativa Nº 26185, que ratifico la convencion; MORDAZA de las Naciones Unidas sobre Cambio Climatico; cuyo objeto es la estabilizacion de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmosfera a un nivel que impida interferencias, concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmosfera a un nivel que impida interferencias antropogenicas peligrosas en el sistema climatico, senalandose que este nivel debia lograrse en un plazo suficiente que permita que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climatico, asegurar que la produccion de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo economico prosiga; determinando que por estas consideraciones la Oficina Regional de Asesoria Juridica se pronuncia respecto a la aprobacion de la "Estrategia Regional de Adaptacion al Cambio Climatico (ERCC) Puno". Que, mediante INFORME Nº 07-2013-GR-PUNO/ GRNN Y MA./PDCUSRENA/LSMF, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion de Medio Ambiente, efectua el levantamiento de observaciones formuladas a traves de la OPINION LEGAL Nº 123-2013-GR-PUNO/ ORAJ; con respecto a la Mocion de Orden. Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, establece que "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...), y el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo

Regional "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que les MORDAZA delegadas (...)" Que, la Ley Organica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modificatorias en su literal a) del articulo 15º establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el articulo 53º en su literal c) establece como funcion de los Gobiernos Regionales el formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicacion de las estrategias regionales respecto a la diversidad biologica y sobre cambio climatico, dentro del MORDAZA de la estrategias nacionales respectivas; Que, frente al problema a escala mundial del cambio climatico, es necesario implementar politicas institucionales que refuercen la conciencia publica que contribuya en la solucion de los problemas de cambio climatico, dentro de los parametros de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico, tratado internacional creado en la Cumbre de la Tierra, realizada en Rio de Janeiro en 1992, para hacer frente al creciente problema del calentamiento global y los cambios negativos que tiene en el clima, deshielos de glaciales y nevados, inundaciones, alta evaporacion de los oceanos, alteracion del ciclo reproductivo de animales y vegetales de consumo humano, reduccion de la biodiversidad, aumento de los desastres naturales de origen atmosferico e hidrico, entre otros efectos nocivos, que afectan el normal desarrollo de la MORDAZA en la biosfera terrestre actualmente, con tendencia a agudizarse en el futuro, corresponde emitir la presente Ordenanza Regional. Que, el Estado Peruano, mediante Resolucion Legislativa Nº 26185, ratifico la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - CMNUCC, adoptando, como suyos los lineamientos contenidos en dicha MORDAZA supranacional, ademas de obligarse a cumplir lo prescrito en MORDAZA, es decir, adquiriendo la CMNUCC caracter vinculante, al ingresar a formar parte de la normatividad nacional. Que, siendo de enorme importancia la necesidad de contribuir en la solucion del problema de cambio climatico en el MORDAZA, se ha creado la Estrategia Nacional de Cambio Climatico, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 086-2003-PCM, cuyo contenido, establece el cumplimiento del compromiso de formular, aplicar, publicar y actualizar programas nacionales y regionales que contengan medidas orientadas a mitigar el Cambio Climatico, ademas de otros contenidos en la Resolucion Legislativa Nº 26185; Que, en el estudio y analisis de la realidad ambiental de la Region MORDAZA, se han identificado un conjunto de problemas vinculados a los cambios climaticos, cuyas evidencias son las desapariciones de ojos de agua y manantiales, especialmente en las zonas alto andinas, lo que esta diezmando la productividad de los suelos y al mismo tiempo va mermando las practicas ancestrales de su cuidado. Ello mismo va trayendo efectos irreversibles. Que, por Ordenanza Regional Nº 020- 2005- CR-GRP, se aprueba el Sistema Regional de Gestion Ambiental para la Region MORDAZA, en su Articulo 7º senala textualmente "Las competencias ambientales de las instituciones publicas y privadas, estan sujetas a la aplicacion de los instrumentos de gestion ambiental, los cuales han sido disenados para fortalecer el caracter transectorial y descentralizado de la gestion ambiental para el cumplimiento de los planes y agendas nacionales y regionales, asi como en los Planes de Desarrollo Regional de Puno... in fine; y en su literal d), senala que la transectorialidad de los instrumentos de gestion, se realizara mediante; "el diseno y direccion participativo de la implementacion progresiva de las estrategias regionales sobre cambio climatico, desertificacion, diversidad biologica, sobre la base de las estrategias nacionales y globales" Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia...". Por tanto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y