Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2013 (20/11/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

507428
que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- Asimismo, la Subgerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proveera del respectivo Libro de Matrimonio, a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Kayamas, Distrito de Rio MORDAZA, Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas, de remitirse el acta de conformacion de comite especial, a que hace referencia el articulo 262° del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1016567-3

El Peruano Miercoles 20 de noviembre de 2013

Aprueban el Reglamento RE-205GRE/SGPRE/001 "Reglamento para la verificacion del domicilio declarado", primera version
RESOLUCION JEFATURAL N° 343-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 19 de noviembre de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevacion N° 000023-2013/ GRE/RENIEC (22MAY2013) y el Informe N° 0000172013/GRE/RENIEC (22MAY2013) de la Gerencia de Registro Electoral; el Memorando N° 0015642013/GPP/RENIEC (24JUN2013) de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe N° 000158-2013/ GPP/SGR/RENIEC (24JUN2013) de la Sub Gerencia de Racionalizacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe N° 001257-2013/GAJ/RENIEC (09JUL2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como organismo constitucionalmente MORDAZA, con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, encargado, entre otros, de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que lo dispuesto en el articulo 4° de la Ley N° 28716 "Ley de Control Interno de las Entidades del Estado", tiene por finalidad que las entidades del Estado incorporen obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales; Que al respecto, diversos organos y unidades organicas del RENIEC, en su MORDAZA compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobacion de nuevos documentos de gestion o, entre otros casos, estos se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar y optimizar las labores de cada una de ellas; Que en virtud de la nueva estructura organica del RENIEC establecida en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), la Gerencia de Registro Electoral es el organo de linea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de naturaleza electoral, derivadas de las competencias que sobre esta materia senala la Constitucion Politica y la Ley, asi como aquellas que son materia de acuerdo entre los organismos que conforman el Sistema Electoral como es el caso del RENIEC; Que en ese sentido la referida Gerencia mediante los documentos de vistos, remite el proyecto de Reglamento RE-205-GRE/SGPRE/001 "Reglamento para la Verificacion del domicilio declarado", primera version,

para su aprobacion, el mismo que establece lineamientos y competencias para realizar la actividad de verificacion ordinaria y extraordinaria del domicilio (declarado) segun los datos proporcionados por los titulares de las inscripciones ante el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales (RUIPN) a fin de verificar que dicha informacion sea la adecuada contribuyendo con la seguridad juridica a efectos de la elaboracion de padron electoral; Que la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, mediante el documento de vistos, informa que el reglamento senalado precedentemente, ha sido elaborado en virtud a lo dispuesto en la Directiva DI-200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulacion de los Documentos Normativos del RENIEC", cuarta version, aprobada mediante Resolucion Secretarial N° 000005-2012/SGEN/ RENIEC (29FEB2012); Que en tal sentido, corresponde aprobar el Reglamento RE-205-GRE/SGPRE/001 "Reglamento para la Verificacion del domicilio declarado", primera version, propuesto por la Gerencia de Registro Electoral, debiendo publicarse en el diario oficial El Peruano de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7 del articulo 4° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Que de otro lado, mediante Resolucion Jefatural N° 333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga a la senora MORDAZA Magdelyn MORDAZA Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retencion de su cargo, desde el 11 al 22 de noviembre de 2013; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento RE-205GRE/SGPRE/001 "Reglamento para la verificacion del domicilio declarado", primera version, propuesto por la Gerencia de Registro Electoral, que en Anexo forma parte de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion del Reglamento aprobado en el articulo precedente en la pagina web institucional, www.reniec.gob.pe. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1016567-4

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de Credito del Peru la apertura de oficinas y agencias y el cierre de agencias en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 5228-2013 MORDAZA, 29 de agosto de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru para que esta Superintendencia autorice la apertura