Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2012 (06/11/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 6 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
Hasta el 30 de noviembre de 2012 DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA

478009

Superior de Justicia del MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 862078-3

Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Sullana. Hasta el 31 de enero de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE CANETE Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Canete. DISTRITO JUDICIAL DE TACNA Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tacna. Hasta el 31 de marzo de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE CANETE Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Canete. Hasta el 30 de MORDAZA de 2013 DISTRITO JUDICIAL DEL MORDAZA Primer, MORDAZA, Tercer y MORDAZA Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia del Santa. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Sullana. Articulo Segundo.- Disponer que el MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, a partir del 1 de enero de 2013, en adicion de sus funciones asuma parte de la carga procesal del 47° Juzgado Penal para procesos con reos libres. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realizara las acciones necesarias, a fin de no afectar el normal desarrollo de los procesos del organo jurisdiccional materia de adicion de funciones. Articulo Tercero.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Canete, MORDAZA, MORDAZA, Sullana y Tacna; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Canete, MORDAZA, MORDAZA, Sullana y Tacna; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 862078-1

Prorrogan funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales en diversos Distritos Judiciales del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 205-2012-CE-PJ MORDAZA, 24 de octubre de 2012 VISTOS: Los Oficios Nros. 774, 775, 776, 780, 792-2012-ETICPP/PJ, remitidos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y los Oficios N° 2263-2012-PJ-CSJCN-P, N° 5880-2012-P/ CSJLI-PJ, N° 5791-2012-P-CSJSA/PJ, Nros. 6224 y 6317-2012-P-CSJSU/PJ y N° 3459-2012-P-CSJT-PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Canete, MORDAZA, MORDAZA, Sullana y Tacna, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Canete, MORDAZA, MORDAZA, Sullana y Tacna, mediante Oficios N° 2263-2012-PJ-CSJCN-P, N° 5880-2012-P/CSJLI-PJ, N° 5791-2012-P-CSJSA/PJ, Nros. 6224 y 6317-2012-P-CSJSU/PJ y N° 3459-2012P-CSJT-PJ, respectivamente, solicitan a este Organo de Gobierno la prorroga y adicion de funciones de organos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en el informe del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial. Asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 9802012 de la quincuagesima MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales: