Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2011 (19/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446753

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Factores de Reajuste que debe aplicarse a las obras de edificacion, correspondiente a las seis (6) Areas Geograficas para

las Obras del Sector Privado, derivados de la variacion de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el periodo del 01 al 30 de Junio de 2011, segun aparece en el cuadro siguiente:

AREAS GEOGRAFICAS No. 1 2 3 4 5 6

Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. Resto Total Elem. 1,0000 0,9992 0,9992 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9983 0,9956 0,9979 0,9997 0,9975 0,9983 0,9956 0,9979 0,9997 0,9975

OBRAS DE EDIFICACION Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. 1,0000 1,0009 1,0009 1,0000 0,9982 0,9982 1,0000 1,0002 1,0002 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9995 0,9953 0,9991 1,0019 0,9985 0,9995 0,9953 0,9991 1,0019 0,9985 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9971 0,9946 0,9971 0,9984 0,9967 0,9971 0,9946 0,9971 0,9984 0,9967 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9990 0,9955 0,9988 1,0009 0,9982 0,9990 0,9955 0,9988 1,0009 0,9982

Articulo 2º.- Los Factores de Reajuste seran aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el periodo correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores seran aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiendose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Articulo 3º.- Los factores indicados no seran aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variacion mencionada en el periodo correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especificos. Articulo 4º.- Los montos de obra a que se refiere el Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra.

Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Las Areas Geograficas comprenden los departamentos siguientes: a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 666865-2

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a Dexion E.I.R.L. con inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 785-2011-TC-S1 Sumilla: Para la configuracion del supuesto de hecho de la MORDAZA se requiere acreditar la falsedad o inexactitud del documento cuestionado; es decir, que este no MORDAZA sido expedido por el organo emisor correspondiente, o que siendo validamente expedido MORDAZA sido adulterado

en su contenido, produciendo un falseamiento de la realidad. MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 VISTO en sesion de fecha 10 de MORDAZA de 2011 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente Nº 1631/2010.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador contra la empresa DEXION E.I.R.L., por la MORDAZA de documentos falsos durante la realizacion del tramite de Inscripcion como Proveedor de Bienes y Servicios ante el Registro Nacional de Proveedores; y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 13 de octubre de 2008, la empresa DEXION E.I.R.L., en adelante el Proveedor, realizo el pago de la tasa correspondiente a efectos de renovar su inscripcion en el capitulo de Bienes y Servicios del Registro Nacional de Proveedores. 2. El 14 de octubre de 2008, se obtuvo la renovacion de inscripcion automatica, en los capitulos de bienes y servicios del R.N.P. con registros numeros B0073998 y