Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2011 (17/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo de cumplir con todos los demas requisitos contenidos en el procedimiento Nº 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0832011-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de marzo del 2011, se autorizo el inicio de la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), correspondiente al 2011, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º00' Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 01 de MORDAZA del 2011; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 105-2011-PRODUCE/ DGEPP de fecha 23 de marzo del 2011, se establecio el Limite MORDAZA de Captura Permisible de la MORDAZA Norte-Centro del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), para consumo humano indirecto es de tres millones seiscientos setenta y cinco mil (3'675,000) toneladas para la MORDAZA autorizada en la Resolucion Ministerial Nº 0832011-PRODUCE/DGEPP, la misma que no podra excederse hasta el 31 de MORDAZA del 2011; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 211-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de marzo del 2011, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE-Norte-Centro, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2011 de la MORDAZA Norte-Centro, la misma que entro en vigencia a partir de las 00:00 horas del 01 de MORDAZA del 2011 y no podra exceder del 31 de MORDAZA del 2011, conforme con las autorizaciones establecidas en las Resoluciones Ministeriales Nº 083 y 105-2011-PRODUCE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 285-96-PE de fecha 31 de MORDAZA de 1996, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar, entre otras, las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominada MARFIL de matricula Nº PT-6108-PM, GAVIOTA de matricula Nº PT-6198-PM, MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PT-6323-PM, y PARDELA de matricula Nº PT-4825-PM a favor de PESCANOVA S.A. en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 224-98PE de fecha 05 de MORDAZA de 1998, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones de bandera nacional denominadas, entro otros, MARFIL de matricula Nº PT-6108-PM con una capacidad de bodega de 327.26 m3, GAVIOTA de matricula Nº PT-6198-PM con una capacidad de bodega de 348.76 m3, MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PT-6323-PM con una capacidad de bodega de 375.38 m3 y PARDELA de matricula Nº PT-4825-PM con una capacidad do bodega de 341.42 m3, a favor de la empresa MORDAZA S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, con Resolucion Directoral Nº 622-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 18 de agosto del 2009, se aprobo a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca, entre otros, a la embarcacion pesquera GAVIOTA de matricula PT-6198-PM, con una capacidad de bodega de 348.76 m3, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 600-97-PE de fecha 17 de octubre de 1997, se otorga permiso de pesca a plazo determinado a P.E.E.A. CHIMBOTE UNO S.R.Ltda. para operar la embarcacion pesquera denominada CHIMBOTE 1 de matricula CO-16647-PM de 517.38 m3 de capacidad de bodega, equipada con sistema de preservacion RSW, la cual sera utilizada para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 819-97-PE, de fecha 24 de diciembre de 1997, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 189-96-PE, precisada por la Resolucion Ministerial Nº 337-97-PE, en el sentido que los recursos hidrobiologicos autorizados a acceder son anchoveta y sardina; asimismo se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 600-97-PE, otorgando permiso de pesca a plazo determinado a GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A. para operar la embarcacion CHIMBOTE 1 de matricula CO-16647-PM de 517.38 m3 de volumen de bodega y 350 TM de carga MORDAZA de pescado, con sistema de preservacion RSW, la cual sera dedicada a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras,

utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, con Resolucion Ministerial Nº 600-97-PE modificada por Resolucion Ministerial Nº 819-97-PE, se otorgaron a GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A. (GRUNEPA S.A.) los permisos de pesca a plazo determinado, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, entre otros, CHIMBOTE 1 de matricula CO-16647-PM, para la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 267-2004PRODUCE/DNEPP, de fecha 12 de octubre del 2004, se aprobo a favor de PACIFIC FISHING BUSINESS S.A., el cambio de titular del permiso de pesca, entre otros, a la embarcacion pesquera CHIMBOTE 1 de matricula CO16647-PM, con una capacidad de bodega de 479.96 m3, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, con la Resolucion Directoral Nº 894-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 10 de noviembre de 2009, se acumulo los procedimientos administrativos referidos a la regularizacion de capacidad de bodega, entre otros, a la embarcacion pesquera CHIMBOTE 1 de matricula CO16647-PM. Asimismo, se aprobo a favor de COPEINCA S.A.C. el cambio de titular de la referida embarcacion, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a traves del escrito del visto y adjuntos, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera GAVIOTA de matricula PT-6198-PM a la embarcacion pesquera CHIMBOTE 1 de matricula CO16647-PM; Que, de la evaluacion a los documentos presentados, es necesario indicar que el expediente administrativo presento observaciones, las cuales fueron subsanas en su oportunidad por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.; Que, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., a fin de dar cumplimiento al requisito Nº 2 del procedimiento Nº 131 del MORDAZA, presenta el Certificado de Deposito emitido por la empresa ALMACENERA DEL PERU S.A., en donde se aprecia que la embarcacion pesquera GAVIOTA de matricula PT-6198-PM, se encuentra depositada en dicho establecimiento hasta el 03 de diciembre del 2011; al respecto cabe indicar que, el plazo de la vigencia de la incorporacion definitiva del PMCE sera hasta el 03 de diciembre del 2011; sin embargo, el plazo dispuesto puede ser extendido hasta el MORDAZA, siempre que su ampliacion se solicite conjuntamente con la MORDAZA de la renovacion del Certificado de Deposito y no se transgreda la normatividad vigente; es decir, que el plazo MORDAZA que establece el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE, es de doce (12) meses que son contados a partir del dia siguiente de la notificacion del acto administrativo; a fin que el armador acredite que la embarcacion pesquera GAVIOTA de matricula PT-6198PM se encuentra en uno de los supuestos del numeral 2) del articulo 7º de la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y en el numeral 1) del articulo 16º de su Reglamento; MORDAZA de concluido el plazo establecido; Que, mediante Memorando Nº 00489-2011-PRODUCE/ OEC de fecha 25 de MORDAZA del 2011, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, informa, entre otros, respecto a las embarcaciones pesqueras GAVIOTA de matricula PT-6198-PM y CHIMBOTE 1 de matricula CO16647-PM, no registran deudas; Que, en tal virtud, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos del Procedimiento Nº 131 que fuera incorporado al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 097-2011-PRODUCE; por lo tanto, resulta procedente la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE solicitado; Que, mediante Memorando Nº 0609-2011-PRODUCE/ OGTIE de fecha 11 de MORDAZA del 2011, en su Informe Nº 57-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el calculo del PMCE de la MORDAZA Norte-Centro, de la embarcacion pesquera GAVIOTA de matricula PT-6198-PM a la embarcacion pesquera CHIMBOTE 1 de matricula CO16647-PM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 17º y 20º del Reglamento de la Ley sobre Limites Maximos de