Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2011 (17/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2011

Acondicionamiento Territorial para el viaje a la MORDAZA de Los MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a realizarse los dias 17, 18 y 19 de MORDAZA de 2011, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo:

Representante Viaticos (3 dias) Sr. MORDAZA de la MORDAZA Cam $ 660.00 Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA $ 660.00 TOTAL $ 1,320.00
*Incluye Tarifa TUUA Articulo Segundo.-Encargar a la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para el cumplimiento del presente Acuerdo Regional. Articulo Tercero.-Dentro de los 15 (quince) dias calendarios siguientes a su retorno al MORDAZA, ambos funcionarios deberan presentar un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo deberan efectuar la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo Cuarto.-Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

666352-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Plan Regional de Politica de la Formacion Profesional MORDAZA
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional MORDAZA, mediante Oficio Nº 038-2011G.R.PUNO/OCRG, recibido el 15 de MORDAZA de 2011)

ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2010
POR CUANTO: Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrado el dia 12 de agosto del 2010 ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional. Que, el articulo 3º de la Constitucion Politica del Estado, asi como del articulo 2º de la Ley General de Educacion, define como un MORDAZA de aprendizaje y ensenanza que se desarrolla en el MORDAZA de formacion de personas, que contribuye a la formacion integral, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creacion de cultura y desarrollo de la familia y comunidad, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 021-2006-ED, que aprueba los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional. Que, el Decreto Supremo Nº 010-2008-ED; que implementa los Lineamientos nacionales de la Formacion

Profesional, comprende el diseno de las politicas Regionales en funcion a los citados lineamientos, del mismo modo, la elaboracion del Plan Regional de Formacion Profesional. Que, el articulo 5º literal e) de la Ley Nº 29381, Ley Organica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, senala la formulacion, planeacion, direccion, coordinacion, ejecucion, supervision y evaluacion de las politicas nacionales y sectoriales en las siguientes materias: socio laborales, derechos fundamentales en el ambito laboral, seguridad y salud en el trabajo, difusion de normatividad, informacion laboral e informacion del MORDAZA de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social , inspeccion del trabajo, promocion del empleo, intermediacion laboral, formacion profesional y capacitacion para el trabajo, normalizacion y certificacion de competencias laborales, autoempleo, reconversion laboral y migracion laboral. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales establece como funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de trabajo, promocion del empleo y la concertacion con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados en materia de trabajo, del empleo, formacion profesional. Que, la XIV y la XX de la Politica del Estado Peruano, del Acuerdo Nacional senala entre otros, el compromiso Gobierno Central de promover la generacion y el acceso al empleo pleno, MORDAZA y productivo, asi como el compromiso de fortalecer la capacidad en la region MORDAZA, para generar y utilizar los conocimientos cientificos y tecnologicos para desarrollar los recursos humanos, pacto a mediano plazo por la Inversion y el empleo MORDAZA, establece dentro de sus politicas para la promocion de la inversion y el desarrollo humano, la politica de educacion y formacion que promueve el desarrollo integral de la persona humana Que, el Plan Regional de Politica de la Formacion Profesional es producto del consenso de los sectores, del aporte de los actores involucrados, a efectos de articular esfuerzos para el logro de sus objetivos y vincular de manera eficiente la formacion profesional con las exigencias del MORDAZA laboral, siendo su objetivo principal elevar la calidad de la formacion profesional y los niveles de adecuacion laboral, y a mediano plazo, el contribuir a la mejora del nivel de MORDAZA de la Poblacion Economicamente Activa (PEA) y desarrollo sostenible de la Region Puno; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado el numeral 2 del Articulo 3º y el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion y la Ley Nº 29381, Ley Organica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su Modificatoria Ley Nº 27902. ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR, el Plan Regional de Politica de la Formacion Profesional MORDAZA, en concordancia a las politicas nacionales, politicas publicas sectoriales de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo (DRTPE) y la Direccion Regional de Educacion (DREP) las mismas que tienen la finalidad de implementar, fortalecer y promover la forrmacion, generacion y el acceso al empleo pleno, MORDAZA y productivo Articulo Segundo.- ENCARGAR, al ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, la implementacion del Plan aprobado en el articulo primero de la presente Ordenanza Regional, en concordancia con las politicas regionales y nacionales sobre dicha materia. Articulo Tercero.- DISPONER, el plazo razonable para que el ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, implemente la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- ESTABLECER, la Mesa Tematica de la Formacion Profesional de la region MORDAZA, integrada por: Mesa Tematica. · Un Representante de la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional MORDAZA, quien lo presidira. · Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, que tendra a su cargo la Secretaria Tecnica. · Un Representante de la Direccion Regional de Educacion-Puno. · Un Representante de las Universidades, · Un representante de los Institutos Superiores Tecnologicos de la region.