Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2010 (08/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 8 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

428811

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en las provincias de Anta, MORDAZA, Calca y Urubamba en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 096-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2010-PCM se declaro el estado de emergencia en las provincias de Calca, Quispicanchi, Urubamba, MORDAZA, Canchis, Anta, La Convencion, Canas, Paruro, Paucartambo y Acomayo del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, debido a la emergencia originada por las lluvias y deslizamientos cuya intensidad imprevisible ocasiono graves danos a viviendas, infraestructura MORDAZA, carreteras, vias ferreas, puentes, otras vias terrestres, aeropuerto, y otros bienes y servicios esenciales con consecuencias de perjuicio a las actividades economicas y de riesgo para la MORDAZA, salud y seguridad; declaratoria que fue ampliada incluyendo a las provincias de Chumbivilcas y Espinar mediante el Decreto Supremo Nº 017-2010-PCM; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 035-2010PCM se prorrogo el estado de emergencia en las circunscripciones territoriales MORDAZA mencionadas, hasta el 21 de MORDAZA de 2010; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 065-2010PCM se declaro nuevamente el estado de emergencia en las provincias de MORDAZA, Anta, Calca, Urubamba y Quispicanchi, del departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 10 de agosto de 2010; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 089-2010-PCM nuevamente se declaro el estado de emergencia en las provincias de Anta, MORDAZA, Calca, Canchis, Quispicanchi, Paruro, Paucartambo y Urubamba del departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 08 de noviembre de 2010; Que, mediante Oficio Nº 833-2010-GR CUSCO/PR del 29 de octubre de 2010, el Gobierno Regional del MORDAZA ha solicitado la prorroga de Declaratoria de Estado de Emergencia en las provincias de Anta, MORDAZA, Calca y Urubamba en el departamento de MORDAZA, considerando que dicho Gobierno Regional conjuntamente con las Municipalidades Provinciales y Distritales continuan llevando a cabo la atencion a las zonas de emergencia, y que a la fecha se han aprobado 27 PIPS de emergencia por parte del Ministerio de Economia y Finanzas y el resto estan pendientes de ser ejecutados, contando ademas con en el Plan de Reconstruccion y Reactivacion Economica Regional Post Desastre 2010 ­ Region MORDAZA, motivo por el cual solicita la respectiva prorroga de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 028-2010-INDECI/ DNO(11.0) de fecha 02 de noviembre de 2010, la Direccion Nacional de Operaciones del Instituto Nacional de Defensa

Civil ­ INDECI, ha emitido opinion favorable respecto a lo solicitado por el Gobierno Regional, recomendando aprobar la prorroga de declaratoria de Estado de Emergencia en las provincias de Anta, MORDAZA, Calca y Urubamba del departamento de MORDAZA, teniendo en consideracion ademas, el deslizamiento suscitado recientemente en las localidades de Chichobamba, San MORDAZA, Yanaconas y Urubamba, del distrito y provincia de Urubamba; Que, debido a que las condiciones de emergencia por las lluvias y deslizamientos se mantienen vigentes en las indicadas provincias, y estando por vencer el plazo de la declaratoria del estado de emergencia aprobado por el Decreto Supremo Nº 089-2010-PCM, es necesario prorrogar el estado de emergencia, con el fin de que se continuen las acciones destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; y, De conformidad con el inciso 1 del articulo 137° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del estado de emergencia Prorrogar por el termino de treinta (30) dias calendario, a partir del 09 de noviembre de 2010, el estado de emergencia en las provincias de Anta, MORDAZA, Calca y Urubamba del departamento de Cusco. Articulo 2º.- Ejecucion de Acciones El Gobierno Regional del MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­PROMPERU, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y demas instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la atencion de la emergencia, rehabilitacion y reconstruccion de las zonas afectadas, de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 028-2010-INDECI/DNO(11.0) de fecha 02 de noviembre de 2010. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 564774-1

DIARIO OFICIAL

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