Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2009 (18/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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presentado por los senores MORDAZA Nunez MORDAZA y MORDAZA Nunez MORDAZA, en nombre de la Promotora "Neumann Business School S.A.C."; con los siguientes programas de Maestrias: 1) Maestria en Ingenieria Informatica, 2) Maestria en Gestion Minera y Ambiental, 3) Maestria en Administracion de Negocios y 4) Maestria en Derecho de la Empresa. Articulo Segundo.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de aprobacion del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School", bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, y de conformidad con toda la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Tercero.- COMUNICAR a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA MORDAZA TIO MORDAZA Secretaria General 373193-1

Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Escuela Internacional de Postgrado - ESIP"
"Proyecto de Escuela de Postgrado "Escuela Internacional de Postgrado ­ ESIP" RESOLUCION Nº 319-2009-CONAFU MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 VISTOS: La Carta s/n recibida con fecha 13 de octubre de 2008, la Resolucion Nº 041-2009-CONAFU de fecha 26 de enero de 2009, la Resolucion Nº 050-2009CONAFU de fecha 29 de enero de 2009, el Oficio Nº 7012009-CONAFU-P de fecha 29 de MORDAZA de 2009, la Carta s/ n recibida con fecha 25 de MORDAZA de 2009, el Oficio Nº 1712009-PCC recibido con fecha 10 de junio de 2009, y el Acuerdo Nº 284-2009-CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU llevada a cabo el dia 18 de junio de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del articulo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el referido articulo 10º del Estatuto, se establece en el inciso k) "Autorizar o denegar las solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de Escuelas de Postgrado, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 882; en concordancia con el articulo 1º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades, aprobado por Resolucion Nº 534-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2008 (En adelante Reglamento); y en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 5º del Reglamento, se establece: "El tramite de una solicitud para la autorizacion de funcionamiento provisional de Escuelas de Postgrado, tiene cinco (5) fases, entre ellas: a) Admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado ­ PDEP"; Que, en el articulo 10º del Reglamento, se establece: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la

solicitud de autorizacion de funcionamiento de la Escuela de Postgrado ante el CONAFU, previo pago de la tasa administrativa para la calificacion de admision a tramite de la solicitud, de acuerdo al MORDAZA vigente. La Unidad de Recepcion del CONAFU, revisara si la solicitud reune los requisitos de admisibilidad y que el expediente ha sido adecuadamente conformado, haciendo constar en el formato de "Hoja de Tramite" la existencia de cada uno de los documentos adjuntados y debidamente foliados. Si faltara algun requisito o documento, lo MORDAZA constar en el formato "Hoja de Tramite", senalando e informando al administrado que dispone de dos dias habiles (48 horas) para completar el expediente, bajo sancion de tenerse por no presentada la solicitud, procediendo a devolverse el expediente al administrado. Si el expediente se encuentra conforme la Secretaria General remitira la Parte "a)" a la Consejeria de Asuntos Academicos y la Parte "b)" a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco (5) dias calendario para evaluar si los requisitos formales de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el Informe fuera desfavorable se otorgara a la Promotora el plazo de cinco (5) dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas o en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, con Carta s/n recibida con fecha 13 de octubre de 2008, el senor MORDAZA Isael Rubio MORDAZA, en nombre de la Promotora "Asociacion HAMUQPACHA PERU SAC", presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Escuela Internacional de Postgrado - ESIP"; solicitando su autorizacion provisional de funcionamiento, adjuntando para ello, la documentacion correspondiente; Que, en el articulo 11º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, de acuerdo al MORDAZA vigente, programando una entrevista de los promotores y miembros del Consejo Directivo propuesto con los Consejeros del CONAFU, con la finalidad de conocer, sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del CONAFU para su admision a tramite"; Que, por Resolucion Nº 041-2009-CONAFU de fecha 26 de enero de 2009, se resuelve admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Escuela Internacional de Postgrado ­ ESIP", presentado por el senor MORDAZA Isael Rubio MORDAZA, en nombre de la Promotora: "Asociacion HAMUQPACHA PERU SAC"; con los siguientes Programas de Maestria: 1) Maestria en Direccion y Gestion de Negocios Globales, 2) Maestria en Evaluacion y Acreditacion de la Calidad Educativa, 3) Maestria en Gerencia de los Servicios de la Salud, 4) Maestria en Gerencia de Proyectos y de Programas Sociales y 5) Maestria en Planeamiento y Gestion del Territorio; Que, por Resolucion Nº 050-2009-CONAFU de fecha 29 de enero de 2009, se resuelve conformar la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Escuela Internacional de Postgrado ­ ESIP"; la misma que estuvo integrada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA Castaneda Castaneda, MORDAZA Tesen MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; de conformidad con lo establecido en el articulo 13º del referido Reglamento; Que, en el articulo 14º del Reglamento, se establece que: "La Comision calificara el Proyecto con las variables e indicadores contenidos en las tablas aprobadas por el CONAFU, en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias calendario. Si la Comision Calificadora determina ciertas observaciones, este Informe se constituye en Preliminar, trasladando estas observaciones a la Presidencia del CONAFU, de lo contrario este Informe sera Final"; Que, por Oficio Nº 701-2009-CONAFU-P de fecha 29 de MORDAZA de 2009, el Presidente del CONAFU remite el Informe Preliminar realizado por la Comision Calificadora del Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Escuela Internacional de Postgrado