Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2008 (28/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2008

fundada en una orden MORDAZA, sin embargo, al mismo tiempo ha aumentado la cantidad de devotos de otras procedencias, incluyendo comparsas de musicos y danzantes, y como ya se ha visto en estos casos la devocion trasciende fronteras, siendo mantenida por la poblacion migrante en otras latitudes; Que, el hecho que la mayor parte de las danzas importantes de la region MORDAZA este presente en esta festividad, aunque su interpretacion en este espacio festivo sea de origen reciente, basta para remarcar la importancia de la fiesta. K´achampa, Qhapaq Qolla, Qhapaq Negro, MORDAZA, Siclla o Saqra son, efectivamente, danzas de las mas caracteristicas e importantes de la region y que convocan a unos cuantos cientos de danzantes entre todas las comparsas mencionadas; Que, mas que subsumirse a una identidad colectiva o de los personajes interpretados por los danzantes, lo que busca la poblacion que se expresa esta festividad es ser parte de una identidad local o regional mayor, cuyos MORDAZA y fundamentos se explican y comentan en la misma devocion y representacion. Es esta identidad la que permite ademas la cohesion de una poblacion que solo parcialmente reside en la MORDAZA y que convoca a poblaciones de otras latitudes a un culto que ha cobrado reciente importancia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion" y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la festividad del Senor de Choqekillka, como parte de una importante serie de MORDAZA religiosas que recogen tradiciones de diverso origen y procedencia y contribuyen a la creacion de un MORDAZA cultural de gran riqueza y vehiculo de una identidad colectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 193456-2

Retiran la condicion de Monumento integrante del patrimonio cultural de la nacion a restos de inmueble ubicado en el distrito, provincia y departamento de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 559/INC MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2008 Visto el Expediente N° 18982/2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 27 de octubre de 2007 la Empresa Corporacion WAMA S.A.C representada por su Gerente General la senora MORDAZA Monterola MORDAZA, solicita dictamen sobre predio declarado Monumento del inmueble ubicado en Jr. Callao Nº 136, distrito, provincia y departamento de Ica; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento por Resolucion Ministerial Nº 1251-85-ED de fecha 27 de noviembre de 1985 e integrante de la MORDAZA Monumental de Ica, declarada por Resolucion Ministerial Nº 775-87-ED de fecha 9 de noviembre de 1987; Que, mediante Informe Nº 223-2007-SDR-DPHCR/ INC de fecha 14 de diciembre de 2007 la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion presentada,

haciendo un recuento cronologico de la evolucion del estado de conservacion del inmueble incluyendo la eventualidad del terremoto del 15 de agosto de 2007 y finalmente concluye que a la fecha del Informe, este ha desaparecido por completo y que de acuerdo a lo informado por la Empresa Wama S.A.C, los escombros habian sido retirados por el Instituto Nacional de Defensa Civil. Los meritos arquitectonicos y urbanisticos para mantener la condicion de monumento del inmueble en consulta se han perdido irremediablemente. Se cuenta con informacion grafica y planimetrica en archivo, sin embargo la reconstruccion del inmueble se considera un falso historico. Advierte ademas que segun las fotografias del ano 2003 obtenidas del expediente que obra en el archivo de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, el inmueble ya habia perdido gran parte de la primera crujia. La Sub Direccion de Registro opina por considerar el retiro de la condicion de monumento del inmueble, la misma que debera ser evaluada y elevada a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura; Que, mediante Informe Nº 083-2007-DMVE-SDIHDPHCR/INC la Sub Direccion de Investigacion Historica de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion y en atencion al Memorandum Nº 045-2007-SDR-DPHCR/INC, comunica los resultados de la investigacion historica preliminar del inmueble ubicado en el Jr. Callao Nº 136, Ica. El inmueble en consulta constituia una valiosa expresion de la arquitectura tradicional iquena, surgida durante la colonia como una adecuada adaptacion a su medio ambiente y el potencial sismico de la MORDAZA, con derivaciones en la epoca republicana. Por todo ello era un meritorio testimonio de su evolucion historica y parte insustituible de su patrimonio comun; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo N° 02 de fecha 15 de febrero de 2008, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. La Carta presentada por la Corporacion WAMA S.A.C de fecha 27 de octubre de 2007. 2. El Informe Nº 223-2007-SDR-DPHCR/INC de la Sub Direccion de Registro, la Resolucion Directoral Nº 00270/INC-DREPH de fecha 16 de octubre de 2003, registro fotografico del inmueble, ficha tecnica de evaluacion de emergencia del Sismo 2007-Region Ica, ficha de evaluacion de danos del ano 1998, ficha registral de inscripcion de propiedad a favor de Corporacion WAMA S.A.C. 3. El Informe Nº 083-2007-DMVE-SDIH-DPHCR/INC de la Sub Direccion de Investigacion Historica de fecha 21 de diciembre de 2007 y anexo fotografico (1977, 1998, 2007). 4. El Memorandum Nº 039-2008-DPHCR-DREPH/INC de fecha 21 de enero de 2008. CONSIDERANDO: 1. Que, el sismo ocurrido en el MORDAZA sur del MORDAZA el 15 de agosto de 2007 afecto seriamente la MORDAZA monumental de la MORDAZA de Ica, desapareciendo monumentos declarados y ocasionando danos graves a la mayoria de los inmuebles representativos de la arquitectura civil domestica.2. Que, la informacion grafica y planimetrica que obran en el expediente de archivo (2003), se infiere que el inmueble ya habia perdido gran parte de las estructuras de la primera crujia conservando desde el 2005, unicamente el MORDAZA de fachada de caracteristicas propias del periodo republicano de aproximadamente 16 m. de longitud. 3. Que, actualmente ya no existen estructuras fisicas del inmueble, segun informacion proporcionada por el administrado los escombros fueron retirados por las brigadas de apoyo del Instituto Nacional de Defensa Civil. 4. Que, los meritos arquitectonicos y urbanisticos para mantener la condicion de Monumento del inmueble en consulta se ha perdido irremediablemente. ACORDO: 1. Proponer el retiro de condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. Callao Nº 136, distrito, provincia y departamento de Ica. 2. Hacer de conocimiento del propietario que cualquier intervencion que se proyecte para el inmueble en mencion debe contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura; Con las visaciones del Director de Gestion, del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y del Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo N° 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura.