Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2006 (16/12/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

334661

medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, el articulo 3° de la Ley N° 27870 ­ Ley del Instituto Antartico Peruano establece que el INANPE es el ente encargado de formular, coordinar, conducir y supervisar en forma integral la Politica Nacional Antartica, en cuyo MORDAZA se realizan todas las actividades que las entidades de los sectores publico y privado realicen en la Antartica y tiene como objetivo general la consolidacion de la presencia activa y permanente del Peru en la Antartida y de su status de Parte Consultiva del Tratado Antartico. Que, dentro de su Plan Operativo para el 2006, se ha previsto la realizacion de la Decimo Septima MORDAZA a la Antartida, que si bien se contaba con la respectiva prevision en el Presupuesto Institucional del INANPE, no era posible proceder a la asignacion especifica de fondos hasta no definirse previamente el itinerario de la misma, los integrantes de la MORDAZA, asi como el requerimiento de viveres, pasajes seguros y otros; Que, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Asuntos Cientificos mediante el Memorando de vistos, el mejor momento para realizar una Expedicion Antartica, de acuerdo a los objetivos cientificos y tecnicos previstos por el INANPE y con una participacion concreta del BIC Humboldt, es el periodo comprendido entre diciembre y febrero, meses que corresponden al MORDAZA austral. Adelantar o postergar la ejecucion de la expedicion pondra en peligro la consecucion de los objetivos del INANPE y, asimismo, aumentara el riesgo de la nave y del personal participante, recomendando que la XVII Expedicion se efectue en el periodo comprendido entre los meses de diciembre a febrero, tratando de conciliar las ventajas operativas, cientificas, tecnicas, ambientales y presupuestales; Que los resultados del Concurso Nacional de Proyectos de Investigacion en temas relativos a la Antartida dentro del MORDAZA de la Cooperacion Tecnica y Cientifica, aprobado mediante Resolucion Directoral N° 0021-06/INANPE/RE del 13 de MORDAZA de 2006, se dieron el 8 de octubre de 2006, los mismos que han sido programados para ser ejecutados en esta MORDAZA, la que debera iniciarse en el mes de diciembre y culminar en el mes de febrero, debido a las condiciones climatologicas de la Antartida; Que, mediante Memorando de Vistos, la Oficina de Administracion, Presupuesto e Informatica ha remitido el Informe de la Unidad de Logistica correspondiente, el que sustenta las necesidades de adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios que se requieren; Que, dado que el tiempo con el que se dispone para la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios es muy corto y no pudieron ser previstas a tiempo, debido a que el itinerario final y definitivo de la MORDAZA XVII, la determinacion de los equipos necesarios para la realizacion de los proyectos cientificos ganadores, la relacion de integrantes de la expedicion, asi como los viveres, pasajes, seguros, entre otros, no se encontraban en la esfera de dominio del Instituto Antartico Peruano, sino dependian de la informacion proporcionada por otras instituciones, es necesario declarar las referidas adquisiciones y contrataciones en situacion de desabastecimiento inminente, dado que comprometen el normal desarrollo de las actividades a realizarse durante la Decimo Septima Expedicion Peruana a la Antartida, objetivo principal de la entidad y que constituye su actividad esencial y prioritaria dentro de su Plan Operativo; Que, mediante informe de Vistos, la Asesoria Legal Externa informa que la situacion expuesta configura la situacion descrita en el articulo 21° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es decir una situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, poniendo en evidente riesgo la continuidad de las operaciones que el Instituto Antartico Peruano tiene a su cargo - en su condicion de ente encargado de formular, coordinar, conducir y supervisar en forma integral la politica nacional antartica ­ y que en este caso particular comprometen el desarrollo de la Decimo Septima Expedicion Peruana a la Antartida, por lo que resulta procedente solicitar la exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes; Que, el inciso d) del articulo 13° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Antartico Peruano, aprobado mediante Decreto Supremo N° 107-2003-RE, dispone que el Presidente del Consejo Directivo ejerce la Titularidad del Pliego del Presupuesto de la Entidad;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27870, el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supremo N° 107-2003-RE Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Antartico Peruano; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de los bienes y la contratacion de los servicios que de detallan, por un valor referencial total ascendente a S/. 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles) y a US$ 181,586.51 (Ciento ochenta y un mil quinientos ochenta y seis y 00/100 Dolares Americanos) y fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, segun se indica, exonerandolas del MORDAZA de seleccion que corresponda, segun lo siguiente:
ITEM 1 2 DESCRIPCION Contratacion de una Agencia Maritima Portuaria Seguro de casco Seguro de asistencia medica y accidentes personales Adquisicion de Viveres Adquisicion de Pasajes Aereos Adquisicion de un Fotometro MONTO S/. MONTO US.$ 65,000.00 MORDAZA DE MORDAZA Concurso Publico

3 4 5

14,154.51 Adjudicacion Directa Selectiva 15,232.00 Adjudicacion Directa Selectiva 140,000.00 Adjudicacion Directa Selectiva 70,000.00 Adjudicacion Directa Selectiva 17,200.00 Adjudicacion Directa Selectiva

Articulo 2°.- Encargar a la Oficina de Administracion, Presupuesto e Informatica realizar las acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor que cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases. Articulo 3°.- Notificar a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en un lapso no mayor a los diez (10) habiles, la presente resolucion, adjuntando los documentos mencionados en los vistos de la presente Resolucion. Articulo 4°.- Publiquese la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Articulo 5°.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARECCO SABLICH Presidente del Consejo Directivo del Instituto Antartico Peruano 6863-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Modifican resolucion referente a funcionarios responsables de brindar informacion en el ambito de las Oficinas Regionales del INDECOPI en MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 134-2006-INDECOPI/DIR MORDAZA, 11 de diciembre de 2006