Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2005 (24/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2005
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA

NORMAS LEGALES

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Visto, en Sesion Ordinaria del 11 de MORDAZA del 2005, el Dictamen Nº 012 de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica de fecha 4 de MORDAZA del 2005, respecto a la reconsideracion planteada contra el Acuerdo de Concejo Nº 023-2005 del fecha 20 de MORDAZA del 2005 por los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA de Harada, MORDAZA Talavera MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rivero Aguilar; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 023-2005 se aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion y consiguiente contratacion del Servicio de Radio Digital Troncalizado con la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., hasta por un monto de S/. 115,628.25 (Ciento quince mil seiscientos veintiocho y 25/100 nuevos soles), durante el ejercicio 2005, con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 - Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Dictamen Nº 012 de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica, propone al Concejo que se declare infundada la reconsideracion planteada en la Sesion Ordinaria de Concejo del 9 de junio del 2005; y, en consecuencia, se continue con el tramite dispuesto por el Acuerdo de Concejo Nº 023-2005, indicandose que se consignen en la parte considerativa los informes tecnicos y legales, la precision del MORDAZA de MORDAZA de seleccion materia de exoneracion, el periodo de tiempo sujeto a contratacion y las demas disposiciones de orden legal sobre la materia; Que, con Informe Nº 227-2005-MDLM-SGL, del 10 de marzo del 2005, la Subgerencia de Logistica informo que se hace necesario contar con un sistema de comunicacion entre el servicio de Serenazgo, las Juntas Vecinales de Seguridad y los puestos de vigilancia de los vecinos del distrito de La MORDAZA, asi como, con el Deposito Municipal, los Gerentes y Subgerentes de esta Corporacion Edilicia, por el periodo de 12 meses, de MORDAZA del 2005 a marzo del 2006, indicando que la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil solicito con Memorandum Nº 477-2004MDLM-GSCDC del 15 de noviembre del 2004 a la Gerencia de Informatica un informe sobre el sistema de comunicacion idoneo para cubrir estas necesidades; Que, al respecto, mediante Oficio Nº 052-2004/MDLMGA, la Gerencia de Administracion oficio al Director General de Gestion de Telecomunicaciones del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, a efectos que informe sobre las empresas que brindan servicio de Radio Comunicacion Digital Troncalizada con cobertura en el departamento de Lima; Que mediante Oficio Nº 418-2004-MTC/17, el Director General de Gestion de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, informo que de acuerdo a su base de datos, la empresa que satisface el requerimiento del servicio de Radio Comunicacion Multiple de Seleccion Automatica (troncalizada) con tecnologia digital es NEXTEL DEL PERU S.A.; Que, mediante Carta Nº 0008-2005-MDLM-SGL, del 24 de febrero del 2005, la Subgerencia de Logistica solicito a la empresa NEXTEL DEL PERU S.A. una cotizacion para el plan tarifario aprobado por la Gerencia General para 72 equipos, la misma que con Carta s/n de fecha 25 de febrero del 2005, NEXTEL DEL PERU S.A. respondio remitiendo una cotizacion mensual con servicio de radio ilimitado por $ 2,866.07 dolares americanos incluido IGV y seguros; Que, mediante Memorandum Nº 178-2005//MDLM-GA, la Gerencia de Administracion senalo que las caracteristicas del servicio MORDAZA citado, requerido por la Municipalidad, lo califican dentro del concepto de aquellos que no admiten sustitutos; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Memorandum Nº 083-2005-MDLM-GPP, del 2 de marzo del 2005, dio cuenta de la existencia de disponibilidad presupuestal para el ano Fiscal 2005 por S/. 115,628.25 nuevos soles, y para el ano Fiscal 2006 se compromete, a fin de materializar la prevision presupuestal en el Presupuesto Institucional correspondiente, asumir el monto de S/. 28,375.00 nuevos soles; Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos mediante Informe 221-2005-MDLM-GAJ, del 17 de marzo del 2005, concluye que, legalmente, es factible acceder para la aprobacion de la exoneracion a la contratacion del servicio de Radio Comunicacion Troncalizada Digital con la empresa

NEXTEL DEL PERU S.A.; debiendose cumplir con lo dispuesto en el Articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en cuanto a la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision o adopcion y publicarse a traves del SEACE; Que, asimismo, de conformidad con el Articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, cuando no existan servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA, la entidad podra contratar directamente; motivo por el cual, ante el requerimiento de la Subgerencia de Logistica en el Informe Nº 227-2005-MDLMSGL, del 10 de marzo del 2005, es viable contratar directamente con la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., en tanto que, de acuerdo a lo comunicado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dicha empresa brinda un servicio de radiocomunicacion (Servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica) que utiliza tecnologia digital en MORDAZA, por lo que procede acceder a la exoneracion del MORDAZA de seleccion, debiendose cumplir con las formalidades senaladas en el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º, Numerales 8) y 35), Articulo 39º, primer parrafo y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR INFUNDADA la reconsideracion planteada en la Sesion Ordinaria de Concejo del 9 de junio del 2005, contra el Acuerdo de Concejo Nº 0232005; y, en consecuencia CONTINUESE con el tramite dispuesto en el referido dispositivo municipal. Articulo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 023-2005 mediante el cual se aprueba la exoneracion del MORDAZA de Seleccion y consiguiente contratacion del Servicio de Radio Digital Troncalizado con la EMPRESA NEXTEL DEL PERU S.A., hasta por un monto de S/. 115,628.25 (Ciento quince mil seiscientos veintiocho con 25/100 nuevos soles), por un plazo de doce (12) meses, a partir del mes de agosto del 2005, con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- ENCARGUESE al Comite Especial Permanente que conduce los Procesos de Menor Cuantia, aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 107-2005, de llevar a cabo el MORDAZA de contratacion respectivo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo del Concejo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal remitir MORDAZA certificada del presente Acuerdo de Concejo, asi como de los informes tecnico - legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logistica que publique el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado SEACE. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13098

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Rectifican error material de la R.A. Nº 337-2005 referente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 362-2005 Los MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005