Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2005 (24/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los costos por concepto de impuestos, gastos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2005, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos y gastos (Pasajes) Tarifa CORPAC US$ US$ 137,99 28,24

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 13114

ticas en la gestion de las inversiones de los recursos financieros de las citadas empresas supervisadas y de las Carteras Administradas por las AFP; Que, con la finalidad de regular la correcta implementacion por parte de las empresas senaladas en el considerando anterior de las disposiciones contenidas en la Resolucion SBS Nº114-2005, resulta necesario establecer algunos plazos de adecuacion y modificar la MORDAZA Disposicion Final y Complementaria de la citada norma; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Seguros, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Riesgos y Asesoria Juridica, y la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, el Texto Unico de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF y sus modificatorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Las empresas bancarias y de seguros tendran hasta el 25 de enero de 2008 para que por lo menos el 10% de su personal que participa en el MORDAZA de toma de decisiones de las actividades descritas en el articulo 2º de la Resolucion SBS Nº114-2005 y labore en las areas de inversiones o equivalente y de riesgos de las citadas empresas, que tengan menos de cinco (5) anos de experiencia, a la fecha de publicacion de la citada MORDAZA, en la labor especifica que desempenan en dicho MORDAZA, aprueben al menos el examen correspondiente al nivel inicial de una certificacion internacionalmente reconocida, conforme lo establecido en el articulo 4º de la Resolucion SBS Nº114-2005. En aquellas empresas donde el citado personal represente menos de veinte (20) trabajadores, la aprobacion del mencionado examen sera de caracter obligatorio para por lo menos dos (2) trabajadores que participen en el MORDAZA de inversion MORDAZA detallado. Articulo Segundo.- Sustituyase la MORDAZA Disposicion Final y Complementaria de la Resolucion SBS Nº114-2005 por el siguiente texto: "Segunda.- Plazo de adecuacion referido al cumplimiento de los requerimientos profesionales Las empresas bancarias y de seguros tendran un plazo de trescientos sesenta (360) dias, contados a partir de la fecha de publicacion del presente Reglamento, para elegir el examen que conduzca a la certificacion o equivalente senalada en el articulo 4º de la presente norma. En el caso de las AFP, dicho plazo sera de ciento ochenta (180) dias, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente norma. Adicionalmente, todas las empresas MORDAZA indicadas tendran un plazo de hasta dos (2) anos, a partir de la fecha en que se venza el plazo especificado en el parrafo anterior, para cumplir con el requerimiento establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 4º." Articulo Tercero.- La presente MORDAZA entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 13110

Establecen plazo para que empresas bancarias y de seguros se adecuen a lo dispuesto en la Res. Nº 114-2005 y modifican su MORDAZA Disposicion Final y Complementaria
RESOLUCION SBS Nº 1089-2005
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, los numerales 3 y 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, senalan que son atribuciones del Superintendente, entre otras, ademas de las ya establecidas en la misma MORDAZA, ejercer la supervision integral de las empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, las incorporadas por leyes especiales a su supervision, asi como a las que realicen operaciones complementarias, y dictar las normas necesarias para el ejercicio de las operaciones financieras y de seguros, y servicios complementarios a la actividad de las empresas y para la supervision de las mismas, asi como para la aplicacion de la presente ley, respectivamente; Que, los incisos a), e) e i) del Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, en adelante la Ley, establecen que son atribuciones y obligaciones de la Superintendencia velar por la seguridad y la adecuada rentabilidad de las inversiones que efectuen las AFP con los recursos de las Carteras que administran, fiscalizar a las Administradoras en el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas que las rijan y fiscalizar la inversion de los recursos de los Fondos que administran, respectivamente; Que, la Tercera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF, faculta a la Superintendencia para dictar las normas reglamentarias necesarias para el buen funcionamiento del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; Que, con fecha 25 de enero de 2005 se publico la Resolucion SBS Nº114-2005, mediante la cual se aprobaron los "Requerimientos sobre la Conducta Etica y la Capacidad Profesional de las Personas que participan en el MORDAZA de Inversion de las Empresas Bancarias, de Seguros y de las Carteras Administradas por las AFP", con la finalidad de propiciar el uso de estandares y mejores prac-

Aprueban Circular sobre aplicacion de limites operativos a que se refieren los articulos 201º al 212º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
CIRCULAR Nº B- 2148-2005
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005