Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2004 (16/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 16 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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Establecen lineamientos para la aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 Ley Nº 28128
OFICIO CIRCULAR Nº 003-2004-EF/76.10 MORDAZA, 11 de marzo de 2004 Senores A LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL A LOS PLIEGOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES A LOS PLIEGOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES A LOS ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTE AUTONOMOS A LAS ENTIDADES DE TRATAMIENTO EMPRESARIAL Presente.Asunto: Aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 -Ley Nº 28128 Me dirijo a usted para manifestarle, en atencion al MORDAZA del rubro, lo siguiente: 1. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en su condicion de organo rector del Sistema Presupuestario1 , viene recibiendo diversas consultas vinculadas con la aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley Nº 28128, asi como sobre temas relacionados al pago de subsidios de sepelio y luto; pago de retribuciones a traves del Fondo de Apoyo Gerencial; aplicacion de lo dispuesto en el D.S. Nº 019-94-PCM y el D.U. Nº 037-94; transferencias de recursos y diversas consultas sobre la gestion del MORDAZA presupuestario en los Gobiernos Locales. 2. El Sistema Nacional de Presupuesto, conforme al articulo 11º de la Ley Nº 28112 -Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, es el conjunto de organos, normas y procedimientos que conducen el MORDAZA presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Publico en todas sus fases, en el MORDAZA de la Administracion Financiera del Estado, los cuales estan contenidos -entre otros- en los reglamentos, directivas y documentos que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. 3. En atencion a las facultades establecidas en los articulos 12º y 13º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, considera necesario publicar Documentos correlativos que contienen lineamientos o instrucciones, para la adecuada aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley Nº 28128 y demas temas vinculados a la ejecucion presupuestaria. Dichos Documentos, adjuntos al presente, son los siguientes: · Documento Nº 004-2004/DNPP - "Articulo 14º Numeral 5 de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128". · Documento Nº 005-2004/DNPP - "Aplicacion del Articulo 16º Numeral 4 Literal e) de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128." · Documento Nº 006-2004/DNPP - "Transferencias Financieras al CAFAE en el MORDAZA del Articulo 24º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004."

· Documento Nº 007-2004/DNPP - "Subsidio de Sepelio y Luto en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 05191-PCM y el Decreto Supremo Nº 041-2001-ED". · Documento Nº 008-2004/DNPP - "Retribuciones de los Consultores, Consejeros Regionales y aspectos vinculados a las retribuciones de Consultores Regionales con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial." · Documento Nº 009-2004/DNPP - "Aplicacion de lo Dispuesto en el Decreto Supremo Nº 019-94-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 037-94". · Documento Nº 010-2004/DNPP - "Aspectos relativos al MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales". · Documento Nº 011-2004/DNPP - "Aplicacion del Articulo 7º Numeral 7.4 de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 -Ley Nº 28128, para los Gobiernos Locales." 4. Finalmente, es necesario puntualizar que los lineamientos o instrucciones, segun el caso, contenidos en los citados Documentos son considerados por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, como absolucion de las consultas que incidan en la aplicacion del articulo 7º; articulo 14º numeral 5; articulo 16º numeral 4 literal e); articulo 24º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley Nº 28128; asi como para el pago de subsidios de sepelio y luto, pago de retribuciones a traves del Fondo de Apoyo Gerencial, aplicacion de lo dispuesto en el D.S. Nº 019-94-PCM y el D.U. Nº 037-94, y demas consultas efectuadas sobre el MORDAZA presupuestario en los Gobiernos Locales. Hago propicia la oportunidad para expresarle las seguridades de mi especial consideracion y estima personal. Atentamente, MORDAZA SHACK YALTA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico

DOCUMENTO Nº 004 -2004/DNPP "ARTICULO 14º NUMERAL 5 DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2004 - LEY Nº 28128" Para efecto de la aplicacion del articulo 14º numeral 51 de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128, se debe tomar en cuenta lo siguiente: 1. Como es de conocimiento general, el Software del MORDAZA Presupuestario registra, dentro de la Estructura Funcional Programatica del Pliego, a los proyectos con el codigo 2. 2. Al respecto, atendiendo al hecho que las disposiciones de austeridad estan vinculadas a la reduccion del gasto publico, deben ser aplicadas incluso a la parte operativa o administrativa de los proyectos. Dichas disposiciones no alcanzan a las acciones vinculadas directa y exclusivamente con las metas del proyecto, cuya ejecucion redundara en la expansion de las acciones del Gobierno a favor de las colectividades. 3. En tal sentido, las disposiciones de austeridad establecidas en el articulo objeto de analisis, son de alcance a los gastos operativos y/o administrativos de caracter permanente que no tengan vinculacion directa y exclusiva con las metas de proyectos. Direccion Nacional del Presupuesto Publico 11 de marzo de 2004

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Articulo 13º de la Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, Ley Nº 28112.

"Articulo 14.- Disposiciones de Austeridad Constituyen reglas para mantener el equilibrio fiscal, independientemente de la fuente de financiamiento, que deben ser aplicadas durante la ejecucion del presupuesto aprobado en la presente Ley (...) 5. Las disposiciones del presente articulo son de alcance a los gastos operativos y/o administrativos de caracter permanente que no tengan vinculacion directa y exclusiva con las metas de proyectos."