Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2004 (16/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 16 de marzo de 2004 DOCUMENTO Nº 011-2004/DNPP

NORMAS LEGALES
DE Funcion Programa Subprograma Proyecto Componente Finalidad de Meta xxx Unidad de Medida xxx 6 6.5 6.511 A Funcion

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xxx xxx xxx xxx XXX 05 ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL 014 PROMOCION Y ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA Subprograma 0050 PROMOCION Y ASISTENCIA COMUNITARIA Proyecto 2.00313 Inversion Social y Generacion de Empleo Programa Componente xxx Finalidad de Meta XXXX Unidad de Medida xxx 6 6.7 6.7.22 6.7.22.40 CADENA DE GASTO: Gastos de Capital Otros Gastos de Capital Transferencias a otros Organismos del Sector Publico Subvenciones Sociales

Modificacion Presupuestaria a nivel Funcional Programatico para la Transferencia

APLICACION DEL ARTICULO 7º NUMERAL 7.4 DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2004 - LEY Nº 28128 PARA LOS GOBIERNOS LOCALES Mediante Decreto Supremo Nº 026-2004-EF se aprobo los Lineamientos para la Distribucion y Ejecucion de los Recursos Presupuestarios de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios para Los Gobiernos Locales", como una forma de complementar lo senalado en el numeral 7.4 del Articulo 7º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128; y el articulo 19º de la Directiva Nº 003-2004-EF/76.01 "Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004" . El presente Documento tiene como objetivo orientar a los Gobiernos Locales en los procedimientos de caracter presupuestario para el registro de las transferencias de recursos de los Programas y Proyectos de Lucha Contra la Pobreza que se efectuen, de acuerdo a lo que comuniquen el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES asi como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones -PROVIAS RURAL, segun corresponda, a la Direccion General del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas que comprenden, los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva a cargo del MIMDES y el MTC-PROVIAS RURAL, los Comedores, Alimentos por Trabajo y Hogares y Albergues, asi como las Otras Acciones Nutricionales y de Asistencia Solidaria, a cargo del MIMDES. Para tal efecto, se debe considerar lo siguiente: I. TRANSFERENCIAS PARA LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA I.1 Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES - Municipalidades Acreditadas1 Las Municipalidades Distritales o Provinciales (distrito capital), ejecutan los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva segun lo establecido en los Convenios de Gestion a suscribirse entre las citadas municipalidades y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES, segun corresponda. Las Municipalidades Distritales o Provinciales efectuaran las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico, entre Proyectos (Anulaciones y Creditos Presupuestarios), en funcion a los acuerdos suscritos y demas documentos complementarios. Segun las pautas siguientes:
Modificaciones Presupuestarias en la Municipalidad Distrital o Provincial ANULACION (DE) Funcion Programa Subprograma Proyecto Componente Finalidad de Meta Unidad de Medida xxx xxx xxx xxx xxx xxx xxx CREDITO (A) Funcion Programa Subprograma Proyecto Componente Finalidad de Meta Unidad de Medida xxx xxx xxx xxx xxx xxx xxx

CADENA DEL GASTO: Gastos de Capital Inversiones Aplicaciones Directas

6.5.11.XX XXXX 6.5.11.XX XXXX

I.3. Ministerio de Transportes y Comunicaciones PROVIAS RURAL (Programa de Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales) 1, 3 - Municipalidades Acreditadas a) Con Institutos Viales Provinciales Municipales en MORDAZA de implementacion4 En los casos en que los Institutos Viales Provinciales Municipales se encuentren en MORDAZA de implementa-

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Articulo 8º numeral 8.1, literal a. Decreto Supremo Nº 026-2004-EF PROGRAMAS Y PROYECTOS DE LUCHA CONTRA LA POBREZA -DE LOS GOBIERNOS LOCALES ACREDITADOS Para la transferencia de los recursos correspondientes a los Programas y Proyectos de Lucha Contra la Pobreza, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVIAS RURAL suscribiran con los Gobiernos Locales, Convenios de Gestion en los cuales se estableceran los compromisos de MORDAZA partes, respectivamente, respecto de la transferencia de los recursos, el destino de los mismos, los costos operativos y las metas de los Programas y Proyectos a alcanzar en cada ambito. Articulo 8º numeral 8.2, literal a. Decreto Supremo Nº 026-2004-EF DE LOS GOBIERNOS LOCALES NO ACREDITADOS En tanto se produzca la acreditacion de los Gobiernos Locales, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones-PROVIAS RURAL ejecutaran los Programas y Proyectos que les correspondan, en los ambitos respectivos con cargo a los recursos que para tal efecto los Gobiernos Locales transferiran financieramente y de forma automatica. Dichas transferencias implicaran el abono a favor de la cuenta bancaria del respectivo Gobierno Local en el Banco de la Nacion y su ejecucion presupuestaria y financiera se MORDAZA efectiva mediante la inmediata transferencia de dichos fondos a la cuenta bancaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-PROVIAS RURAL en la citada institucion financiera, para lo cual se faculta a la Direccion General del Tesoro Publico a implementar los mecanismos financieros que estime necesarios a fin de garantizar la automatica transferencia de dichos recursos. Articulo 8º numeral 8.1, literal f. Decreto Supremo Nº 026-2004-EF Para el caso de los Comedores, Alimentos por Trabajo y Hogares y Albergues asi como para el Programa de Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales de PROVIAS RURAL, los Ministerios de la Mujer y Desarrollo Social y de Transportes y Comunicaciones, segun corresponda, comunicaran a la Direccion General de Tesoro Publico, los montos de las municipalidades distritales que deberan ser transferidos y abonados en las cuentas corrientes de las municipalidades provinciales a cuyo ambito geografico pertenecen. Dichas transferencias implicaran el abono a favor de la cuenta bancaria de la respectiva Municipalidad Distrital en el Banco de la Nacion y su ejecucion presupuestaria y financiera se MORDAZA efectiva mediante la inmediata transferencia de dichos fondos a la cuenta bancaria de la Municipalidad Provincial correspondiente en la citada institucion financiera, para lo cual se faculta a la Direccion General del Tesoro Publico a implementar los mecanismos financieros que estime necesarios a fin de garantizar la automatica transferencia de dichos recursos. Articulo 9º numeral 9.5 Decreto Supremo Nº 026-2004-EF DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA DE LOS RECURSOS A SER TRANSFERIDOS POR LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES A LOS INSTITUTOS VIALES PROVINCIALES MUNICIPALES - TRATAMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS EN CASOS QUE LOS INSTITUTOS VIALES PROVINCIALES MUNICIPALES SE ENCUENTREN EN MORDAZA DE IMPLEMENTACION En los casos en que los Institutos Viales Provinciales Municipales se encuentren en MORDAZA de implementacion, lo que impide su pleno funcionamiento para asumir de modo integral la ejecucion del mantenimiento de los caminos rurales, las Municipalidades Provinciales correspondientes asumiran la administracion y ejecucion de los recursos.

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CADENA DEL GASTO: 6 Gastos de Capital 6.5 Inversiones 6.5.11 Aplicaciones Directas 6.5.11. XXXXXX 6.5.11. XXXXXX

CADENA DE GASTO: 6 Gastos de Capital 6.5 Inversiones 6.5 XX XXXX 6.5. XX XXXX 6.5. XX XXXX

I.2. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES- Municipalidades no Acreditadas2 En el caso de las municipalidades no acreditadas, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, estara a cargo de la ejecucion de los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva en el ambito Distrital o Provincial (distrito capital) segun corresponda. Para tal efecto, las Municipalidades Distritales y Provinciales, en funcion a las coordinaciones y acuerdos con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, realizaran las modificaciones presupuestarias necesarias en el nivel Funcional Programatico, entre Proyectos (Anulaciones y Creditos Presupuestarios), asi como de la Generica del Gasto 5 Inversiones a la Generica del Gasto 7 Otros Gastos de Capital, como sigue:

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