Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2004 (16/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, martes 16 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA BALCAZAR MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA WATANABE MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o WILLIAN NAITO CHEO respectivamente, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, se presentaron a solicitar inscripcion en el Registro Unico de Personas Naturales, pese a que ya existia una inscripcion anterior; valiendose de declaraciones falsas, las mismas que fueron insertadas en instrumento publico, creando duplicidad de inscripciones en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion; Que, aun cuando se ha procedido administrativamente, esto es la exclusion definitiva de las inscripciones fraudulentas por parte de la Gerencia de Operaciones, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA BALCAZAR MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA WATANABE MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o WILLIAN NAITO CHEO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA BALCAZAR MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA WATANABE MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o WILLIAN NAITO CHEO, por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 05143 RESOLUCION JEFATURAL Nº 052-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 12 de febrero de 2004 Visto, el Memorandum Nº 1585-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 926-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 29 de diciembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fisca-

lizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA POPAYAN MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CHULLA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA YNONAN DEYRA y MORDAZA MORDAZA MURAO MORDAZA quienes dicen llamarse tambien MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA KAWAGUCHI MORDAZA, MORDAZA MORDAZA TAKAMOTO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA TERUYA CELIZ, MORDAZA GAJA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA FERIA MORDAZA respectivamente, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, se presentaron a solicitar inscripcion en el Registro Unico de Personas Naturales, pese a que ya existia una inscripcion anterior, valiendose para ello de declaraciones falsas, las mismas que fueron insertadas en instrumento publico, esto es el Registro, creando una duplicidad de inscripciones en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, esto, es la cancelacion de las inscripciones fraudulentas por parte de la Gerencia de Operaciones, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA POPAYAN MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA KAWAGUCHI MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA TAKAMOTO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CHULLA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA TERUYA CELIZ, MORDAZA MORDAZA YNONAN DIERA y/o MORDAZA GAJA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MURAO MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA FERIA SALVADOR; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA POPAYAN MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA KAWAGUCHI MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA TAKAMOTO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CHULLA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA TERUYA CELIZ, MORDAZA MORDAZA YNONAN DIERA y/o MORDAZA GAJA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MURAO MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA FERIA MORDAZA, por presunto delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 05144