Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2004 (07/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, MORDAZA 7 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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cio Nº D-186-2004 (GTN/MON), de fecha 3 de febrero del 2004, el Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE; comunica que de conformidad con el numeral 4.1 del Art. 4º de la Ley Nº 27470, modificado por Ley Nº 27712, senala que la racion alimenticia diaria debe estar compuesta por producto de origen nacional al 100% en aquella zonas en las que las ofertas del producto cubre la demanda; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 047-2004MPPA-A; el MORDAZA dispuso declarar Nulo de Oficio el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 0012004-MPPA-A; para la adquisicion de insumos para la atencion de beneficiarios del programa conforme lo establece el Art. 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, es responsabilidad de la Municipalidad atender en forma oportuna y mensual la distribucion de los insumos del Programa a favor de los beneficiarios, motivo por el cual el plazo que conlleve hasta que se designe el MORDAZA Comite Especial, elaboracion de las nuevas Bases Administrativas, asi como de todo el MORDAZA que conlleva a terminos legales que pueden durar aproximadamente 20 dias utiles sin considerar las posibilidades de recursos impugnatorios que alargan el MORDAZA de adjudicacion y otorgamiento de la Buena Pro; motivo por el cual y por la necesidad de atencion inmediata y para evitar la desatencion del Programa que conllevaria a responsabilidades mayores, es necesario Declarar en situacion de Urgencia la Adquisicion de los Insumos del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad a partir del mes de febrero del presente ano, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion y contratacion definitiva para el presente ejercicio economico; Estando a lo expuesto y a las facultades que otorga la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 24095, el D.S. Nº 012-2001-PCM, el D.S. Nº 013-2001-PCM de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y con el MORDAZA unanime de los senores miembros del pleno de concejo y en aplicacion a lo dispuesto en el Art 39º de la Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa de tramite de aprobacion de acta, se adopto el siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la adquisicion de los productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Padre MORDAZA, por el plazo que dure el MORDAZA de seleccion correspondiente, hasta la suscripcion del contrato respectivo, con la finalidad de garantizar la continuidad de la prestacion de los servicios que brinda dicho programa, y hacer la adquisicion directa. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion referida en el articulo precedente, en tanto se culmine el MORDAZA de seleccion correspondiente a la adquisicion definitiva a la adquisicion definitiva de acuerdo a Ley. Articulo Tercero.- Autorizar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia respectivo para la Adquisicion de Insumos para el Programa de Vaso de Leche de la MPPA-A en merito a lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo Cuarto.- Disponer se comunique el presente Acuerdo al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la MPPA, a CONSUCODE dentro de los 10 dias siguientes de expedido el presente acuerdo, y a la Contraloria General de la Republica, conforme a Ley. Articulo Quinto.- Recomendar al senor MORDAZA Provincial adoptar las medidas necesarias con la finalidad de conformar en el mas breve plazo el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche y el Comite Especial que lleve el MORDAZA de Licitacion para la adquisicion de insumos de Programa del Vaso de Leche. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Administracion para que adopte las medidas necesarias para garantizar la atencion del citado programa de conformidad a la normatividad vigente en materia de contratacion y adquisiciones del estado. Articulo Septimo.- Encargar a Secretaria General la publicacion del presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04772

Declaran nulo MORDAZA de seleccion convocado para la adquisicion de insumos destinados al Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 047-2004-MPPA-A Aguaytia, 19 de febrero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE MORDAZA VISTO: El Oficio Nº D-186-2004(GTN/MON) de fecha 3 de febrero del 2004 del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - mediante el cual pone en conocimiento sobre observaciones al MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche, convocado por la Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, es politica de la actual Gestion Municipal que los procesos de seleccion en general y como en este caso, para la adquisicion de los insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad se realicen en forma MORDAZA, transparente y conforme a los principios, procedimientos y formas que se establecen en las normas superiores de contratacion del Estado; Que, por asamblea del pleno de las Presidentas y/o representantes de los Comites del Programa Vaso de Leche de la Jurisdiccion de la Municipalidad Provincial de Padre MORDAZA celebrada el 17 de setiembre, y de fecha 27 de noviembre del ano proximo pasado, se acordo por mayoria que para la Atencion de los beneficiarios del Programa, se adquiera para el presente ejercicio economico, Leche Entera en Polvo no Azucarada y Hojuela de MORDAZA Azucarada; Que, la Municipalidad a traves del Comite Especial designado para estos efectos convoco al MORDAZA de seleccion denominado Adjudicacion Directa Publica Nº 001-004-MPPA-A; para la adquisicion de los insumos del Programa Vaso de Leche del mes de febrero al mes de diciembre del presente ano; Que, por Oficio de Vistos el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE - senala que es necesario realizar un estudio de MORDAZA a partir del cual se determine que habian proveedores en el MORDAZA que producen leche en polvo de origen nacional; Que, es necesario atender la observacion realizada por el Organo Superior de Contrataciones del Estado, realizando el estudio de MORDAZA que determine que los productos e insumos ofertados son de origen nacional, conforme lo senala el numeral 4.1 del Art. 4º de la Ley Nº 27470, modificado por la Ley Nº 27712; Que, asimismo no se cumplio con el requisito de invitar a una senora representante del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche de la municipalidad en calidad de Veedora Ad Honorem; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de Oficio la Nulidad del MORDAZA de seleccion; Estando a las Consideraciones vertidas, a lo senalado en el Art. 4º de la Ley Nº 27470, modificado por la Ley Nº 27712, Art. 26º del reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con las visaciones del Gerente Municipal, del Director de Administracion, del Director de Planeamiento y Presupuesto y del Director (e) de la Oficina de Asesoria Juridica y en uso de sus facultades conferidas en el Inciso 6) del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR NULO el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-