Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2004 (07/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 7 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 4º inciso (f) de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de seguridad y defensa nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y la Organizacion de Estados Americanos, reviste importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comision de Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Subalterno para que presten servicios en las Agregadurias de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 508-DE/MGP de fecha 17 de marzo del 2003, se nombro en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Tecnico 1ro. Sad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de MORDAZA del 2003; Que, por razones del servicio es necesario ampliar el nombramiento en Mision Diplomatica del Tecnico 1ro.Sad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de MORDAZA del 2004; Que, la ampliacion del nombramiento referido en el considerando anterior, asi como las funciones inherentes al mismo, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el nombramiento en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Tecnico 1ro. Sad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 01778584, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA,

por el periodo de UN (1) ano a partir del 1 de MORDAZA del 2004. Articulo 2º.- El citado Tecnico continuara revistando en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 04730 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 335-2004-DE/MGP MORDAZA, 5 de marzo de 2004 Visto el Oficio P.500-0241 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 30 de enero del 2004. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 4º inciso (f) de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de seguridad y defensa nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y la Organizacion de Estados Americanos, reviste importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comision de Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Subalterno para que presten servicios en las Agregadurias de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 509 DE/MGP de fecha 17 de marzo del 2003, se nombro en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Tecnico 2do. Sad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,