Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2004 (07/03/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 57
MORDAZA, MORDAZA 7 de marzo de 2004
NORMAS LEGALES
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Impuesto Predial, equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del ano a que corresponda el impuesto, siendo esta su valor de S/. 3,200.00; Estando a lo dispuesto en los articulos 9º incisos 8 y 9, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y contando con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Autorizar la emision masiva de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2004, de los predios ubicados en el distrito de MORDAZA MORDAZA, tomando como arancel el del ano 2003 y los valores unitarios, oficiales de edificacion aprobados con R.M. Nº 268-2003-VIVIENDA. Asi como la emision, de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo Segundo.- Fijar que el monto minimo del Impuesto Predial para el ejercicio 2004, es de 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente al 1 de enero del presente ano, equivalente a S/. 19.20. Articulo Tercero.- Fijese en doce nuevos soles (S/. 12.00) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada del ejercicio 2004. Por cada predio adicional se abonara Cuatro Nuevos Soles (S/. 4.00) por el derecho mencionado. Articulo Cuarto.- Fijese en Un MORDAZA Sol (S/. 1.00) mensuales monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2004. Articulo Quinto.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial de conformidad con el Articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2004, vence: Al contado 28 de febrero
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Exoneran de pago de Tasa por Expedicion de Partidas de Nacimiento
ORDENANZA Nº 111/MDS Surquillo, 11 de febrero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades y por el articulo 60º literal b) del D. Leg. Nº 776, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa de tramite de aprobacion de actas; aprobo la siguiente Ordenanza: EXONERACION DE PAGO DE TASA POR EXPEDICION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO Articulo 1º.- Se encuentran exoneradas del pago de la tasa por expedicion de partidas de nacimiento, aquellas que correspondan a menores en edad escolar para los fines de primera matricula para niveles inicial y primaria en centros educativos estatales. Articulo 2º.- Para acceder a la exoneracion dispuesta en el articulo 1º, la Subgerencia de Registros Civiles solicitara la acreditacion por parte del interesado de la cobertura de plaza para primera matricula para niveles inicial y primaria en un centro educativo estatal. Articulo 3º.- La exoneracion dispuesta en la presente Ordenanza regira desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 31 de marzo del 2004. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04713
Fraccionado 1ra. cuota el 28 de febrero 2da. cuota el 31 de MORDAZA 3ra. cuota el 29 de agosto 4ta. cuota el 28 de noviembre Articulo Sexto.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los Arbitrios Municipales, correspondientes al ejercicio 2004, vencen: 1ra, 2da. y 3ra. cuota el 31 de marzo 4ta., 5ta. y 6ta. cuota el 30 de junio 7ma., 8va. y 9na. cuota el 30 de septiembre 10ma., 11va. y 12va. cuota el 30 de diciembre. Articulo Septimo.- Los pagos que se efectuen con posterioridad a las fechas MORDAZA senaladas, estaran sujetas al interes moratorio de conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Articulo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza, asimismo encargar a Imagen Institucional su difusion y a la Gerencia de Administracion su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Disposicion Final y Unica.- Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y/o reguladoras para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04718
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican conformacion de la Comision para la suscripcion de Transferencia de Obras del Gobierno Regional del Callao a la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 057-2004-MDLP-ALC La MORDAZA, 23 de febrero 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Visto, el INFORME Nº 016-2004-GDU-MDLP de fecha 9.2.2004 emitido por el Gerente de Desarrollo MORDAZA, solicitando nombrar la Comision para la suscripcion de Transferencia de Obras del Gobierno Regional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece "las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia"; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 243-2003MDLP-ALC de fecha 19.8.2003, se resuelve conformar la Comision para la suscripcion de Transferencia de Obras del Gobierno Regional del Callao a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, la misma que estara integrada por los siguientes funcionarios: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA del