Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2004 (03/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 3 de enero de 2004
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, mediante Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, se creo el Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU como un ente sistemico que se rige por los principios de identidad, transparencia, participacion, concertacion, coordinacion, representacion e institucionalidad democratica y descentralizada, conformado por el Comite de Coordinacion del CONAJU, la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, el Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ, los organos encargados de la promocion, asesoria y consulta en materia de juventud en los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y organismos de nivel nacional, asi como por las organizaciones juveniles y las instituciones privadas que realizan trabajos en materia de juventud; Que, conforme el articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, el Comite de Coordinacion del CONAJU es la instancia donde los representantes de la juventud y los del Poder Ejecutivo, concertan, coordinan, armonizan y articulan politicas en materia de juventud; Que, el Comite de Coordinacion del CONAJU esta integrado por la Presidenta de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, quien lo preside, cuatro representantes de la juventud, previamente acreditados por el Consejo de Participacion de la Juventud y reconocidos por la CNJ, el Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion, el Viceministro de Promocion del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el Viceministro de Salud del Ministerio de Salud y el Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 083-2003-PCM se procedio a la designacion de las personas integrantes del Comite de Coordinacion del CONAJU, incluyendose en dicha relacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Viceministro de Salud; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 014-2003-SA se ha aceptado la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Viceministro de Salud; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2003-SA se ha designado al doctor Ysmael MORDAZA Nunez MORDAZA en el cargo de Viceministro de Salud; Que, en tal sentido, resulta pertinente modificar la Resolucion Suprema Nº 083-2003-PCM de acuerdo a lo previsto por el articulo 5º del Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 1062002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Viceministro de Salud como integrante del Comite de Coordinacion del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al doctor Ysmael MORDAZA Nunez MORDAZA, Viceministro de Salud, como integrante del Comite de Coordinacion del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 000028

Que, por Resolucion Ministerial Nº 274-2003-PCM se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Oficina de Prensa de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el indicado funcionario ha presentado su renuncia al cargo, la cual es pertinente aceptar; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Medios de Comunicacion de la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, siendo conveniente designar al funcionario que lo desempenara; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir del 1 de enero de 2004, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Jefe de la Oficina de Prensa de la Presidencia del Consejo de Ministros, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir del 1 de enero de 2004, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Oficina de Medios de Comunicacion de la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 00018

Autorizan a procurador interponer recurso de apelacion contra laudo arbitral sobre obligacion de dar suma de dinero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 408-2003-PCM MORDAZA, 31 de diciembre de 2003 Visto el Oficio Nº 65-2003-DV-GAL del Gerente de Asesoria Legal de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 128-2003-CONSUCODE/ PRE se designo como Arbitro Unico al abogado MORDAZA MORDAZA Pena Perret, para que resuelva la controversia suscitada entre la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA y MULTIAVISA S.A.C. sobre obligacion de dar suma de dinero; Que, MULTIAVISA S.A.C. demando ante el mencionado arbitro, que DEVIDA cumpla con cancelarle la suma de S/. 14 046,97 y US$ 10 388,23, mas intereses, costos y costas del arbitraje; Que, DEVIDA contesto la demanda negandola y contradiciendola en todos sus extremos; Que, mediante el Laudo Arbitral contenido en la Resolucion Nº 10 expedida por el arbitro Dr. MORDAZA MORDAZA Pena Perret en el Expediente Nº 01-2003 - Dr. MORDAZA MORDAZA Pena Perret, y notificada a la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA el 17 de diciembre de 2003, se declaro fundada en parte la demanda interpuesta por MULTIAVISA S.A.C. contra DEVIDA, sobre obligacion de dar suma de dinero, ordenando que esta cumpla con pagar a la demandante la cantidad de S/. 11 092,46 (Once mil noventa y dos y 46/100 Nuevos Soles) mas US$ 5 178,41 (Cinco mil ciento setenta y ocho y 41/100 Dolares de los Estados Unidos de America) como indemnizacion, con expresa condena de pago de costos y costas respectivos, dentro de un plazo MORDAZA de 15 dias utiles de notificado el Laudo, precisando que en caso DEVIDA no cumpla con el pago dentro del referido plazo, se comenzara a devengar los intereses legales respectivos; Que, mediante el oficio del visto, el Gerente de Asesoria Legal de DEVIDA solicita se expida la Resolucion Autoritativa correspondiente, autorizandose al Procurador Publico a

Designan Jefe de la Oficina de Medios de Comunicacion de la Secretaria de Comunicaciones de la PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 407-2003-PCM MORDAZA, 31 de diciembre de 2003