Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2004 (03/01/2004)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 3 de enero de 2004

NORMAS

LEGALES

Pag. 258975

una posterior. Opcionalmente, dicho PAAC podra incluir las adjudicaciones de menor cuantia programables o que puedan ser previstas a la fecha de su elaboracion. La informacion que a continuacion se detalla sera registrada, conforme al Anexo Nº 1 de la presente Directiva, en forma ordenada, correlativa y sistematizada: INFORMACION GENERAL A) Ano al que pertenece el PAAC reportado. B) Nombre completo de la Entidad que reporta. C) Siglas de la Entidad que reporta. D) Registro Unico de Contribuyente - RUC, segun los registros de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT. E) Nombre del Pliego al que pertenece la Entidad. F) Numero de Unidad Ejecutora que corresponde a la Entidad, de ser el caso. G) Instrumento que aprueba o modifica el PAAC y que sustenta el PAAC remitido. INFORMACION DEL PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES 1. Numero de orden correlativo y referente del MORDAZA de seleccion programado. 2. MORDAZA del MORDAZA de seleccion (licitacion publica; licitacion publica nacional; licitacion publica internacional; concurso publico; concurso publico nacional; concurso publico internacional; adjudicacion directa publica; adjudicacion directa selectiva; adjudicacion de menor cuantia). 3. Objeto de la contratacion o adquisicion (bienes, servicios u obras). 4. Sintesis de las especificaciones tecnicas de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar. 5. Codigo CIIU (Clasificacion Industrial Internacional Uniforme) que corresponda o que, en su defecto, mas se aproxime al objeto de la adquisicion o contratacion. 6. Valor estimado del objeto de la contratacion o adquisicion. 7. MORDAZA de moneda. 8. Fuente de financiamiento. 9. Fecha probable de la convocatoria al MORDAZA de seleccion programado. 10. Organo o Entidad encargado de la adquisicion o contratacion. 11. Cualquier observacion que se estime conveniente informar. 3. De la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC debera ser aprobado mediante instrumento emitido por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda. Sin embargo, dicha atribucion puede ser delegada, mediante resolucion expresa, a otro organo o funcionario, de acuerdo con las normas de organizacion interna de cada Entidad. El organo o funcionario competente debera aprobar el PAAC dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes a la fecha de la aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura. Las Entidades solo pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas, que hayan sido previamente programadas y se encuentran incluidas en el PAAC, con excepcion de las adjudicaciones de menor cuantia. La convocatoria y/o realizacion de cualquier licitacion publica, concurso publico y/o adjudicacion directa que MORDAZA sido efectuada sin la previa aprobacion del PAAC correspondiente al ejercicio presupuestal en curso o que no MORDAZA sido programada e incluida en el referido PAAC carece de validez legal alguna. Dicha exigencia no es regularizable en ningun caso, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda. 4. Del contenido y la publicacion del instrumento que aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones El instrumento que aprueba el PAAC debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. La parte resolutiva del instrumento que aprueba el PAAC debera designar, en forma expresa, al organo o funcionario encargado del cumplimiento de dicha publicacion. En su defecto, la publicacion estara a cargo de la dependen-

cia responsable de la planificacion de los procesos de seleccion. La parte resolutiva del instrumento que apruebe el PAAC debera indicar la direccion o direcciones donde este puede ser revisado y/o adquirido y el costo de su reproduccion. 5. De la difusion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones El PAAC debera ser remitido al CONSUCODE en su integridad y en los formatos que forman parte de la presente Directiva, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. El CONSUCODE facilitara los mecanismos para que cada Entidad ingrese directamente y/o remita la informacion contenida en su PAAC a traves del Sistema de Informacion sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado, asi como difundira dicha informacion a traves de su pagina electronica. Del mismo modo, MORDAZA del PAAC debera remitirse a PROMPYME, por los medios de comunicacion que MORDAZA establezca, en el plazo de diez (10) dias habiles contados desde su aprobacion. Adicionalmente, el PAAC debera estar a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en su pagina electronica, si la tuviere. Cualquier interesado podra adquirir revisar y/o adquirir MORDAZA del PAAC al precio de costo de reproduccion en la direccion o direcciones senaladas en el instrumento que lo aprueba. 6. Del procedimiento de remision de informacion al CONSUCODE La informacion contenida en el PAAC debera remitirse al CONSUCODE en forma electronica en el formato contenido en el Anexo Nº 1 de la presente Directiva a traves del Sistema de Informacion sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado, al cual se puede acceder a traves de la pagina electronica del CONSUCODE: http:\\www.consucode.gob.pe. A fin de remitir la informacion sobre el PAAC a traves del Sistema de Informacion sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad debe tramitar ante el CONSUCODE la creacion de un usuario para el acceso al Sistema de Informacion sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado. A tal efecto, el Titular del Pliego, la MORDAZA autoridad administrativa o el organo o funcionario que cuenta con facultades para la aprobacion del PAAC, debera remitir al CONSUCODE el nombre, cargo, telefono, fax y correo electronico de la persona responsable de la remision de la informacion senalada. En respuesta, CONSUCODE notificara al correo electronico indicado el usuario y contrasena inicial para la persona designada. Una vez efectuada la remision de la informacion sobre el PAAC a traves del Sistema de Informacion sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado no sera necesaria la remision de dicha informacion por medio escrito. Excepcionalmente, en caso de imposibilidad para realizar el envio de la informacion sobre el PAAC por via electronica a traves del Sistema de Informacion sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad podra remitirla por medio magnetico (disquete de 3½"), siempre en el formato contenido en el Anexo Nº 1 de la presente Directiva, sin perjuicio de acompanar el documento fisico respectivo que acredite la veracidad de lo indicado en los archivos digitales, debidamente visado por el organo o funcionario que aprobo dicho PAAC, asi como la autorizacion del CONSUCODE conforme a lo senalado en el parrafo subsiguiente. La excepcion prevista en el parrafo precedente unicamente es aplicable para las Municipalidades Distritales ubicadas fuera de las provincias de MORDAZA y Callao previa aprobacion por escrito del CONSUCODE. A tal efecto, la Entidad debera remitir una solicitud suscrita por el MORDAZA Distrital en la que senale, bajo responsabilidad, la imposibilidad de su representada de acceder directa o indirectamente a Internet, su domicilio y un numero de fax a los que se remitira cualquier documentacion. CONSUCODE evaluara en cada caso la procedencia de la solicitud y remitira una comunicacion en la que autorice la remision de la informacion sobre el PAAC por medio magnetico. La sola remision de la solicitud por parte de la Municipalidad no supone su aceptacion por el CONSUCODE. La remision de la informacion sobre el PAAC, asi como su correspondiente actualizacion cada vez que se produzca una modificacion, es responsabilidad del Titular del Pliego Presupuestario o de la MORDAZA autoridad administrati-