Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2004 (03/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 3 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion a Empresa de Generacion Electrica del Sur Oeste S.A.- SEAL, a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a CAVALI ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCA Gerente de Mercados y Emisores 24204

Adquisiciones y Contrataciones y que forma parte de aquella. Articulo Segundo.- La Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE entrara en vigencia a partir del primer dia habil del ejercicio presupuestal correspondiente al Ano Fiscal 2004. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 0222001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE de fecha 7.12.2001, a partir de la entrada en vigencia de la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente DIRECTIVA Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES I) FINALIDAD Uniformizar los criterios para la elaboracion y remision de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico bajo el ambito de aplicacion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como facilitar la transferencia de la informacion correspondiente al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, en cumplimiento de la normativa vigente. II) OBJETO Precisar las obligaciones de las Entidades del Sector Publico bajo el ambito de aplicacion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado respecto de la elaboracion, contenido, aprobacion, modificacion, remision, registro, difusion, ejecucion y supervision de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - PAACs, asi como las sanciones por su incumplimiento. III) ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio por todas las Entidades del Sector Publico comprendidas en el articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. IV) BASE LEGAL - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en adelante la Ley. - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, en adelante el Reglamento. - Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. V) DISPOSICIONES GENERALES 1. Todas las Entidades del Sector Publico bajo el ambito de aplicacion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se encuentran obligadas a elaborar, aprobar, modificar, remitir, difundir, ejecutar y supervisar sus Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - PAACs, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Directiva. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva constituye responsabilidad del Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda. Dichos funcionarios no podran eximirse de responsabilidad aun cuando la funcion de aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC MORDAZA sido delegada. 2. De acuerdo con lo dispuesto en los articulos 1º, 7º y 35º de la Ley, las Entidades deberan elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en adelante PAAC, en el que se debera prever los bienes, servicios, incluidos los de consultoria, y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal, en funcion a sus respectivas metas institucionales, siempre que ellos se adquieran o contraten, segun sea el caso, a traves de una licitacion

CONSUCODE
Aprueban Directiva que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 29 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el inciso a) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y la MORDAZA Disposicion Final de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE tiene, entre otras funciones, la de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de contratacion publica, pudiendo dictar para tal efecto las disposiciones complementarias pertinentes; Que, el articulo 7º de la citada Ley y los articulos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de su Reglamento establece que las Entidades del Sector Publico estan obligadas a formular su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que, una vez aprobado, debe ser remitido al CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, ademas de estar a disposicion de los interesados en la pagina web y en las oficinas de la Entidad; Que, la informacion correspondiente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe integrar el Sistema de Informacion sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado, cuya implementacion y administracion esta a cargo del CONSUCODE, de conformidad con lo previsto por el numeral 2) del articulo 7º del mencionado Reglamento; Que, en razon a lo expuesto y a fin de uniformizar los criterios para la elaboracion del mencionado Plan Anual y facilitar la transferencia de la informacion pertinente, resulta necesario precisar las obligaciones de las Entidades, ordenar el MORDAZA, contenido y las caracteristicas de la informacion, los modelos de formatos correspondientes, la oportunidad de su remision al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como las sanciones por su incumplimiento; De conformidad con lo establecido en el inciso a) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; MORDAZA Disposicion Final de su Reglamento; y numeral 2) del articulo 4º y numerales 3) y 22) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM; con las visaciones de la Gerencia Tecnico Normativa; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que las Entidades del Sector Publico bajo el ambito de aplicacion de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, asi como la oportunidad y mecanismos para su remision al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, lo que incluye el Anexo Nº 1, que contiene el formato para la elaboracion y remision del Plan Anual de