Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2003 (19/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2003

Estando a lo visado por la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo, la Oficina de Asuntos Juridicos y la Direccion de Gestion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR Patrimonio Cultural de la Nacion a la "FESTIVIDAD DE LA VIRGEN DE L A C A N D E L A R I A " d e P u n o, ex p r e s i o n d e l a s manifestaciones tradicionales de la Cultura viva que caracteriza a las comunidades asentadas en la MORDAZA Sur del Peru, que contribuye a la identidad regional y nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 17218

Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 43º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas, la Resolucion Jefatural que reconoce y autoriza como Inspectores Tecnicos, indicara el MORDAZA de inspeccion para el que se encuentra autorizado y el organismo del SINADECI en el que desempenara sus funciones; Que, existiendo veintisiete (27) profesionales y tecnicos que requieren la renovacion de su vigencia como Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, seis (6) de los cuales tambien solicitan ampliacion de su jurisdiccion; asi como doce (12) inspectores autorizados solicitan dicha ampliacion; Que, no existiendo informe desfavorable sobre su desempeno en sus Comites, segun los documentos expedidos que sustentan su peticion, y habiendo adjuntado en el respectivo caso, la MORDAZA de acreditacion; corresponde renovar y/o ampliar la autorizacion como inspectores; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento acotado; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE:

INDECI
Renuevan autorizacion y amplian jurisdiccion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCION JEFATURAL Nº 288-2003-INDECI 5 de setiembre del 2003 Visto, el Informe Nº 016-2003-INDECI/10.0 de la Direccion Nacional de Prevencion, de fecha 19 de agosto del 2003; mediante el cual se remite la relacion de los profesionales y tecnicos que se encuentran aptos para su renovacion y/o ampliacion de jurisdiccion, como Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM se aprobo el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, estableciendo entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en sus Articulos 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil por organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, los profesionales cuyos nombres figuran en los anexos Nº 01 y Nº 02 de la presente Resolucion cumplieron con los requisitos exigidos en los precitados articulos asi como lo dispuesto en el Articulo 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas, habiendo sido autorizados y reconocidos como Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, tal como consta en las Resoluciones Jefaturales y Directorales, indicadas en los anexos precitados; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas, los Comites de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempenan en su jurisdiccion, a fin de que se les registre como antecedente para determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion como inspector;

Articulo Primero.- RENOVAR sucesivamente hasta la fecha correspondiente al ano 2003 y si fuere el caso al 2004, la autorizacion como Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil a las personas comprendidas en el Anexo Nº 01 a partir de la fecha en que vencieron sus respectivas acreditaciones, para que se desempenen en las Oficinas de Defensa Civil de las jurisdicciones que se detallan en el referido Anexo, que consta de cinco (5) folios y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AMPLIAR la jurisdiccion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, a las personas comprendidas en el Anexo Nº 02 para que se desempenen en las Oficinas de Defensa Civil de las jurisdicciones que se detallan en el mismo y a partir de la fecha de MORDAZA de la respectiva solicitud indicada en el referido Anexo, que consta de un (1) folio adjunto y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Los Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil a quienes se les renueva y/o amplia su autorizacion mediante la presente Resolucion, luego de ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedaran facultados para efectuar la Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de las jurisdicciones indicadas. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI a efectuar la inscripcion de los Inspectores mencionados en el articulo primero y MORDAZA de la presente Resolucion en el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil consignando los cambios efectuados en el ambito de su jurisdiccion e incluyendo la documentacion correspondiente en el Archivo documentario respectivo; asi como expedir las credenciales respectivas. Articulo Quinto.- La Direccion Nacional de Prevencion y la Oficina de Estadistica y Telematica publicaran y actualizaran en la pagina web del INDECI el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, consignando los cambios efectuados en la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Disponer que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, efectue su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Instituto, y remita MORDAZA autenticada por fedatario a la Direccion Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, Direcciones Regionales y Direcciones de Defensa Civil, y a la Oficina de Asesoria Juridica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil