Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2003 (19/09/2003)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 251605

Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, el sponsor es responsable de cumplir con las funciones previstas en el Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 8º.- El sponsor es el responsable de verificar que se ha cumplido con el requisito de distribucion publica establecido en el articulo 6º debiendo, para tal efecto, presentar una declaracion en este sentido a CONASEV y a la BVL. El emisor no podra culminar un acto de colocacion si no cuenta con la aprobacion del sponsor declarando haber verificado que la colocacion y consecuente emision de las acciones con derecho a MORDAZA inscritas en el Registro cumple con los requisitos de distribucion publica. Articulo 9º.- Ademas de la obligacion de MORDAZA de la documentacion e informacion prevista en los articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, el emisor debera presentar cuando menos trimestralmente, informes sobre el avance del programa de trabajo recomendado en el reporte geologico previsto en el Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima. Los reportes correspondientes a los tres primeros trimestres del ano deberan ser suscritos por uno de los directores a que se refiere el numeral 1, literal c) del articulo 5º del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA, ademas del representante legal de la empresa junior. El reporte correspondiente al ultimo trimestre del ano, debera adicionalmente ser suscrito por una persona calificada independiente. Articulo 10º.- El emisor debera presentar junto con sus estados financieros intermedios individuales y con la informacion financiera individual auditada anual un reporte sobre el uso y aplicacion de los fondos obtenidos en la oferta publica primaria. La sociedad auditora encargada de efectuar la auditoria de la informacion financiera individual anual debera efectuar la auditoria del reporte incorporado en dicha informacion. El formato de MORDAZA del reporte sobre el uso y aplicacion de los fondos obtenidos sera aprobado mediante Resolucion de la gerencia general de CONASEV. 17182

Que, el inciso i) del Articulo 8º, del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, Decreto Supremo Nº 0022003-EM, faculta al Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero a delegar las funciones de su competencia, disposicion concordante con el inciso 67.1 del Articulo 67º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que, en consecuencia resulta necesario encargar las funciones del Jefe Institucional del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 110, concordante con el Decreto Supremo Nº 015-2001-EM y Decreto Supremo Nº 0022003-EM; Con el visado del Director de la Oficina de Asesoria Juridica y del Director General de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar al Ing. MORDAZA MORDAZA ALBAVERA, las funciones del Jefe Institucional del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero- INACC, a partir del 15 al 19 de setiembre del 2003, con retencion de su cargo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 17229

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la "Festividad de la Virgen de la Candelaria"
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 655/INC MORDAZA, 2 de setiembre de 2003

INACC
Delegan funciones de Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 2649-2003-INACC/J MORDAZA, 12 de setiembre de 2003 VISTA: la carta de fecha 13 de agosto del 2003, por la que el Ing. MORDAZA MORDAZA Robillard, Viceministro de Energia y Minas invita al Ing. MORDAZA MORDAZA Barcellos MORDAZA, Jefe Institucional del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero -INACC, para que participe como Moderador en la Conferencia "LA REGIONALIZACION Y EL SECTOR MINERO", organizado por el Instituto de Ingenieros de Minas del Peru, en el MORDAZA de la XXVI Convencion de Mineria, a realizarse del 15 al 19 de setiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, por los motivos a que se contrae la invitacion MORDAZA senalada, el Ing. MORDAZA MORDAZA Barcellos MORDAZA, Jefe Institucional del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, se ausentara de la MORDAZA de MORDAZA del 15 al 19 de setiembre del 2003;

CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion" establece que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de proteger y declarar el patrimonio cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, y con la participacion activa de la comunidad, viene realizando una permanente identificacion de las manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 009-2003-INC/DRECPC, la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura del Peru Contemporaneo, expone que la "Festividad de la Virgen de la Candelaria" tiene trascendencia nacional por cuanto cada ano moviliza a pobladores del MORDAZA con destino a MORDAZA, como participantes no solamente de la fe MORDAZA sino sobre todo con las raices milenarias de la identidad nacional expresadas en los festivales de danzas, ceremonias y rituales que ayudan a la proteccion y vigorizacion de la cultura nacional; Que, con Informe Nº 470-2003-INC/OAJ, la Oficina de Asuntos Juridicos opina por la procedencia de la Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la "Festividad de la Virgen de la Candelaria" de MORDAZA, ya que dicha festividad es una expresion de las manifestaciones tradicionales del pais;