Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2002 (14/03/2002)


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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 4931

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de marzo de 2002

Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a las Instancias pertinentes para los fines de Ley.

RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 191-2002-INPE/P
MORDAZA, 8 de marzo de 2002 VISTO, el Informe Tecnico Legal Nº 001 remitido con el Oficio Nº 300-2002-INPE/17 de fecha 21 de febrero de 2002, de la Direccion Regional MORDAZA, que sustenta la necesidad de ampliar la exoneracion por situacion de urgencia para adquirir los viveres para los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdiccion; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional Penitenciario es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Justicia, encargado de dirigir y controlar tecnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional, asegurando una adecuada politica penitenciaria; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 1291-2001INPE/P de fecha 28 de diciembre de 2001, se declara en situacion de urgencia la adquisicion de alimentos para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional MORDAZA por el plazo de sesenta (60) dias calendario, autorizandoles a efectuar esta adquisicion mediante un MORDAZA de Menor Cuantia, para cubrir las necesidades de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdiccion durante el periodo mencionado, en tanto se desarrolle el MORDAZA de Licitacion Publica correspondiente al ano 2002; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Legal del Visto se sustenta la necesidad de ampliar la exoneracion para adquirir viveres, en tanto se otorgue la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 001-2002-INPE/17 "Suministro de Viveres para la Elaboracion de los Alimentos de los Internos de los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Lima", que se encuentra en MORDAZA y cuyos contratos se ha previsto suscribir a fines del mes de marzo; Que, la autorizacion indicada en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion finaliza el 28 de febrero de 2002, por lo cual la Direccion Regional MORDAZA, solicita que se amplie por treinta (30) dias calendario la declaracion de la situacion de urgencia autorizandoles a efectuar la adquisicion de los alimentos para los Establecimientos Penitenciarios mediante un MORDAZA de Menor Cuantia hasta por el valor referencial de S/. 630 184.00, con la finalidad de no interrumpir el normal abastecimiento de los alimentos; Que el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, contempla los supuestos de exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, estableciendo en el inciso c) que estan exoneradas las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia; Que el inciso a) del Articulo 20º de la citada MORDAZA, establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Articulo 19º se realizaran mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, y todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del referido articulo, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, considera como situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA que corresponda; Que, el numeral 2) del Articulo 108º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 modificado con el Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, precisa que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el desabastecimiento de viveres para la preparacion de los alimentos de los internos ocasionaria grave deterioro en la salud de la poblacion penal, ademas de generar reclamos y protestas que podrian alterar la seguridad de los Establecimientos Penitenciarios de la jurisdiccion de la Direccion Regional MORDAZA, comprometiendo directa e in-

minentemente la continuidad de los servicios esenciales que brinda la Institucion; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, su Reglamento y modificatorias disponen cuales son los procesos de adquisiciones, por lo que es necesario establecer el procedimiento de adquisicion mientras se realice el MORDAZA de Licitacion Publica, con la finalidad de asegurar el abastecimiento de alimentos a los internos de los Establecimientos Penitenciarios, debiendo realizarse este mediante un MORDAZA de Menor Cuantia como una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable, lo cual debe ser autorizado por el Titular del Pliego derivado de una declaratoria de urgencia, como una medida temporal ante un hecho de excepcion; Contando con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y sus modificatorias, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la declaracion de la SITUACION DE URGENCIA, que se indica en la Resolucion Presidencial Nº 1291-2001-INPE/P de fecha 28 de diciembre de 2001, para la adquisicion de viveres para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional MORDAZA por un plazo de treinta (30) dias calendario o hasta la suscripcion de los contratos relacionados a la Licitacion Publica Nº 001-2002-INPE/17. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Regional MORDAZA, a efectuar la adquisicion de alimentos mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial S/. 630 184,00 para cubrir las necesidades de los Establecimientos Penitenciarios de la jurisdiccion de la citada Direccion Regional durante el periodo autorizado en el articulo precedente. Articulo 3º.- La Direccion Regional MORDAZA y el Comite Especial designado para la conduccion del MORDAZA de seleccion de Menor Cuantia autorizado en el articulo precedente, bajo responsabilidad, segun corresponda, deberan desarrollar el mismo, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y sus modificatorias, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del MORDAZA y la adjudicacion al postor cuya propuesta sea evaluada como la mejor y obtenga el mejor costo total en base a sus propuestas tecnica y economica presentadas. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes tecnicos y legal que la sustentan, dentro del plazo de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a las Instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 4932

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Declaran inadmisible apelacion interpuesta por persona natural contra observacion formulada a solicitud de inscripcion de cambio de nombre de propietario
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 053-2002-ORLC/TR
MORDAZA, 28 de enero de 2002 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto el 13 de noviembre de 2001 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la observacion formulada por el Registrador Publico del Registro de Propiedad Inmueble de Huaral, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la solicitud de inscripcion de CAM-