Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2002 (14/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 14 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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de los docentes con obligaciones formales que limiten posibilidades a la innovacion pedagogica
§ En lo administrativo

14. Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de la comunidad escolar, y designar a los docentes para actividades internas y de representacion en actividades externas. 15. Supervisar y evaluar las actividades pedagogicas y administrativas en coordinacion con el personal directivo y jerarquico del centro educativo. 16. Evaluar, incentivar y reconocer esfuerzo y merito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluacion negativa, adoptar medidas correctivas segun lo dispuesto por las normas vigentes. 17. Organizar el MORDAZA de matricula, autorizar traslados de matricula y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nominas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidacion y de ubicacion, hasta el mes de octubre del ano lectivo. 18. Presentar al organo intermedio el personal contratado y nombrado a nivel docente y administrativo que reuna los requisitos legales, de acuerdo a la propuesta de seleccion y de evaluacion efectuadas por la Comision Especial de Evaluacion de cada nivel o modalidad educativa, en atencion a las necesidades educativas y a las plazas que correspondan al centro educativo publico de referencia. 19. En el centro educativo publico, presentar al organo intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionando y designando, previa propuesta de la respectiva Comision de Evaluacion, al docente reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al organo intermedio del Ministerio de Educacion para las acciones correspondientes. La resolucion se emite dentro del plazo de diez dias utiles. Asimismo, proponer al organo intermedio licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber. 20. Conformar el Comite de Gestion de recursos financieros, el cual debera informar de manera publica y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes del centro educativo.
§ En los recursos y servicios del centro educativo

a) El director del plantel, que lo presidira b) El subdirector de nivel como Secretario c) Un docente de cada nivel y modalidad, elegido en asamblea, con reconocida solvencia etica, profesional y academica. d) Un padre o MORDAZA de familia elegido(a) en asamblea con acreditacion de buena gestion y mayor grado de educacion. En la Educacion Ocupacional y de Adultos sera un representante de los participantes elegido en asamblea. Los que intervienen segun el caso que se evalue. 27. Prevenir y mediar en situacion de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar. 28. Promover en coordinacion con los gobiernos locales programas de cultura y deporte tanto informativos, de capacitacion y de practica directa. 29. Promover actividades de promocion educativa comunal y actividades de apoyo a la alfabetizacion de adultos que favorezcan una Escuela abierta y MORDAZA con la poblacion de su entorno.
§ En relacion a ninos y adolescentes con necesidades especiales, en centros educativos publicos.

30. Disponer de oficio la matricula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones. 31. Comprometer a la comunidad educativa a intervenir a favor de la situacion de ninos, ninas y adolescentes trabajadores y con necesidades especiales, tomando medidas que garanticen su integracion al centro educativo publico o privado.
§ Otras funciones inherentes al cargo.

3.4 Consejo Escolar consultivo En la perspectiva de democratizar la gestion del sistema educativo, la gestion escolar descentralizada requiere de una efectiva participacion de los diversos actores que construyen comunidad educativa, en los procesos de discusion, puesta en marcha y vigilancia social de las decisiones y acciones educativas. En este MORDAZA, el Ministerio de Educacion dispone la creacion y conformacion obligatoria en los Centros Educativos y Redes de caracter publico, y en los centros privados que lo deseen, de los Consejos Escolares con el caracter de organo consultivo, de apoyo y vigilancia en la gestion y autonomia escolar. 3.4.1 Funciones del Consejo Escolar Consultivo: a) Participar de la marcha del centro educativo, emitiendo opinion sobre todos los asuntos que le MORDAZA consultados y promoviendo la practica de la autoevaluacion de la gestion. b) Contribuir a la democratizacion de la gestion educativa, promoviendo mecanismos y experimentando modelos de participacion efectiva de todos los actores educativos y de la sociedad civil. c) Participar en el MORDAZA de planificacion, ejecucion y evaluacion del proyecto educativo del centro. d) Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de las ninas, ninos y adolescentes, que forman parte del centro escolar. e) Promover la pertinencia de los procesos pedagogicos que se practican en el centro educativo con relacion a la realidad de la comunidad educativa.. f) Impulsar la apertura del centro educativo estableciendo vinculos con las organizaciones e instituciones de la localidad, potenciando la utilizacion de los recursos existentes. g) Fomentar la articulacion del trabajo educativo con las necesidades y potencialidades de la comunidad local a la que pertenece el centro educativo. h) Contribuir al buen clima institucional, participando en la elaboracion de las normas de convivencia (reglamento interno) y velando por su cumplimiento. i) Tomar conocimiento del presupuesto anual del centro educativo y de la Asociacion de padres y madres de Familia, emitiendo opinion sobre el manejo de los recursos, incluyendo los ingresos propios generados por el centro educativo o la Asociacion. j) Prestar apoyo a la direccion del centro en la resolucion de conflictos que se susciten al interior del centro educativo. k) Coordinar con la Comision Especial de Evaluacion del personal docente y administrativo y opinar sobre la gestion del director del centro educativo y del organo intermedio.

21. Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por el centro educativo, recogiendo periodicamente la opinion del Consejo Escolar y manteniendo informada a la comunidad educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales y asegurando una atencion equitativa a las necesidades de los diversos niveles y modalidades existentes en el centro educativo. Debe tenerse en cuenta que los centros educativos estan eximidos del pago de obligaciones por servicios de agua y energia electrica de acuerdo a la Ley Nº 27627 del 28 de diciembre de 2001. 22. Formular el presupuesto del centro educativo publico y velar la correcta administracion de todos los recursos, incluyendo los recursos propios. 23. Presidir el Comite de Gestion de recursos financieros que tendra entre sus funciones adjudicar la administracion de kioskos y cafeterias del centro educativo publico de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes, con conocimiento del Consejo escolar, asi como autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos del centros educativo, de acuerdo con las normas oficiales, asegurando la conservacion del medio ambiente, de las instalaciones y equipos, y un MORDAZA de utilizacion que no distorsione los fines educativos del centro, con prohibicion de actividades que puedan implicar consumo de bebidas alcoholicas. 24. Coordinar con la Asociacion de Padres y Madres de Familia el uso de los fondos que MORDAZA recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual, y la priorizacion de sus gastos para los requerimientos pedagogicos y de participacion cultural y deportiva.
§ En las relaciones con la Comunidad Educativa

25. Propiciar la conformacion del Consejo Escolar del centro educativo, y presidirlo, como instancia de opinion y consulta y de apoyo a la gestion, dando aportes a las Comisiones de democratizacion y Moralizacion y a los Consejos regional y provincial de educacion. 26. Conformar el Comite Especial de evaluacion del personal nombrado y contratado, para cada nivel y modalidad, integrado por: