Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2000 (25/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 25 de agosto de 2000
ACORDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 192035

Articulo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 052MDMM de 21 de junio de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio de 2000 y su modificatoria, Ordenanza Nº 054-MDMM de 19 de MORDAZA de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de MORDAZA de 2000, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- y los derechos contenidos en el mismo para el Ejercicio 2000. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 9710

Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular
ACUERDO DE CONCEJO Nº 162 MORDAZA, 17 de agosto de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio Nº 273-2000-A-MDMM para la ratificacion de la Ordenanza Nº 050-MDMM, que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular en su jurisdiccion para el Ejercicio 2000; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 0002082000-SAT/04 y Oficio Nº 000281-00-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 0075-2000-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Ordenanza Nº 211; ACORDO: Articulo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 050MDMM, de 19 de junio de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de junio de 2000, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular en su jurisdiccion para el Ejercicio 2000. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 9709

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, y el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, la Municipalidad, como organo de gobierno local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 037-MDB modificada por Ordenanza Nº 039-MDB se concedio Amnistia Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de Barranco, respecto a todas las obligaciones tributarias, asi como las multas de caracter administrativo; Que, en nuestra jurisdiccion existen contribuyentes que a pesar de su manifiesta voluntad de cumplimiento de sus obligaciones tributarias, debido sus escasos ingresos se ven imposibilitados de pago al contado de sus deudas tributarias; Que, es politica del Concejo Distrital de Barranco otorgar a los contribuyentes las maximas facilidades para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y/o sustanciales vencidas; Que, estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, ha dado la siguiente: ORDENANZA DE AMPLIACION DE BENEFICIO Articulo Primero.- Sustituyase el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 037-MDB por el texto siguiente: "Articulo Primero.- Concedase la condonacion de los intereses moratorios generados como consecuencia del no pago de los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Barranco; dicho beneficio incluye la deuda generada y no pagada hasta el 31 de MORDAZA del presente." Articulo Segundo.- Sustituyase el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 037-MDB por el texto siguiente: "Articulo Segundo.- Las multas tributarias generadas hasta el 31 de agosto del 2000 seran condonadas en un 80% de la multa insoluta asi como los intereses moratorios, siempre que los contribuyentes cumplan con subsanar las omisiones. Los pensionistas que demuestren su condicion de tal estaran exonerados del total de la multa Tributaria generadas como consecuencia de la no MORDAZA de la Declaracion Jurada." Articulo Tercero.- Sustituyase el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 037-MDB por el texto siguiente: "Articulo Tercero.- Las Multas Administrativas impuestas hasta el 31 de agosto de 2000, cualquiera sea su estado de cobranza, seran rebajadas en un 80% para tal efecto los contribuyentes deberan haber subsanado las omisiones por las cuales se sanciono." Articulo Cuarto.- Sustituyase y adicionese en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 037-MDB por el texto siguiente: "Articulo Cuarto.- El importe que resulte como consecuencia de la condonacion de intereses y rebaja de las multas podran ser materia de fraccionamiento, siempre que el contribuyente cumpla con cancelar la cuota inicial el cual no podra ser inferior al 15% de a deuda acogida al presente beneficio. El saldo de la deuda podra ser fraccionada hasta en un plazo MORDAZA de diez y ocho (18) cuotas mensuales iguales; el monto minimo de la cuota inicial asi como las cuotas de fraccionamiento no podran ser menores a setenta y cinco nuevos soles (S/. 75.00). Los pensionistas y las personas naturales que MORDAZA contribuyentes residentes en el distrito, cuyos ingresos mensuales MORDAZA iguales o inferiores a quinientos nuevos soles (S/. 500.00) podran fraccionar siempre que el contribuyente cumpla con cancelar la cuota inicial el cual no podra ser inferior al 10%. El saldo podra ser fraccionado hasta en veinte y cuatro 24 cuotas iguales, el monto minimo de la cuota inicial asi como las cuotas de fraccionamiento no podran ser menores a cincuenta nuevos soles (S/. 50.00)." Articulo Quinto.- Deroguense o dejense sin efecto, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y la Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 9744

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Modifican ordenanza sobre amnistia otorgada a favor de contribuyentes respecto a diversas obligaciones tributarias y multas de caracter administrativo
ORDENANZA Nº 040-MDB Barranco, 22 de agosto del 2000 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco por unanimidad, en Sesion Ordinaria de la fecha, y con el MORDAZA unanime de sus miembros;