Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2000 (25/08/2000)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 192018

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de agosto de 2000

Que, el concejo distrital de MORDAZA, en sesion ordinaria de fecha 17 de MORDAZA del 2000, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, cinco votos a favor de un total de seis integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA de MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA, achacandole el estar incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, conforme aparece de la MORDAZA autenticada del acta que corre de fojas 289 a 293; Que, de la documentacion que obra en autos se establece que, los regidores del concejo no cumplieron con solicitar al MORDAZA MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA que proceda a convocar a sesiones extraordinarias y que no han seguido el procedimiento establecido por el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Tampoco se acredita con prueba idonea que el citado MORDAZA se MORDAZA encontrado ausente de la circunscripcion del referido distrito; por otro lado, no se ha acreditado que se MORDAZA cumplido con notificar, al MORDAZA en mencion, las citaciones a cada una de las sesiones que se habria convocado, utilizando cualquier medio permitido por el Codigo Procesal Civil, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 43º de la acotada ley organica; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de sesion del 17 de MORDAZA del 2000 del concejo distrital de MORDAZA, provincia de La Union, departamento de MORDAZA, que declara la vacancia de su cargo de MORDAZA en el citado concejo; en consecuencia, nulo y sin efecto el mencionado acuerdo de concejo, por no ser conforme a ley. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA continua desempenando el cargo de MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA, elegido para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 9733

Que mediante Resolucion Nº 863-2000-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones proclamo como Congresista de la Republica para el periodo parlamentario 2000 - 2005, al senor MORDAZA MORDAZA Ormeno MORDAZA, al haber sido elegido como tal en las elecciones generales realizadas el 9 de MORDAZA del 2000; y, que con fecha 24 de MORDAZA del 2000, el mencionado ciudadano juramento el cargo de Congresista de la Republica, asumiendo la funcion de congresista con dicho acto; y, estando a que con fecha 27 de MORDAZA del presente ano, la Mesa Directiva del Congreso de la Republica ha instalado la primera legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2000 - 2001, procede la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Ormeno Malone; Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º, inciso 2), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con lo previsto por el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, debe convocarse al suplente de la lista del regidor vacado, para que asuma el cargo vacante de regidor y complete el numero legal de miembros del concejo distrital de La Victoria; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de su atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar al senor MORDAZA Dioscorides A. MORDAZA Altez, candidato no proclamado de la lista presentada por el Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo municipal de regidor en el concejo distrital de La MORDAZA, provincia de MORDAZA, y complete el numero legal de miembros de dicho concejo durante el periodo municipal 1999 - 2002, otorgandose la respectiva credencial al regidor convocado. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 9734

Designan candidata no proclamada para que asuma provisionalmente el Convocan a candidato no proclamado cargo de regidora del Concejo Distrital para que asuma el cargo de regidor del de Paras, provincia de Cangallo Concejo Distrital de La MORDAZA, proRESOLUCION Nº 1209-2000-JNE vincia de MORDAZA MORDAZA, 24 de agosto de 2000
RESOLUCION Nº 1208-2000-JNE MORDAZA, 24 de agosto de 2000 VISTA: La solicitud de nombramiento de regidor en el concejo distrital de La MORDAZA, provincia de MORDAZA, recibida el 16 de agosto del 2000, presentada por el senor MORDAZA Dioscorides A. MORDAZA Altez, candidato no proclamado de la lista presentada por el Movimiento Independiente Vamos Vecino para el concejo distrital mencionado en las elecciones municipales del ano 1998, ante la declaratoria de vacancia producida del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Ormeno MORDAZA en el referido concejo, al haber sido elegido y proclamado como Congresista de la Republica; CONSIDERANDO: Que del acta de la sesion extraordinaria del 31 de MORDAZA del 2000, el concejo distrital de La MORDAZA, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Ormeno MORDAZA, al haber sido elegido y proclamado como Congresista de la Republica, tal como aparece del Acuerdo Nº 022-00-MDLV, corriente a fojas 3; Que el mandato de congresista es incompatible con el ejercicio de cualquier otra funcion publica, excepto la de Ministro de Estado y el desempeno de comisiones extraordinarias de caracter internacional, tal como esta establecido en el Articulo 92º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con lo dispuesto por la Ley Nº 26534, que establece que los congresistas a partir de la instalacion del Congreso cesan automaticamente en el ejercicio de cualquier funcion publica; El informe recibido el 26 de MORDAZA del 2000, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Paras, provincia de Cangallo, departamento de MORDAZA, comunicando que el regidor de dicho concejo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra con mandato de detencion, el mismo que ha sido confirmado, razon por la cual el citado regidor ha sido suspendido en el ejercicio de sus funciones; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491, se suspende automaticamente los cargos de MORDAZA y regidor, entre otras causales, por tener MORDAZA penal abierto con mandato de detencion que ha quedado firme en primera o MORDAZA instancia; Que, de autos aparece que, el concejo distrital de Paras, en sesion extraordinaria de fecha 20 de enero del 2000, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, cuatro votos a favor de un total de seis integrantes, acordo declarar la suspension del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en la causal de suspension establecida en el numeral 3) del Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491, conforme aparece de la MORDAZA certificada del acta que corre a fojas 19; asimismo, por resolucion de municipal Nº 03-2000-MDP/A de fecha 21 de enero del 2000, se ratifico la declaratoria de la suspension mencionada, tal como aparece a fojas 20; en otro extremo, en caso que el MORDAZA o regidor se encuentre incurso en una causal de suspension prevista en la ley, la suspension en el desempeno del cargo opera de manera automatica, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491;