Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2000 (25/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de agosto de 2000

INDECOPI
Aceptan renuncia de miembro de Comision Ad Hoc que opera en la Oficina Descentralizada del INDECOPI de la Camara de Comercio de MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 056-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 9 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que por Decreto de Urgencia Nº 064-99 se han establecido normas transitorias de excepcion destinadas a crear las condiciones necesarias para el desarrollo de programas de saneamiento y fortalecimiento patrimonial en las empresas a traves de un procedimiento denominado Procedimiento Transitorio; Que el Articulo 4º del referido Decreto establece que el Directorio del Indecopi debe nombrar las Comisiones Ad Hoc que se encargaran exclusivamente de atender los incidentes vinculados al Procedimiento Transitorio; Que en ese contexto, el Indecopi suscribio un Convenio de Delegacion de Funciones con la Camara de Comercio de MORDAZA, a traves del cual se le delegaron funciones relativas a las Comisiones Ad Hoc; Que por Resolucion Nº 104-1999-INDECOPI/DIR, de fecha 21 de diciembre de 1999, se designo al senor MORDAZA Uccelli MORDAZA como miembro de la Comision Ad Hoc que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Camara de Comercio de Lima; Que el senor MORDAZA Uccelli MORDAZA ha formulado renuncia al referido cargo; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesion de fecha 8 de agosto del 2000; y, De conformidad con el inciso e) del Articulo 5 º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir del 15 de agosto del 2000, la renuncia presentada por el senor MORDAZA Uccelli MORDAZA al cargo de miembro de la Comision Ad Hoc que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Camara de Comercio de MORDAZA, agradeciendole los valiosos servicios prestados a la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 9759

prominente pensador del Peru contemporaneo y hoy Congresista de la Republica; Que el senor MORDAZA Macera Dall'Orso ha contribuido con su vision historica y valiosos aportes en beneficio de la institucion; Que con fecha 22 de agosto del 2000 el senor MORDAZA Macera Dall'Orso ha formulado renuncia al referido cargo; Que de conformidad con lo establecido en el Articulo 8º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 807, el Directorio del Instituto, en su Sesion de fecha 22 de agosto del 2000, ha acordado aceptar la referida renuncia; y De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir del 23 de agosto del 2000, la renuncia presentada por el senor MORDAZA Macera Dall' Orso al cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi, cargo en el que se ha desempenado con integridad, vision, vocacion de servicio y compromiso, agradeciendole los valiosos servicios prestados a la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 9760 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 071-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 24 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, modificado por el Articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 807, creo el Consejo Consultivo del Indecopi; Que el citado articulo establece que el Consejo Consultivo del Indecopi esta integrado por profesionales y especialistas de reconocida capacidad y experiencia y que en su designacion debe buscarse que sus integrantes representen distintos sectores de la actividad publica y privada que guardan relacion con el rol y funciones de Indecopi y que reflejen pluralidad de perspectivas; Que el Articulo 8º del mencionado Decreto Ley establece que la designacion de los integrantes del referido Consejo Consultivo corresponde al Directorio del Indecopi; Que el cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi es un cargo de confianza; Que mediante Resolucion Nº 024-96-INDECOPI/DIR, de fecha 5 de MORDAZA de 1996, se designo al doctor MORDAZA de Trazegnies Granda como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi; Que el senor MORDAZA de Trazegnies Granda es un destacado jurista, Abogado de Abogados e intelectual del Derecho y hoy Ministro de Relaciones Exteriores del Peru; Que el senor MORDAZA de Trazegnies Granda ha contribuido con sus valiosos aportes en beneficio de la institucion; Que con fecha 22 de agosto del 2000 el senor MORDAZA de Trazegnies Granda ha formulado renuncia al referido cargo; Que de conformidad con lo establecido en el Articulo 8º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 807, el Directorio del Instituto, en su Sesion de fecha 22 de agosto del 2000, ha acordado aceptar la referida renuncia; y De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir del 23 de agosto del 2000, la renuncia presentada por el senor MORDAZA de Trazegnies Granda al cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi, cargo en el que se ha desempenado con integridad, vision, vocacion de servicio y compromiso, agradeciendole los valiosos servicios prestados a la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 9761 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 072-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 24 de agosto del 2000

Aceptan renuncia de miembros del Consejo Consultivo del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 070-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 24 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, modificado por el Articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 807, creo el Consejo Consultivo del Indecopi; Que el citado articulo establece que el Consejo Consultivo del Indecopi esta integrado por profesionales y especialistas de reconocida capacidad y experiencia y que en su designacion debe buscarse que sus integrantes representen distintos sectores de la actividad publica y privada que guardan relacion con el rol y funciones de Indecopi y que reflejen pluralidad de perspectivas; Que el Articulo 8º del mencionado Decreto Ley establece que la designacion de los integrantes del referido Consejo Consultivo corresponde al Directorio del Indecopi; Que el cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi es un cargo de confianza; Que mediante Resolucion Nº 024-96-INDECOPI/DIR, de fecha 5 de MORDAZA de 1996, se designo al senor MORDAZA Macera Dall'Orso como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi; Que el senor MORDAZA Macera Dall'Orso es un historiador de reconocido prestigio, conocedor de la sociedad y cultura peruana,