Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2020 (13/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Domingo 13 de setiembre de 2020
COD.

NORMAS LEGALES
TIPO DE INF. MULTA UIT I II

49
OTRAS SANCIONES Y MEDIDAS

INFRACCION TIPIFICADA Exhibir anuncios y/o elementos de publicidad exterior sucios o deteriorados o sin adecuado mantenimiento

05.0105

a) Anuncios o elementos de publicidad exterior simples b) Anuncios o elementos de publicidad exterior luminosos - iluminados, con o sin instalación eléctrica de hasta 4m2 c) Anuncios o elementos de publicidad exterior monumentales o de más de 4 m2 Ocupar áreas de uso público con fines privados y/o publicitarios sin autorización municipal (por unidad) Colocar anuncios de dos caras sin autorización municipal Colocar anuncios en zonas rígidas Colocar anuncios portátiles, o afiches promocionales de espectáculos sin autorización municipal Multa a los promotores de espectáculos y/o al conductor del local donde se presenta el espectáculo. Efectuar el cambio de leyenda de anuncio publicitario sin autorización municipal Continuar exhibiendo el anuncio y/o elemento fijo de publicidad exterior habiendo solicitado el cese No exhibir la autorización del anuncio al momento del control municipal Oponerse a la extracción o retiro del anuncio y/o elemento fijo de publicidad Instalar banderolas anti reglamentarias (por cada banderola) Instalar banderolas reglamentarias sin autorización municipal (por cada banderola) Colocar afiches en viviendas o locales comerciales, industriales o de servicios sin autorización Pegar carteles o realizar pintas, graffitis y similares en los paraderos públicos, en paredes públicas y privadas, fachadas, postes, señales de circulación vial, árboles, iglesias, monumentos y otros locales públicos. Distribuir o arrojar volantes en áreas de uso público sin autorización municipal Efectuar publicidad en forma directa o indirecta de bebidas alcohólicas en los Centros Educativos de cualquier nivel o naturaleza, así como en los alrededores de ellos, en un radio de 500 metros Instalar anuncios de productos de tabaco sin consignar las frases de advertencia previstas en la Ley Nº 28705 o ubicadas en un espacio menor al quince por ciento (15%) del espacio publicitario o no variarse con la periodicidad de seis (6) meses Instalar anuncios de productos de tabaco que patrocinen eventos o actividades para menores de edad o que cuenten en el mismo a menores de edad o que se dirijan a menores de edad o que sugieran que la mayoría de personas son fumadores Instalar cualquier tipo de publicidad exterior directa o indirecta relativa a productos de tabaco en establecimientos dedicados a la salud o a la educación sean públicos o privados y en las dependencias públicas, en los alrededores en un radio de 500 metros de centros educativos de cualquier nivel o naturaleza, en actividades deportivas de cualquier tipo y en exhibiciones, espectáculos y similares en los que esté permitido el ingreso de menores de 18 años Propaganda Política Efectuar cualquier tipo de publicidad electoral exterior, sin contar con la debida autorización de los Partidos Políticos, Agrupaciones Independientes, Alianzas o Listas Independientes, debidamente inscritos y reconocidos ante el Jurado Nacional de Elecciones Fijar, pegar o pintar propaganda política en las áreas no permitidas de las vías públicas y en soportes de la vía del Tren Eléctrico Fijar, pegar o pintar propaganda política en monumentos y mobiliario urbano de vías y parques públicos, excepto paraderos Fijar, pegar o pintar propaganda política sobre publicidad autorizada con fines comerciales Efectuar propaganda política por altoparlantes fuera del horario y por encima de decibeles permitidos Efectuar propaganda política en espacios no permitidos de los locales de la Municipalidad de Punta Negra, así como en los parques de la jurisdicción y en los inmuebles considerados como patrimonio monumental Efectuar propaganda política en centros educativos e iglesias Efectuar propaganda política electoral en predios privados sin autorización del propietario o sin el registro del mismo en la Comisaría de Punta Negra Instalar propaganda política que pueda causar descargas eléctricas Instalar propaganda política que afecte las condiciones estructurales de edificaciones o que puedan comprometer la seguridad de terceros Colgar, apoyar o sostener de alguna manera propaganda política en elementos vivos

L L G G

0.05 0.05 0.50 0.50

0.06 0.06 0.80 0.60

Ejecución Ejecución Ejecución Retiro

05.0106 05.0107 05.0108 05.0109 05.0110 05.0111 05.0112 05.0113 05.0114 05.0115 05.0116 05.0117 05.0118 05.0119

G G G MG L MG

0.50 0.20 0.30 1.00 0.05 1.00

0.80 0.30 0.40 1.50 0.06 1.50

Retiro Retiro Retiro Restitución / Denuncia penal

Retiro

05.0120

MG

1.00

1.50

Retiro

05.0121

MG

1.00

1.50

Retiro

05.0122

MG

1.00

1.50

Retiro

200

05.0201

G

0.50

Retiro

05.0202

G

0.50

Retiro

05.0203 05.0204 05.0205

G L L

0.50 0.05 0.05

Retiro Retiro Retiro

05.0206 05.0207 05.0208 05.0209 05.0210 05.0211

G G G G G G

0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50

Retiro Retiro Retiro Retiro Retiro Retiro