Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2020 (22/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 22 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo 5.- Vigencia La presente ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1857487-1

Que, mediante Ordenanza Nº 470-MPL publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de julio del 2016, se aprobó el Plan de Desarrollo Concertado de Pueblo Libre 20172021, el cual constituye el instrumento orientador a partir del cual deben fijarse las prioridades de los respectivos Presupuestos Participativos y soluciones a los principales problemas, de forma tal que se pueda cumplir y alcanzar con los Objetivos y la Visión del Desarrollo contemplados en el "Plan de Desarrollo Concertado de Pueblo Libre 2017-2021". ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42 Y EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA:

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Convocan a vecinos para dar inicio al proceso de Formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2021, designan Equipo Técnico Municipal responsable y aprueban Cronograma General
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2020-MPL Pueblo Libre, 18 de febrero del 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO: El Informe Nº 018-2020-MPL-GPP de fecha 14 febrero del 2020 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y el Decreto Supremo Nº 1422009-EF, Reglamento del Presupuesto Participativo, se regula el Proceso de Presupuesto Participativo, el cual es un proceso que fortalece las relaciones EstadoSociedad mediante el cual se definen prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementarse en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EFEF/6.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, el mismo que está orientado a resultados con la finalidad que las intervenciones estén claramente articuladas a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando ineficiencias en la asignación de recursos públicos; Que, mediante Ordenanza Nº 357-MPL publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de marzo del 2011, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre, estableciéndose que anualmente la programación del respectivo Proceso de Presupuesto Participativo se desarrollará según la Convocatoria y Cronograma que mediante Decreto de Alcaldía efectuará el Alcalde;

Artículo Primero.- CONVOCAR a los vecinos del distrito de Pueblo Libre, a través de sus organizaciones, para dar inicio al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2021. Artículo Segundo.- DESIGNAR el Equipo Técnico Municipal responsable del Proceso de Formulación del "Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Año Fiscal 2021" del distrito de Pueblo Libre, el mismo que estará conformado por: 1. Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. 2. Gerente de Desarrollo Urbano y del Ambiente. 3. Gerente de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA. 4. Gerente de Coordinación de la Seguridad Ciudadana. 5. Gerente de Cultura, Turismo y Educación. 6. Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional. 7. Subgerente de Participación Vecinal. 8. Representante de la sociedad civil, propuesto por el Concejo de Coordinación Local Distrital de la Sociedad Civil (CCLD). Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma General de las acciones del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Distrito de Pueblo Libre para el Año Fiscal 2021.
Nº 1 ACTIVIDADES Convocatoria e Inscripción de Agentes Participantes Taller de Capacitación y Evento Distrital de Rendición de Cuentas Taller de Identificación de Problemas e Identificación de Iniciativa y Priorización de Proyectos Evaluación Técnica Evento Distrital de Formalización de Acuerdos FECHA Del 24 de febrero al 23 de marzo del 2020 Lunes 23 de marzo del 2020 3:00 pm Lunes 06 de abril del 2020 3:00 pm Del 06 abril al 24 abril del 2020 Viernes 24 de abril del 2020 3:00 pm LUGAR Subgerencia de Participación Vecinal Salón San Martín -Palacio Municipal Salón San Martín Palacio Municipal Municipalidad de Pueblo Libre Salón San Martín Palacio Municipal

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Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA, Gerencia de Cultura, Turismo y Educación y a la Subgerencia de Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del Cronograma aprobado, a la Secretaria General y Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional www.muniplibre.gob.pe, respectivamente. Regístrese, publíquese y cúmplase. STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1858300-1