Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2020 (18/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Martes 18 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

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establece que los arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público, asimismo la Cuarta Norma, indica que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasa o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Memorando Nº 86-2020-MPCGAT, de fecha 24 de enero del 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria, remite el presente proyecto de Ordenanza Municipal que modifica el artículo 5° y el artículo 12, numeral 12.5° por el vencimiento de pago de los arbitrios municipales 2020 y por beneficio del pronto pago o pago adelantado para el ejercicio 2020, para el Cercado del Callao, Que mediante Memorando Nº 298-2020-MPCGGATR de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas de fecha 24 de enero del 2020, solicita opinión legal para la modificación del artículo 5° y el artículo 12°, Numeral 12.5° por el cual la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación ha emitido el Memorando Nº 357-2020-MPC-GGAJC de fecha 24 de enero del 2020, declarando procedente la conformidad a la propuesta de Ordenanza Municipal para la modificación de Vencimiento del Pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y el Pago de los Arbitrios Municipales 2020 y la ampliación del Beneficio del Pronto Pago o pago adelantado, para Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2020 considerando la aprobación establecida en la Ordenanza Municipal 0272019-MPC; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente ha dado lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO VEHICULAR Y EL DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020, Y LA AMPLIACION DEL BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2020 ESTABLECIDAS MEDIANTE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2019-MPC Articulo 1.- DEL VECIMIENTO AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y VEHICULAR Procédase a ampliar la fecha del vencimiento de pago del Impuesto Predial y vehicular para el ejercicio fiscal del año 2020, hasta el 31 de marzo del 2020 en el Distrito del Cercado del Callao, sea la cancelación de la misma o el pago de forma fraccionada. Artículo 2. PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO DE PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 (modificación del artículo 5° de la ordenanza Municipal 027-2019-MPC del 27.12.2019) Los arbitrios Municipales son tributos de periodicidad mensual, el vencimiento del pago de los arbitrios municipales para el tramo de enero, febrero y marzo en el cual se considerará el último día hábil del mes de marzo como fecha de vencimiento como muestra el presente cronograma: Enero Febrero 31.03.2020 31.03.2020

Primero.- Vigencia: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación . Segundo.- Encargar la ejecución de la presente Ordenanza a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Recaudación. Encargar la publicación en el Diario Oficial El Peruano a la Secretaría General. La Publicación en la página WEB Institucional a la Gerencia de Informática y de la misma manera el apoyo para la programación y emisión de las cuponeras 2020, encargar la difusión de la misma a la Gerencia General de Relaciones Públicas. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1856199-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
Admiten a trámite el Procedimiento de Saneamiento Técnico, Físico y Legal para la Inscripción ante la SUNARP, a favor de la Municipalidad, del predio de la Asociación Junta Administradora del Complejo Deportivo del Barrio de Los Olivos
ACUERDO DE CONCEJO N° 052-2019-MDI Independencia, 14 de agosto de 2019 VISTO, el Expediente Administrativo N° 097102019: Petición de Visación de Planos, efectuada por el Presidente de la Asociación Junta Administradora del Complejo Deportivo del Barrio Los Olivos, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Carta Magna establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con Expediente Administrativo N° 097102019, de fecha 27MAY.2019, el señor Héctor Cirilo Gonzáles Rodríguez - Presidente de la Asociación Junta Administradora del Complejo Deportivo del Barrio Los Olivos, solicita la Visación de Planos por Prescripción Adquisitiva de Dominio y/o Título Supletorio para Inscripción ante la SUNARP del predio ubicado en la Av. Los Olivos, Pasaje Ututo y Pasaje Conococha S/N, Barrio Los Olivos, Distrito de Independencia; Que, el Texto Único de Procedimiento Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Independencia, aprobado por Ordenanza Municipal N° 11-2017-MDI, ratificada por Ordenanza Municipal N° 003-2018-MPHZ, en su Numeral 76, prevé el procedimiento y establece los requisitos para la Visación de Planos para Prescripción Adquisitiva de Dominio y/o Título Supletorio; Que, con Informe Técnico N° 1043-2019-MDIGDUyR-SGHÜyC-V/PPG, de fecha 29 de Mayo de

Artículo 3. BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO (Modificación del artículo 12° numeral 12.5° de la ordenanza Municipal 027-2019-MPC del 27.12.2019) Los contribuyentes, que opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del presente ejercicio fiscal, tendrá un descuento único del 10% por el monto insoluto de la deuda de los arbitrios municipales (RRS, BC, PJ, SC) generados para el año 2020, el presente beneficio tendrá una vigencia hasta el 31 de marzo 2020.