Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2019 (07/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 27
El Peruano / Lunes 7 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
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mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y demás normas vigentes en materia de simplificación administrativa. Artículo Séptimo.- DISPONER que la presente Ordenanza, así como el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifica, se publique en el Diario Oficial El Peruano. La presente Ordenanza y su Anexo que forma parte integrante de la misma se publicará en el portal institucional del Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la presente Ordenanza y su Anexo se difundirán en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos (www.munilosolivos.gob.pe). Además, de conformidad con lo establecido en el Artículo 19 de la Ordenanza Nº 2085-MML, la información relacionada al procedimiento de ratificación de la presente ordenanza será publicadas en el portal institucional del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.sat.gob.pe). Artículo Octavo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 498-CDLO y toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifica y de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; así como de la publicación del Anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza en el portal institucional del Diario Oficial El Peruano. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 1814349-1
Aprueban procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad relacionados a Secretaria General, Administración Tributaria, Desarrollo Económico, Catastro, Transporte, Participación Vecinal, entre otros de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 508-CDLO Los Olivos, 11 de julio de 2019 VISTO: Los Informes Nº 089, 090, 093 y 094-2019-MDLO-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 310-2019/2019/MDLO/ GATyR, Informe Nº 218-2019-SGLCAITSE-GDE-MDLO, Informe Nº 306-2019-MDLO/GGDU-SGOPCPU, Informe Nº 128-2019-MDLO/GSCyGRD-SGT, Informe Nº 1722019/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 191-2019-MDLO-GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 502-2019-MDLO-SG de Secretaria General, Dictamen Nº 011-2019/MDLO/CAJ de la Comisión de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas son las
normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019-JUS, establece en su Artículo 40 que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, y que dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, aprobados por cada entidad. Por su parte, el Artículo 53, señala que procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; Que, con Ordenanza Nº 454-CDLO publicado en el diario oficial el 30 de abril del 2017 se aprobaron los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, siendo la misma ratificada en parte mediante Acuerdo de Concejo Nº 0812017-MML; Que, a través de la Ordenanza Nº 499-CDLO aprobado el 15 de abril del 2019 se aprobaron los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, los requisitos y costos administrativos relacionados a Secretaria General, Administración Tributaria, Desarrollo Económico, Catastro, Transporte, Participación Vecinal; Que, mediante Oficio Nº 264-090-00000678, ingresado el 30 de mayo del 2019 como Documento Simple S-14256-19 el Servicio de Administración Tributaria de Lima devuelve la solicitud de ratificación de, entre otros, la Ordenanza Nº 499-CDLO, a mérito de las observaciones expresadas en el Informe Nº 266-18100000841; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Informe Nº 094-2019-MDLO-GPP remite un nuevo proyecto de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad relacionados a Secretaria General, Administración Tributaria, Desarrollo Económico, Catastro, Transporte, Participación Vecinal, entre otros, la cual contempla las observaciones remitidas por el Servicio de Administración Tributaria de Lima; Que, mediante Informe Nº 094-2019-MDLO-GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el nuevo proyecto de Ordenanza que Aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad relacionados a Secretaria General, Administración Tributaria, Desarrollo Económico, Catastro, Transporte, Participación Vecinal, entre otros de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, proyecto de ordenanza que es elaborado en cumplimiento de la normatividad vigente y toma en consideración las observaciones emitidas por el SAT de Lima; Que, mediante Informe Nº 172-2019/MDLO/ GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad relacionados a Secretaria General, Administración Tributaria, Desarrollo Económico, Catastro, Transporte, Participación Vecinal, entre otros contenidos en el Texto Único de procedimientos Administrativos, conforme al proyecto remitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, al haberse verificado que contiene el sustento legal adecuado que corresponde a cada procedimiento; Estando a lo expuesto, en aplicación del Inciso 8 del Artículo 9º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, por Mayoría, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó la siguiente: