Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2019 (07/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Lunes 7 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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diario oficial El Peruano y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de La Victoria. (www.munilavictoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1814126-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad relacionados a licencias de funcionamiento e inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 507-CDLO Los Olivos, 11 de julio de 2019 VISTO: Los Informes Nºs. 087 y 088-2019-MDLO-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 217-2019-SGLCAITSE-GDE-MDLO, el Informe Nº 3202019-MDLO/GAF/SGLyP, el Informe Nº 171-2019/MDLO/ GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 167-2019/MDLO/GM/GRRHH, Memorándum Nº 190-2019-MDLO-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 501-2019-MDLO/SG de Secretaria General, Dictamen Nº 010-2019-MDLO/CAJ; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019-JUS, establece en su Artículo 40 que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, y que dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos­ TUPA, aprobados por cada entidad. Por su parte, el Artículo 53, señala que procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; Que, con Ordenanza Nº 454-CDLO publicado en el diario oficial el 30 de abril del 2017 se aprobaron los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, siendo la misma ratificada en parte mediante Acuerdo de Concejo Nº 0812017-MML;

Que, a través de la Ordenanza Nº 498-CDLO aprobado el 15 de abril del 2019 se aprobaron los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, los requisitos y costos administrativos relacionados a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; Que, mediante Oficio Nº 264-090-00000678, ingresado el 30 de mayo del 2019 como Documento Simple S-14256-19 el Servicio de Administración Tributaria de Lima devuelve la solicitud de ratificación de, entre otros, la Ordenanza Nº 498-CDLO, a mérito de las observaciones expresadas en el Informe Nº 266-18100000841 que acompaña; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Informe Nº 088-2019-MDLO-GPP remite un nuevo proyecto de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad relacionados a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones elaborado en cumplimiento de la normatividad vigente, teniendo en consideración las observaciones emitidas por el SAT de Lima; Que, mediante Informe Nº 171-2019/MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad relacionados a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas en Edificaciones contenidos en el proyecto de ordenanza remitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, al haberse verificado que contiene el sustento legal adecuado que corresponde a cada procedimiento; Estando a lo expuesto, en aplicación del Inciso 8 del Artículo 9º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, por Mayoría, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 507-CDLO ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD RELACIONADOS A LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO E INSPECCIONES TECNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, los requisitos y costos administrativos relacionados a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, contenidos en Anexo adjunto y que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR los derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad relacionados a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones que se detalla a continuación:
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO SUBGERENCIA DE LICENCIAS COMERCIALES Y ANUNCIOS E INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Licencia de Funcionamiento LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES 1 CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO (con ITSE posterior) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES 2 CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (con ITSE posterior) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES 3 CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (con ITSE previa) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES 4 CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (con ITSE previa) 166.30 DERECHO DE TRAMITE (S/)

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