Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2019 (11/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de mayo de 2019 /

El Peruano

Justicia de Lima Este y a la Gerencia de Administración Distrital de dicha Corte Superior, a fin de que se dicten las medidas pertinentes respecto a los expedientes penales que se encuentran en proceso de reserva y ejecución en el referido juzgado, los cuales suman en total 1,804 expedientes, documento que luego de casi un mes toma conocimiento dicha oficina. b) Respecto a los 1,804 expedientes en reserva y ejecución indicados, el Literal a) del Numeral 7.1, de la Sección VII. Disposiciones Específicas, de la Directiva N° 013-2014-CE-PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-PJ, dispuso que los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga asignados para el apoyo de los órganos jurisdiccionales permanentes, recibirán para tramitar exclusivamente expedientes principales de la carga procesal pendiente denominada "carga inicial", no incluyendo los que se encuentren en archivos transitorios ni los de reserva, ni expedientes en ejecución, los cuales deberán ser remitidos a los órganos jurisdiccionales permanentes; motivo por el cual, dichos expedientes en reserva y en ejecución no debieron estar en poder del ex Juzgado de Familia Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Huaycán - Distrito de Ate. c) A efecto de poner de conocimiento a todos los Presidentes de las Cortes Superiores del país, y recordar a todo el personal funcional de las mismas, sobre las principales disposiciones vigentes del ámbito de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, mediante Oficio Circular N° 004-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, de fecha 11 de febrero de 2019, se les remitió la relación de las principales resoluciones administrativas, en la cual se citaba a la Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-PJ, que aprueba la Directiva N° 013-2014-CE-PJ. Cuarto. Que, el artículo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de Juzgados a nivel nacional; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 561-2019 de la décimo sétima sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención del señor Consejero Lama More por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este dispondrá la distribución de todos los expedientes penales que se encontraban en poder del ex Juzgado de Familia Transitorio de Ate - Huaycán, al 1° Juzgado Penal Permanente del Distrito de Ate, con sede en el Módulo Básico de Justicia de Huaycán, del referido distrito judicial. Artículo Segundo.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, remitirá al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial el informe correspondiente, respecto a los expedientes penales indicados en la presente resolución. Artículo Tercero.- Téngase presente la Resolución Administrativa N° 562-2019-P-CSJLE/PJ, expedida por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Artículo Cuarto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país deberán instruir al personal funcional de sus respectivas Cortes Superiores, a fin que interioricen las disposiciones administrativas emitidas por este Órgano de Gobierno, respecto a las principales resoluciones administrativas que contienen la normativa vigente del ámbito de la Comisión Nacional de

Productividad Judicial, las cuales mediante Oficio Circular N° 004-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, de fecha 11 de febrero de 2019, han sido remitidas por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina de Productividad Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1768354-1

Designan magistrados para que conformen los órganos jurisdiccionales del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio en diversos Distritos Judiciales
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 190-2019-CE-PJ Lima, 8 de mayo de 2019 VISTOS: Los Oficios Nros. 474-2019-PRES/CSJAR, 545-2019-P-CSJLI/PJ, 198-P-CSJLE/PJ, 06022019-PJ/CSJLO-P, 280 y 282-2019-P-CSJMD-PJ y 349-2019-P-CSJTU/PJ cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Lima, Lima Este, Loreto, Madre de Dios y Tumbes; así como los correos electrónicos de las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y Tacna. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 122-2019-CE-PJ, de fecha 20 de marzo de 2019, se constituyó el Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima, en cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1373; además, se dispuso la creación de los órganos jurisdiccionales que conformarán el Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio; entre otras medidas administrativas. Segundo. Que, los señores Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, La Libertad, Lima, Lima Este, Loreto, Madre de Dios, Tacna y Tumbes, remiten propuestas de jueces para conformar los órganos jurisdiccionales del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio. Tercero. Que, en ese contexto, evaluadas las Hojas de Vida de los jueces propuestos por las referidas Cortes Superiores de Justicia; así como las propuestas de los señores Consejeros, este Órgano de Gobierno considera pertinente designar a los jueces especializados que conformarán el Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio. Cuarto. Que, por lo expuesto y estando a lo establecido en el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dispone como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 590-2019 de la décimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidias Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,