Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2019 (11/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 11 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Contrato suscrito, el mismo que se encuentra vigente, hasta por la suma de S/ 546 771,70 (QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 70/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, dicha transferencia permitirá cofinanciar dos (02) contratos suscritos, destinados a efectuar cinco (05) desembolsos del Proyecto de Apoyo de Clúster (PAC), en el marco del Fondo MIPYME y lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señalando que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar la mencionada transferencia financiera en las Certificaciones de Crédito Presupuestario N°s. 00694 a 00698; Que, mediante Memorando Nº 468-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe Nº 138-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, hasta por la suma de S/ 546 771,70 (QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 70/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestales que no resultan en productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, destinadas a efectuar los desembolsos en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, modificada por Decreto Legislativo Nº 1223; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de una entidad publica Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, señalada en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 546 771,70 (QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 70/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, que permitirá cofinanciar dos (02) contratos suscritos, destinado a efectuar cinco (05) desembolsos del Proyecto de Apoyo de Clúster - PAC, en el marco del fondo MIPYME; y de lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se realiza con cargo al presupuesto institucional aprobado en el Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza la referida transferencia financiera, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (https:// www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1768334-2

Designan Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2019-PRODUCE Lima, 10 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único. - Designar al señor Alex Enrique Ulloa Ibáñez, en el cargo de Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1768334-3