Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2018 (12/06/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 12 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

9

EDUCACION
Modifican la R.M. N° 700-2017-MINEDU, que creó Comisión Sectorial para elaborar informe que contenga el estudio técnico sobre los incrementos graduales de la remuneración docente para que sea equivalente a una UIT al 2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 286-2018-MINEDU Lima, 11 de junio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 700-2017MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial N° 133-2018-MINEDU, se crea la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Educación, con el objeto de elaborar un informe que contenga el estudio técnico sobre los incrementos graduales de la remuneración docente para que la misma sea equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) al 2021, como parte de la política de revalorización de la carrera docente, en adelante la Comisión; Que, en atención a la naturaleza de la materia involucrada y teniendo en consideración el pedido formulado mediante el Oficio N° 152-2018-MINEDU/SGODI emitido por la Oficina de Dialogo, se ha visto por conveniente retirar de la conformación de la Comisión al Jefe de la Oficina de Dialogo; Con el visado de la Secretaría General, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley N° 26510; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 700-2017-MINEDU, el cual quedará redactado conforme al siguiente texto: "Artículo 2.- Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial está conformada de la siguiente manera: - El Viceministro de Gestión Institucional, quien la preside. - El Viceministro de Gestión Pedagógica - La Secretaria General - El Secretario de Planificación Estratégica - El Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto Asimismo, integran la Comisión Multisectorial los señores RAMON JOSE VICENTE BARUA ALZAMORA y VICTOR HUGO DIAZ DIAZ, integrantes del Consejo Nacional de Educación." Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1658508-1

Aprueban el "Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 291-2018-MINEDU Lima, 11 de junio de 2018 VISTOS, el Expediente N° 0112321-2018, el Informe Técnico Nº 023-2018-MINEDU/VMGP/DIGC de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y el Informe N° 558-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, de conformidad con el artículo 6 de la referida Ley, la formación ética y cívica es obligatoria en todo proceso educativo, prepara a los educandos para cumplir sus obligaciones personales, familiares y patrióticas y para ejercer sus deberes y derechos ciudadanos; asimismo, el artículo 8 de la misma Ley señala que la educación se sustenta, entre otros, en el principio de la ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2018MINEDU, se aprueban los "Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes", los mismos que tienen como finalidad establecer las directrices de orientación para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en las instituciones educativas, a fin de aportar al desarrollo integral de las y los estudiantes en entornos escolares seguros y libres de violencia, y a la consolidación de una comunidad educativa que ejerza con plenitud sus derechos y responsabilidades; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0042018-MINEDU establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se aprueba el Plan de Trabajo para la implementación de los Lineamientos mencionados en el considerando precedente, el mismo que debe ser revisado y actualizado en el mes de julio de cada año, a partir del año 2019; sin perjuicio de la aplicación inmediata de los referidos Lineamientos; Que, mediante el Informe Técnico N° 023-2018-MINEDU/VMGP/DIGC, elaborado por la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y suscrito por el Director General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; la Directora General de Educación Básica Regular; el Director General (e) de Gestión Descentralizada; la Directora General de Desarrollo Docente; la Directora General de Servicios Educativos Especializados; la Jefa de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; y, la Directora Regional de Educación de Lima Metropolitana; se sustenta la necesidad de aprobar el "Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes", el mismo que tiene como finalidad asegurar la planificación, implementación y ejecución de acciones, para la promoción de la convivencia escolar, la prevención, sanción, atención y erradicación de la