Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2018 (12/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de junio de 2018 /

El Peruano

de los procedimientos de Cobranza Coactiva que se encuentren en trámite sobre las deudas que se extingan en virtud de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, respecto de deudas que cumplan la condición señalada en el artículo primero, son válidos; por lo que no son materia de compensación ni devolución. Artículo Sexto.- DISPONER que la Secretaría General publique en el diario oficial El Peruano, la presente ordenanza; y, la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, realice la publicación en el Portal de la Web de la entidad www.mdsmp.gob.pe. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Encargar al Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres - SAT SMP el cumplimiento e implementación de la presente ordenanza. Segunda.- El Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres - SAT SMP deberá remitir al despacho de Alcaldía y a la Gerencia Municipal un informe en el que se detalle las deudas tributarias, diferenciadas por tipo, periodo y estado, que hayan sido declaradas de cobranza dudosa, precisándose el número de contribuyentes beneficiados en cada caso, y el monto de la deuda involucrada, diferenciando tributos, intereses, derechos de emisión, reajustes, costas y gastos. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1658335-1

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2018MDSMP, del 27 de abril del 2018, se modificó el tercer párrafo del artículo 14º del reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 399/MDSMP, concediéndose hasta el 31 de mayo del año 2018, como fecha máxima para que la Sociedad Civil haga efectivo el aporte de su COFINANCIAMIENTO; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum Nº 260-2018-GPP/MDSMP, presenta la propuesta de modificación del tercer párrafo del artículo 14º del reglamento aprobado por la Ordenanza Nº399/MDSMP, concediéndose hasta el 30 de junio del año 2018, como fecha máxima para que la Sociedad Civil haga efectivo el aporte de su COFINANCIAMIENTO; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según informe Nº 7752018-GAJ/MDSMP, y lo dispuesto en los artículos 20º. Inciso 6), 39º y 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el tercer párrafo del artículo 14º del reglamento aprobado por la Ordenanza Nº399/MDSMP, concediéndose hasta el 30 de junio del año 2018, como fecha máxima para que la Sociedad Civil haga efectivo el aporte de su COFINANCIAMIENTO, correspondiente al proceso de Presupuesto Participativo ejercicio 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las áreas de esta Corporación Municipal el estricto cumplimiento al presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de alcaldía en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Cuarto.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese, y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1658337-1

Modifican artículo del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2018-MDSMP San Martín de Porres, 1 de junio de 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº 260-2018-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, define al proceso de Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil; Que, mediante Ordenanza Nº 399/MDSMP, del 26 de febrero de 2016, se aprobó el reglamento del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Martín de Porres; Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 399/MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la modificación de la fecha del aporte de cofinanciamiento;

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA N° 11-2018-MSS Mediante Oficio N° 573-2018-SG-MSS, recibido el 11 de junio de 2018, la Municipalidad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 11-2018-MSS, publicada en la edición del día 8 de junio de 2018. Dice:
CRONOGRAMA ELECTORAL ACTIVIDAD FECHA Acto Electoral Sábado 07 de noviembre de 2018. 09:00 hrs. a 13:00 hrs. Publicación de Resultados Martes 10 de julio de 2018."

Debe Decir:
CRONOGRAMA ELECTORAL ACTIVIDAD FECHA Acto Electoral Sábado 17 de noviembre de 2018. 09:00 hrs. a 13:00 hrs. Publicación de Resultados Martes 20 de noviembre de 2018."

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