Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2014 (15/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Lunes 15 de diciembre de 2014

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de Energia y Minas tiene dentro de sus funciones especificas "otorgar petitorios y concesiones mineras para Pequena Mineria y Mineria Artesanal de alcance Regional"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 046-2008MEM/DM, de fecha 02 de febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de MORDAZA ha concluido con el MORDAZA de transferencias de funciones sectoriales en materia de energia y minas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 139-2008MEM/DM, de fecha 27 de marzo del 2008 se aprueba la relacion de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energia y Minas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, la autoridad competente publicara en el diario oficial "El Peruano"; por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados; De conformidad con la atribucion establecida en el articulo 59º de la ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 0462008-MEM/DN y con la facultad conferida a la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE en el Diario Oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos titulos fueron otorgados en el durante el periodo comprendido entre el 01 de Agosto de 2014 al 31 de Noviembre de 2014, de acuerdo a la nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESION, B) CODIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL, E) MORDAZA, F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS; siendo estos los siguientes: 1.- A) DON MORDAZA B B) 650007512 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 118-2014-GRL-GRDEDREM 06/08/2014 E) 18 F) V1: N8788 E244 V2: N8784 E244 V3: N8784 E241 V4: N8785 E241 V5: N8785 E242 V6: N8786 E242 V7: N8786 E243 V8: N8788 E243 2.- A) JHIRE I 2013 B) 650001013 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 162-2014-GRL-GRDEDREM 31/10/2014 E) 18 F) V1: N8678 E323 V2: N8677 E323 V3: N8677 E322 V4: N8678 E322 3.- A) JHIRE II 2013 B) 650001113 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 163-2014-GRL-GRDE-DREM 31/10/2014 E) 18 F) V1: N8679 E323 V2: N8678 E323 V3: N8678 E322 V4: N8679 E322 4.- A) KATTY PRIMERA II2009 B) 650003809 C) GLOBAL MINERIA S.A.C. D) 142-2014-GRL-GRDE-DREM 08/09/2014 E) 18 F) V1: N8825.57500 E307.56000 V2: N8826.07500 E308.18000 V3: N8823.01500 E310.76000 V4: N8822.50500 E310.14000 5.- A) MORDAZA SIETE 2012 B) 650006612 C) MORDAZA SOLOGUREN MORDAZA MORDAZA D) 1612014-GRL-GRDE-DREM 31/10/2014 E) 18 F) V1: N8711 E291 V2: N8710 E291 V3: N8710 E290 V4: N8711 E290 6.- A) MORDAZA Y MORDAZA 2 B) 650011411 C) S.M.R.L. MORDAZA Y MORDAZA D) 119-2014-GRL-GRDE-DREM 06/08/2014 E) 18 F) V1: N8764 E254 V2: N8764 E255 V3: N8763 E255 V4: N8763 E256 V5: N8762 E256 V6: N8762 E257 V7: N8761 E257 V8: N8761 E256 V9: N8760 E256 V10: N8760 E252 V11: N8761 E252 V12: N8761 E254 7.- A) MORDAZA CUATRO 2011 B) 650013511 C) S.M.R.L. VISCAINA DE LA RINCONADA D) 1492014-GRL-GRDE-DREM 09/10/2014 E) 18 F) V1: N8668 E321 V2: N8665 E321 V3: N8665 E320 V4: N8667 E320 V5: N8667 E319 V6: N8668 E319 Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia Minas 1176828-1

de cumplir con los requisitos necesarios, podia acceder a una vivienda, en propiedad exclusiva y no compartida. Es decir, que los aportes adicionales que efectuaba el Estado o el empleador para el FONAVI no generaron un derecho de reembolso a favor de aquellos, y esto es consecuencia de la misma naturaleza social que tuvo la creacion de este fondo, pues era una forma de aporte a favor del fonavista para el acceso a una vivienda, lo cual en gran medida no se cumplio por responsabilidad del propio Estado. En tal sentido, considero que, ante la frustracion de los objetivos establecidos, por razon no imputable a los fonavistas, sino, repito, al Estado, el aporte al FONAVI en su conjunto paso a formar parte del patrimonio de los fonavistas, y por ello, no puedo avalar que a traves de la MORDAZA legal cuestionada, se pretenda desconocer su naturaleza, pues, en mi opinion, la devolucion solo de la parte que efectuaron los fonavistas dependientes e independientes a traves del descuento de sus remuneraciones o ingresos, constituye un recorte injustificado del reembolso total de los aportes al que tienen derecho, en atencion a lo dispuesto por la Ley 29625; sobre todo, si se tiene en cuenta que la dacion de la MORDAZA impugnada ha hecho revivir la controversia que diera inicialmente origen a la sentencia dictada en el Expediente Nº 0007-2012-PI/TC. Por estas consideraciones, mi MORDAZA es porque se declare FUNDADA en todos sus extremos la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. S. BLUME FORTINI 1176915-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Concesiones mineras cuyos titulos fueron otorgados en periodo comprendido entre el 1 de agosto al 31 de noviembre de 2014
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 183-2014-GRL-GRDE-DREM MORDAZA, 11 de diciembre de 2014 VISTO: La relacion de Titulos de Concesion Minera, otorgados por la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA, durante el periodo comprendido entre el 01 de Agosto de 2014 al 31 de Noviembre de 2014 y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27857 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas asumir las funciones en materia de minas, entre las cuales se establece la funcion de otorgar Concesiones para Pequena Mineria y Mineria Artesanal de alcance regional, conforme lo senala el inciso f) del articulo 59 de la ley referida; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, en la cual se establece que el Director Regional