Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2012 (21/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion elevara al Concejo Municipal, un informe en el que recomiende las acciones a seguir conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. Articulo 17. Expresiones de interes y participacion de terceros interesados 17.1. Dentro del plazo de noventa (90) dias calendario contados desde el dia siguiente de publicada la Declaracion de Interes, terceros interesados podran presentar sus expresiones de interes respecto a la ejecucion del mismo proyecto de inversion contenido en la iniciativa privada declarada de interes, u otro proyecto alternativo. Debiendo para tal efecto cumplir con lo siguiente: 17.1.1. Terceros interesados sobre el mismo proyecto Los terceros interesados, dentro del referido plazo deberan presentar la siguiente documentacion: a) Solicitud de expresion de interes. b) Carta fianza por la suma expresada en la respectiva declaratoria de interes. c) La documentacion adicional exigida en la declaratoria de interes, de ser el caso. 17.1.2. Terceros interesados sobre un proyecto alternativo Los terceros interesados, dentro del referido plazo deberan presentar la siguiente documentacion: a) Carta de MORDAZA de "Proyecto Alternativo". b) La nueva propuesta de iniciativa privada, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15.2 del Articulo 15 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. c) Carta fianza por la suma expresada en la respectiva declaratoria de interes. Articulo 18. Evaluacion de terceros interesados en el mismo proyecto de inversion declarado de interes y procedimientos de seleccion para la ejecucion de proyectos de inversion 18.1. El Organismo Promotor del Inversion Privada evaluara los documentos y cartas fianza que presenten cada uno de los terceros interesados, debiendo elevar los respectivos informes al Concejo Municipal. 18.2. Los acuerdos que al respecto adopte el Concejo Municipal, seran notificados a los terceros interesados dentro de los cinco (5) dias habiles de adoptados. 18.3. Para efecto de la calificacion de los terceros interesados, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion y el Concejo Municipal deberan tener en cuenta lo dispuesto en la respectiva Declaracion de Interes, la presente Ordenanza, el Decreto Legislativo N° 1012 y el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. 18.4. Si el Concejo Municipal aprobase la existencia de terceros interesados que hayan cumplido con presentar la documentacion requerida en la respectiva Declaracion de Interes, conforme a lo establecido en el articulo 16° del Decreto Legislativo No. 1012, debera informar de tal hecho al titular de la iniciativa privada mediante comunicacion escrita y procedera a llevar adelante el correspondiente MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada mediante Oferta Publica, Licitacion Publica o Concurso de Proyectos Integrales siguiendo el procedimiento previsto para tal efecto en el Decreto Legislativo Nº 1012 y el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. Podran participar en la Oferta Publica, Licitacion Publica o Concurso de Proyectos Integrales, ademas del proponente, los terceros interesados que hubieren expresado por escrito su interes y hubieren presentado la carta fianza correspondiente. 18.5. Para efecto del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada, el Concejo Municipal aprobara la incorporacion del proyecto de inversion contenido en la iniciativa privada al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada. 18.6. Los procesos de promocion de la inversion privada deberan tramitarse, segun corresponda, en

el MORDAZA de lo establecido en las respectivas bases administrativas, el Decreto Legislativo No 674, el Texto Unico Ordenado de las Normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y Servicios Publicos aprobado por Decreto Supremo No 059-96-PCM y su reglamento, el Decreto Legislativo Nº 1012 y Decreto Supremo Nº 146-2008-EF y de otras normas de promocion de la inversion privada que resulten aplicables. 18.7 En el caso que el proponente participe en la Oferta Publica, Licitacion Publica o Concurso de Proyectos Integrales que se convoque y cumpla con presentar en el plazo estipulado por las bases correspondientes la documentacion requerida, tendra derecho a igualar la oferta que hubiere quedado en primer lugar. De ejercer este derecho, se procedera a un desempate definitivo entre el proponente y el postor que hubiere quedado en primer lugar presentando cada uno una mejor oferta en funcion del factor de competencia. Este desempate debera realizarse dentro de los quince (15) dias calendario de abiertas las ofertas economicas. En el caso que el proponente no participe en el referido MORDAZA de seleccion que se convoque perdera el derecho a solicitar el reembolso de los gastos en los que hubiese incurrido en la preparacion de la propuesta. Articulo 19. Evaluacion de iniciativas privadas que califiquen como alternativas a la iniciativa privada declarada de interes 19.1. La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion MORDAZA cuenta al Concejo Municipal de la MORDAZA de cartas de interes referidas a un proyecto de inversion que califique como alternativo a otro contenido en una iniciativa privada declarada de interes. 19.2. Para efectos de la evaluacion y preferencia de la iniciativa privada que contenga un proyecto de inversion que califique como alternativo a otro contenido en una iniciativa privada declarada de interes, se procedera conforme lo establecido en el Numeral 18.8 del Articulo 18 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. Articulo 20. De la adjudicacion directa y del plazo para la suscripcion del Contrato 20.1. De no existir terceros interesados en la ejecucion del proyecto de inversion contenido en la iniciativa privada declarada de interes, el Concejo Municipal acordara la adjudicacion directa al titular de la iniciativa privada. 20.2. La version definitiva del Contrato a suscribirse posteriormente como resultado de la adjudicacion de un proyecto en el MORDAZA de una Iniciativa Privada, debera elaborarse en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la adopcion del acuerdo referido en el numeral precedente. Este plazo podra ser MORDAZA por el Concejo Municipal correspondiente hasta por quince (15) dias habiles adicionales. 20.3. La version definitiva del contrato de participacion de la inversion privada a que se refiere el numeral precedente, estara dirigida exclusivamente a la atencion de aspectos no sustanciales que no se encuentren considerados en la Declaracion de Interes, tendientes a posibilitar la ejecucion del mismo, no pudiendose modificar los elementos esenciales contenidos en la Declaracion de Interes a que se refiere el MORDAZA parrafo del Articulo 15 de la Ley. La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion estara encargada de suscribir el contrato correspondiente en el MORDAZA de la presente Ordenanza, previa delegacion del Alcalde. Articulo 21. Contenido de los Contratos Los Contratos de Participacion de la Inversion Privada contendran como minimo: a) La identificacion de las partes; b) El objeto del Contrato, con una breve descripcion del proyecto; c) El plazo de vigencia del Contrato; d) Los plazos parciales de cumplimiento de las etapas del proyecto, de ser el caso; e) Los derechos y obligaciones de las partes;