Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2012 (21/07/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

471082

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2012

de informacion complementaria, pudiendo condicionar la continuacion de la evaluacion a la MORDAZA de dicha informacion. El titular de la iniciativa privada contara con un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles para remitir dicha informacion complementaria, de no atender el pedido, se procedera a declarar de no interes la iniciativa privada. El titular, que por razones debidamente sustentadas, no pudiese cumplir con el plazo MORDAZA indicado, podra solicitar prorroga. Una vez presentada la iniciativa privada, el proponente no podra realizar unilateralmente respecto a esta, modificaciones o ampliaciones que a criterio del Concejo Municipal resulten sustanciales. Durante el plazo de evaluacion, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion podra realizar reuniones de coordinacion con el titular de la iniciativa. Articulo 11. Introduccion de Ampliaciones y Modificaciones a la Iniciativa Privada En la etapa de evaluacion, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion podra proponer ampliaciones y/o modificaciones al proyecto contenido en la iniciativa privada presentada. Las ampliaciones y/o modificaciones planteadas seran elevadas al Concejo Municipal para su aprobacion. Aprobadas por el Concejo Municipal las ampliaciones y modificaciones propuestas, este instruira al Organismo Promotor de la Inversion Privada a fin de que comunique las mismas al titular de la iniciativa privada, otorgandosele a este ultimo un plazo de quince (15) dias habiles contados desde la recepcion de la comunicacion de la Municipalidad Provincial del Callao, para que manifieste formalmente su conformidad o disconformidad respecto de las ampliaciones y/o modificaciones propuestas. Recibida la conformidad del titular de la iniciativa privada, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion informara tal hecho al Concejo Municipal. En caso de disconformidad o no pronunciamiento del titular de la iniciativa privada dentro del plazo MORDAZA indicado, el Concejo Municipal rechazara la iniciativa privada mediante pronunciamiento expreso. El plazo para la evaluacion de la iniciativa privada sera de un MORDAZA de treinta (30) dias calendario prorrogables por el plazo que el iniciador utilice para presentar la informacion adicional mencionada en el articulo precedente y para manifestar su conformidad respecto de las ampliaciones o modificaciones a la iniciativa privada propuestas por la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion. Articulo 12. MORDAZA de otras iniciativas privadas referidas al mismo proyecto de inversion que se encuentra en evaluacion En los casos en que se presente una iniciativa privada referida a un mismo proyecto de inversion que se encuentre en evaluacion, esta sera admitida a tramite conforme a las reglas establecidas en el articulo 7 de la presente Ordenanza. No obstante, su evaluacion quedara suspendida hasta que se resuelva la declaratoria de interes o el rechazo de la primera iniciativa privada admitida a tramite. El mismo procedimiento se seguira, en caso se presente una tercera y/o siguientes iniciativas privadas. Articulo 13. MORDAZA de iniciativas privadas que califiquen como alternativas a una iniciativa privada en evaluacion La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion MORDAZA cuenta al Concejo Municipal de la MORDAZA y admision a tramite de una iniciativa privada que contenga un proyecto de inversion que califique como alternativo a otro contenido en una iniciativa privada en evaluacion. El Concejo Municipal otorgara la preferencia al proyecto que tenga mayor rentabilidad social, y segun sea el caso suspendera el tramite de la iniciativa privada en evaluacion. La evaluacion del proyecto contenido en la iniciativa privada preferida debera considerar los criterios indicados

en el Decreto Legislativo No 1012 y en el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, asi como los lineamientos indicados en la presente Ordenanza. En el caso que la iniciativa privada preferida sea declarada de interes y transcurrido el plazo senalado en el Decreto Legislativo Nº 1012 para la publicidad de la misma, sea adjudicada directamente o se presenten terceros interesados en la ejecucion del mismo proyecto de inversion, el Concejo Municipal procedera a rechazar la iniciativa privada que no fue preferida y que se encontraba suspendida. Articulo 14. Solicitud de desistimiento de la iniciativa privada El titular de la iniciativa privada, hasta MORDAZA de la declaratoria de interes puede solicitar que se deje sin efecto la MORDAZA de su iniciativa privada. Para tal efecto, el titular de la iniciativa privada debera presentar una carta con la firma de su representante legal y MORDAZA simple de los poderes de este donde conste dicha facultad. La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, informara de dicho pedido al Concejo Municipal para que este emita el Acuerdo de desistimiento correspondiente, el cual debera ser remitido al titular de la iniciativa privada dentro de los cinco (5) dias habiles debe haber sido adoptado. Adjunto al referido acuerdo se remitira el original de la iniciativa privada y todos sus anexos. De existir una iniciativa privada referida al mismo proyecto de inversion desistido admitida a tramite en MORDAZA lugar, se procedera a iniciar la evaluacion de dicho proyecto; de existir mas de una iniciativa privada se respetara el orden de admision a tramite. Articulo 15. Sustentacion de Gastos La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion debera determinar, MORDAZA de la aprobacion de la Declaracion de Interes, la razonabilidad de los gastos incurridos y debidamente sustentados por el solicitante para la elaboracion de la iniciativa privada y la informacion adicional solicitada. Esta accion debera tomarse en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles contados desde la entrega de la documentacion sustentatoria. El iniciador debera sustentar los gastos incurridos referentes a la informacion adicional solicitada junto a la remision de la misma hasta la Declaracion de Interes. Articulo 16. Declaracion De Interes 16.1. El Concejo Municipal aprobara la Declaracion de Interes de la iniciativa privada, asi como su inclusion en el respectivo Plan de Promocion de Inversion Privada elaborado por la Agencia de Fomento de Inversion Privada. 16.2. A fin de que el Concejo Municipal apruebe la Declaracion de Interes, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion debera elevar el resumen ejecutivo correspondiente, con los informes sustentatorios respectivos. 16.3. La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion debera notificar al solicitante la decision sobre la Declaracion de Interes de la iniciativa privada, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de emitido el Acuerdo del Concejo Municipal. 16.4. El solicitante debera realizar el pago correspondiente a la publicacion de la Declaracion de Interes y presentar la carta fianza indicada en el numeral 17.6 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF en un plazo MORDAZA de diez (10) dias calendario de recibida la notificacion sobre la Declaracion de Interes. 16.5. La publicacion de la Declaracion de Interes debera realizarse por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulacion nacional, asi como en la pagina Web institucional. Dicha publicacion se llevara a cabo dentro del plazo de diez (10) dias calendario desde la realizacion del pago indicado en el numeral anterior. 16.6. La publicacion MORDAZA senalada consistira en la Declaracion de Interes. 16.7. En caso el solicitante no realice el pago MORDAZA indicado en el plazo previsto o no presente la carta fianza,