Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2012 (21/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

471075

Estando a lo expuesto y de conformidad con el articulo 42° y 20° numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento general de los predios del Distrito de Comas del 21 de MORDAZA al 05 de Agosto del ano 2012, con motivo de celebrarse el 191° Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru, incluyendose en esta disposicion todos los predios, MORDAZA privados o publicos, de vivienda o comercio. Articulo Segundo.- DISPONER que los predios del distrito deberan estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada y en la medida de lo posible se recomienda su pintado, de conformidad con el articulo 93° numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento y difusion del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Sub Gerencia de Comunicacion Municipal. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 817323-1

Que, es politica de la actual gestion promocionar el pago de las obligaciones generadas por los tributos que la Municipalidad administra, brindando a los contribuyentes las mayores facilidades para su regularizacion; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA FACILITAR EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS RESULTANTES DE PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACION Articulo Primero.- ALCANCES La presente MORDAZA es aplicable a los contribuyentes que, como resultado de los procedimientos de fiscalizacion tributaria, mantengan deudas por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y/o multas tributarias. Articulo Segundo.- BENEFICIOS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2.1. Los pagos que se efectuen despues de notificado el resultado de la fiscalizacion y MORDAZA de emitir las resoluciones de determinacion, siempre que presente la declaracion jurada aceptando los resultados del procedimiento de fiscalizacion, tendran los siguientes beneficios: Pago al contado a) Condonacion del 100% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales a las personas naturales y sucesiones. b) Condonacion del 80% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales a las personas juridicas. c) Condonacion de las multas tributarias. Pago fraccionado, hasta un MORDAZA de seis cuotas: a) Condonacion del 80% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales para personas naturales y sucesiones. b) Condonacion del 60% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales para personas juridicas. c) Condonacion del 100% de interes moratorio y el 90% del monto insoluto de la multa tributaria. 2.2. Los pagos que se efectuen despues de emitidas las Resoluciones de Determinacion y siempre que presente la declaracion jurada aceptando los resultados del procedimiento de fiscalizacion, tendran los siguientes descuentos: Pago al contado a) Condonacion del 80% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales a las personas naturales y sucesiones. b) Condonacion del 60% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales a las personas juridicas. c) Condonacion del 100% de interes moratorio y el 80% del monto insoluto de la multa tributaria. Pago fraccionado, hasta un MORDAZA de seis cuotas: a) Condonacion del 60% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales para personas naturales y sucesiones. b) Condonacion del 40% de interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios municipales para personas juridicas. c) Condonacion del 100% de interes moratorio y el 70% del monto insoluto de la multa tributaria. Articulo Tercero.- Condonese el cien por ciento (100%) de las multas tributarias y el cien por ciento

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Otorgan beneficio para facilitar el pago de deudas tributarias resultantes de procedimientos de fiscalizacion
ORDENANZA Nº 391-MDJM MORDAZA MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO, en sesion extraordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 74 de la referida Carta Constitucional, desarrollado por la MORDAZA IV del Titulo Preliminar el Codigo Tributario, prescribe que los Gobiernos Locales tienen potestad tributaria para crear, modificar, suprimir y establecer beneficios tributarios respecto de los tributos de su competencia a traves de normas con rango de Ley; Que, conforme lo establece el Articulo 164 del Codigo Tributario, toda conducta u omision que importe la violacion de normas tributarias constituyen infraccion sancionable; Que, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, debe tambien considerarse el elemento subjetivo de la conducta infractora, a fin de evitar la imposicion de sanciones donde el contribuyente demuestre claramente su voluntad de cumplimiento del pago de los tributos municipales;